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rio Mayans y Siscar Ilustrísimo Señor Don Blas Jover Alcazar,

M

ILUSTRISIMO SEÑOR.

uy señor mio. Gran contento me da V. S. insinuándome que en el negocio de Mondoñedo, la respuesta será segun el parecer de V.S.

Quando se encargue á V. S. que reponda á su Santidad, juzgo que será conveniente que V. S. explique que su ánimo es manifestar que la voluntad del Rey unicamente es mantener las leyes de España, conforme á los Cánones sagrados, y á la disciplina Eclesiástica, y que para este intento de S. M. basta copiar la brevísima ley 1. del tit. 6. lib. 1. de la nueva Recopilacion del Patronazgo Real, glosando, comentando é ilustrando cada palabra de ella, con Canones y Historias coetaneas, haciendo ver en cada cosa de las que enseña dicha ley un progreso Canónico, Legal, Historico, y demostrando que su Santidad no tenia presentes tales verdades quando las contradixo. Con lo qual quedará bien declarada la santísima intencion de S. M. puesto en claro su Real Patronazgo, y satisfecho su Santidad, y los Ministros Reales instruidos en los medios que deben practicar en la observancia del derecho de España sin entrar en contiendas questionables. Viviré con impaciencia hasta ver la consulta del señor Olmeda: y por larga que sea confió desentrañarla bien en una semana. No le diremos palabra que suene mal; pero bien nos será licito manifestar quán mal entiende el asunto. V. S. me instruya en todos los cabos que quiere que se toquen en la repre sentacion al señor Marques de Villarias, para que mejor comprehenda yo la idea de V. S. tirando á ella todas las lineas.

Es

Estimo los dictados del señor Duque de Huescar, y lo que V. S. favorece á mi hermano Juan Antonio, en lo qual me obliga V. S. mucho mas que si empleára por mí su autoridad..

Como V. S. se explicó tan liberalmente con el P. Burriel, me escribe que su hermano D. Carlos se opondrá á la Relatoria de ese Consejo: si mereciese el favor de V. S. me holgare mucho por su hermano, á quien yo tanto estimo,

Repitome con la mayor veneracion á los pies de mi señora Doña Francisca y Doña Joaquina, y beso las manos al señor Don Jacinto. V. S. me tiene con voluntad prontísima á quanto sea de su obsequio. Dios guarde á V. S. muchos años como deseo, y he menester. Oliya á 16. de Abril de 1746. Ilustrísimo Señor B. L. de V. S. su mas afecto servidor Don Gregorio Mayans y Siscar Ilustrísimo Señor Don Blas Jover Alcazar.

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ILUSTRISIMO SEÑOR.

Muy señor mio. Recibo dos cartas de V. S., y con

ellas duplicado gozo. Las instrucciones que V. S. me en via son bellísimas, y representadas con arte serán muy persuasivas. Esto queda á mi cargo; y si yo no tirára mas al acierto, que á la brevedad ya hoy podria restituirlas con nueva disposicion, y suficiente energía : pero quiero dar al asunto toda la que puede recibir del arte disimulada con gran sencillez, y acompañada de graves dad y modestia. Esta última es la mas dificultosa de guardar viendo una envidia tan descarada, y una presuncion tan enemiga del bien público: pero ésta quedará bien castigada sin afectarlo; y solamente con que V.S. lograse que el señor Villarias leyese la representacioná

S. M.

S. M. se conseguiria la victoria. Tirando á esto no excederá de dos pliegos, y ella misma podrá ser muestra de la manera con que se debe escribir, combatiendo fuertemente con moderacion de ánimo. Como en los extractos que yo hice del señor Olmeda, solo tiré á notar algunas citas de los libros que yo tengo para exâminarlas despues; no me acuerdo bien de los desatinos que ahora se podrian acordar para moderarle la propia satisfaccion; pero sin embargo en términos generales se hará un paralelo de su trabajo, y del de V. S., y con lo que ésta su consulta nos ofrece diremos tales cosas que no tengan respuesta, y se haga necesaria la eleccion y preferencia de V. S. Ya tengo apuntados todos los cabos, y en un dia ó dos se ordenarán. Espere V. S. un buen rato de leyenda, que Juan Antonio y yo así lo confiamos, y suplicamos á Dios que conserve muchos años la salud de V. S. como hemos menester. Oliva á 30. de Abril de 1746.

