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Hasta aquí he escrito quando llega el correo. Juan Antonio dice que no haga V. S. tanto caso de las débi, les fuerzas del contrario, que sea necesaria su ayuda, y que basta un poco de mi Retorica, animada de la vivacidad de V. S. para derribar al contrario. En efecto, habiendo yo repasado la carta que va con esta, me parece (sin pasion) llena de razon y de prudencia, y que oyéndola S. M. elegirá á V. S. para defensor de sus Regalías, y satisfactor al Papa, que vive muy pagado de sí, y desestima demasiado á los demas. Lo qual se ha dicho con reverencia de su dignidad. En quanto al señor Cardenal de Molina he procurado olvidar, que por gran favor dexaba algun tiempo saludarse de V. S. en el rellano de su escalera, y no acordarmé de que me persiguió; pero no se puede omitir el daño que ha causado á España su ciega ambicion, y esto se verá mejor, si llega á tomar la pluma exâminando el Concordato, hàciéndole notas V. S., y viéndolas yo despues para añadir algunas consideraciones.

, que

No nos debe poco el señor Olmeda en la templanza del exâmen de sus papeles. Mas vale no parecer críticos con demasía por sobra de moderacion de ánimo parecerlo con encono. Basta hacer ver que no es para la empresa ; y queV. S. solo con que escriba, segun la mues tra presente, satisfará al empeño de su obligacion.

Quiera Dios que se logre un buen efecto, y este es el que con toda eficacia ha de procurar V. S. ; cuya vida, la de mis señoras, y del señor Don Jacinto Dios guarde muchos años como deseo y he menester. Oliva á 7. de Mayo de 1746.

No será fuera del caso ver la obra de Febrer, si V. S. hace juicio que ha de llegar el caso de escribir la gran defensa.

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Lo que tenia acordado el Nuncio Aldrobandi con el Marques de la Compuesta, no lo he visto, ni el papel del amigo ausente de V. S., que holgaré, como el catálogo de sus obras......

Vea V. SI de quán buen ayre estaba yo quando escribia esa. No hay sino apretar, y seguir el alcance = Ilustrisimo Señor.

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ILUSTRISIMO SEÑOR.

uy señor mio. Celebro que V. S. haya quedado satisfecho de aquellos borrones, y deseo que V. S. los ponga à buena luz, de suerte que parezcan algo, y sirvan al intento. Entretanto me alimento de buenas esperanzas, como las que me da V. S.; de cuyo viage espero favorable exîto, y suplico á Dios no me retarde dar á V. S. una gustosa enhorabuena.

He leído dos veces el catálogo de las obras del Ministro del Rey, tan querido suyo, como desconocido de otros. Todos los asuntos son, de importancia, y algunos tocan nuestro punto llenamente. No dexará de haber en ellos cosas muy buenas. Si bien estoy yo en la inteligencia de que no es crítico refinado: pero sí de gran lectura, y de estupenda laboriosidad, y que dirá muchas cosas, y muy buenas. Yo me alegro que las vaya poniendo en limpio para que V. S. tenga ocasion de ver algunas, y yo tambien mediante su favor.

El correo pasado respondí sobre el Misaly Breviario Muzarabe; deseo saber como han sido recibidas aquellas noticias.

Juan Antonio está muy obligado por la buena memoria que V. S. tiene de él, y entrambos deseanios acreditar nuestra fiel, y pronta obediencia.

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Dios guarde á V. S. muchos años como deseo y he menester. Oliva á 21. de Mayo de 1746. B. L. M. de V. S. su mas obligado servidor Don Gregorio Mayans y Siscar = Ilustrísimo Señor Don Blas Jover Al

cazar.

ILUSTRISIMO SEÑOR.

Muy señor mio. Mi hermano Manuel me escribe que

el dia 6. de este por la tarde habia de partir para hacer las informaciones del señor Don Francisco Hernandez, y para que este Caballero quede bien servido, y V. S. tan obsequiado como merece, no podia elegirse otro mas á proposito.

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Aprecio la copia del Decreto que V. S. me envia tocante á las pensiones: y leeré con atencion la carta instructiva del Abogado general del Senado de Saboya.

que

Mucho holgaré de ver ese mamotreto manuscrito V. S. ha pillado, y le volveré fielmente: como tam bien el papel del Obispo de Cordoba, que por falta de tiempo no ha acabado de copiar Juan Antonio, el qual es de parecer, y me parece que V. S. será del mismo dictámen, que su doctrina no era contraida á España. Lo que siempre debemos hacer es fundarnos en los Concilios, Leyes y Historias de España, y esto es lo que no han hecho, ni los extrangeros, ni los propios. Por eso yo años há que deseo ver esa grande obra de Bosuet, que he visto citada en muchos libros, porque me parece que facilmente contracriamos á España toda su doctrina, con lo qual hariamos una cosa nunca vista,

He hecho un extracto de los apuntamientos del Pa dre Confesor, los quales, restituyo á V.S. repitiendo que celebro verle tan bien impuesto, y que aunque no cita, para todo tengo Canones y Leyes, at ang mg

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V. S.

V. S. me escribió queria hacer una prefacion ligera. Por este respeto no he querido apretar la mano formando una simplicísima y brevísima. Si bien cada palabra es una sacta. Diré mi idéa: se ha de procurar evitar toda afectacion de escribir contra su Santidad, porque si tal oyeran los supersticiosos, se escandalizarian, y los emulos de V. S. aunque conociesen la razon, le pregonarian por un segundo Macanaz. A este pensamiento de no afectar responder al Papa de proposito, es consiguien te no empeñarse en hacerle preguntas, como él las ha hecho al señor Olmeda; porque eso sería moverle questiones directamente: ni menos se ha de responder á las preguntas que ha hecho, y no pertenecen al asunto del informe de V. S., porque el Papa hizo aquellas preguntas segun el papel del señor Olmeda, que no toca defender á V. S., pues sigue rumbo distinto. El señor Olmeda se fundaba en Interpretes; V. S. en Cánones y Leyes se fundaba en Bulas; V. S. prueba que no se necesitan ; y para quien quisiera valerse de ellas, muestra el medio de las epocas astronomicas, que es el único que hay para defender sus datas, probando que está errada toda la Chronología Eclesiástica. Esta proposicion ha de conturbar á los Romanos. No habiéndose de tratar directamente con el Papa, no es menester apuntar si España es feudataria ó no: que es cosa de risa, y ques tion quimerica, pues nunca los Reyes de España le pagaron feudo. Del asunto presente solo es responder al Rey sobre los oficios del Nuncio. Se hace necesario tratar del Patronazgo Real, y Jurisdiccion de la Cámara. Establece V. S. estos dos derechos para siempre. El Papa los ha impugnado: ya queda rebatido no con contienda directa con él, sino como necesaria conseqüencia de la defensa de la Regalia, segun la obligacion del empleo de V. S., y para poner en consternación a la Curia Roma

naz

na, basta ofrecer impugnar todos los artículos del Concordato con este método que se ve en la consulta.

Despues el Papa estará quejosísimo de que se sale de la question: pues se trataba de Bulas, y ahora no. Se trataba de Patronato Universal, y ahora de particular, fundado en la edificacion, ó dotacion, ó derecho de conquista; pero estas quejas no hablarán ni con el Rey ni con V. S. No con el Rey, porque no ha mandado jamas comunicarle, ni hacer público el primer papel del señor Olmeda, y se ve el poco aprecio del segundo, pues no ha querido enviarle á Roma. No con V. S. pues sigue otro rumbo, y de proposito no trata de responder al Papa, sino de informar al Rey, y defender sus Regalías del Patronato y Jurisdiccion. Qualquiera que ig nore todos estos hechos, ó no los tenga presentes, no al canzará la prudencia y arte de la prefacion, que deseo lea V. S. tres veces, pues yo la he leido seis, y Juan Antonio dice que es pieza de exâmen, y que gustará mucho al Rey, el qual se paga de la sencillez, como se ve en su prólogo de la traduccion de Cornelio Tacito. Y en su alabanza no es menester decir mas de lo que se apunta así en el informe como en la prefacion. Ya habia yo pensado poner algun textillo al dorso de la primera pagina, y quisiera que V. S. me hubiera apuntado el que se le ofrecia. Si bien he pensado que mas vale no provocar. Y aún habia pensado un símbolo muy misterioso. Pero sigamos en todo la moderacion que es hija de la prudencia. Y V. S. no enseñe la prefacion, ni el papel hasta que esté impreso: porque si no, Mille bominum forma. ¡Todos quieren dar voto, y en mi juicio muy pocos le tienen. Pero holgaré de saber la cita de la Epistola Canónica. Tales cosas deben premeditarse mucho, porque son voluntarias, y muy expuestas al exâmen, y á la interpretacion. Yo pienso muchas veces que al principio

re

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