Espero en Dios que V. S. leerá con gusto la carta del correo que viene, que procuraré vaya como hija de buena intencion = Ilustrísimo Señor B. L. M. de V. S. su mas seguro servidor Don Gregorio Mayans y Siscar. Ilustrisimo Señor Don Blas Jover Alcazar.

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ILUSTRISIMO SEÑOR.

Muy señor mio. Lo que de buena gana se hace, pres

to se executa. Ayer dia 3. de Mayo ya estaba concluida esa carta en la qual he puesto toda mi diligencia y atencion; y hoy de buena mañana empiezo á anticipar los avisos que me parecen mas convenientes.

2. Considero que hasta ahora todo ha sido pequeñas

escaramuzas,

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Ya estamos en el caso de batalla campal. Entiendo que el vencimiento depende de que S. M. oiga leer esa carta; y por eso va de manera, que sea digna de sus oidos. Toda la arte consiste en hacer ver la importante verdad, que el señor Olmeda no es capaz de responder á su Santidad, porque no tiene doctrina para ello: que V. S. ya lo ha executado en lo mas importante: que conviene que S. M. no se empeñe sin prendas seguras de la victoria: que V. S. está pronto à que sobre sí cargue todo el odio: que antes de entrar en directas defensas, obliquamente se instruyan todos los vasallos de S. M. del agravio que se le hace impugnando sus Regalías; y para facilitar esto no hay medio mejor que imprimir el infor me sobre lo de Mondoñedo, donde ya está probado el Real Patronazgo y la Jurisdiccion, y satisfecho su Santidad en sus principales objeciones.

Esto ademas de ser lo que conviene al bien público, tiene una grande conveniencia á V. S., porque si al señor Olmeda se ha premiado su trabajo, mal aplicado, y perjudicial, á V. S. debe remunerarse desde luego el suyo, necesario para la defensa pública, y de S. M. Para conseguir esta debida remuneracion, convendrá que V. S. mande sacar dos copias de esa carta, en letra bien pelada, y algo recogida, para que no parezca prolija: una para el señor Marques de Villarias, y otra para el Padre Confesor, á fin de que esté menudamente informado. Toda la diligencia se ha de poner en que se lea á S. M., y que se acompañe con una reverente insinuacion de que se debe premio á V. S., y será muy del caso que el señor Mariscal de Noailles se interese con el señor Marques de Villarias, y con el Padre Confesor, y facilite el logro de todo lo dicho por tan eficaces medios. Y sí llega el caso de haberse de imprimir el informe sobre

Mon

Mondoñedo, y quiere V. S. que se añada alguna cita, y se lime tal qual palabra ó expresion; y que se haga un prologuito á los Españoles deseosos del bien público, se hará una piececilla de gusto, y muy del caso, sin que se entienda que S. M. lo manda, y cargando V. S. con la envidia que causará tan gloriosa accion. Y no dexarán luego los Romanos de esgrimir sus plumas, y viendo lo que dixeren, de una vez se les responderá en la obra grande; porque no hemos de estar siempre con las armas en las manos sino • procurar una cumplida vic

:

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toria,

Quando cito los escritores de que se vale Olmeda, no digo palabra de Natal Alexandro, Fleuri y otros por ser Franceses.

La carta va cuidadosamente acentuada, y he evitado citas por ir á persona tan ocupada, que no tiene tiempo para exâminarlas; y tambien me he abstenido de alusiones por evitar obscuridad. Solamente diré que lo de la Profetisa Casandra alude á aquellos versos de Virgilio en boca de Eneas, en el segundo de la Eneida:

y

Tunc etiam fatis aperit Casandra futuris

Ora, Dei jussu, non unquam credita Teucris,

á lo que el mismo Eneas dice en el tercero de la Eneida, despues de la destruccion de Troya:

Sola mibi tales casus Cassandra canebat.

Alusiones que el Padre Confesor, y el Rey tendrán muy presentes, sin que se les acuerde cosa alguna que yo solo las apunto para que V. S. refresque la memoria de ellas.

Has

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