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de la unidad en la legislacion, promulgó el Fuero real con el desígnio de hacerlo comun, y de preparar así los ánimos para la publicacion de las famosas Partidas, que ideaba fuesen el único código que rigiese en toda Castilla. Pero lo turbulento de los tiempos, el horror á la novedad, la indocilidad de los ricos-hombres, y el poco respeto que Don Alonso supo conciliarse de sus vasallos, hicieron abortar la empresa. Las cortes, que desde aquella época se repitieron con mas frecuencia, y las pragmáticas de los reyes posteriores no contribuyeron á simplificar la legislacion ; y los remédios que se aplicaron en las cortes de Alcalá de 1348, solo fueron un paliativo que dejaba en pié las causas del daño. Los reinados que siguieron al de Alonso el XI, no hicieron sino agravarlo, é introducir mayor confusion en nuestro derecho.

La experiència de los negócios dió á conocer á Isabel lo insuficiente de las leyes en unas matérias, lo redundante en otras, lo incoherente en todas. Tocó los defectos de nuestra legislacion, no solo dividida y despedazada en cuadernos disonantes, hijos de tiempos y circunstancias diversas, como la encontró al ocupar el trono sino aun despues que se reunió en un cuerpo mas arreglado y acorde, cual eran las Ordenanzas reales que compiló de su orden el docto y laborioso jurisconsulto Alonso Diaz de Montalvo. Obligada por esta misma imperfeccion á promulgar con frecuéncia nuevas resoluciones y decretos, bien sabia que eran solo reparos provisionales, hechos en un edificio caduco que convenia levantar enteramente desde los cimientos. Así lo dispuso, mandando formar un código completo, que abrazando todos los ramos de la legislacion, la mejorase y uniformase en las diferentes províncias del réino. No alcanzó Isabel á ver el fruto de tan sábia determinacion : era obra de muchos años, y la muerte la arrebató antes de que se cumpliesen sus deseos; pero la fomento durante su vida, y encomendó su continuacion con los débiles ecos de su voz ya moribunda.

Esta era ciertamente una de las medidas mas provechosas que podian ocurrir á Isabel para afianzar la prosperidad de la Nacion, despues de haberla sacado del caos del desgobierno, de haberla constituido de un modo fijo y estable, y de haber creado, digámos

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lo así, de nuevo la Monarquia. Paremos la consideracion en matéria de tanta gravedad é importáncia, y examinemos las máximas de nuestra Princesa en esta parte suprema de la política, y el sistema que desde su elevacion al trono se propuso y realizó felizmente.

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Cuando Isabel sucedió á su hermano Don Enrique, Castilla era un agregado de partes y elementos robustos, pero sin trabazon ni harmonia; de províncias feraces de naturales dotados de valor y de ingénio, pero privados por la falta de unidad y vigor del gobierno y por la discrepáncia y contrariedad de los ánimos, de formar un todo concertado y sólido. Los castellanos no componian una sola família que enlazada por intereses comunes debia subsistir con una fuerza igual á la suma de las fuerzas particulares, sino una porcion de famílias confusamente mezcladas, de intereses diversos y encontrados, cuyo mútuo choque reducia la fuerza pública á la diferéncia entre las del poderoso y del débil.

No podia' Castilla adquirir el lustre y esplendor de que era capaz, sin que se arrancasen de raiz las causas de la division y la discórdia. La mas notable y de mas perniciosos efectos era la rivalidad y poco concierto entre las prerogativas del Rei y de los próceres. La monarquia castellana se resentia de lo gótico de su origen. El Rei no parecia ser el centro del poder y de las fuerzas del Estado, el lazo que une y estrecha sus clases diferentes, sino mas bien el primero entre los magnates como en los antiguos pueblos del norte y su autoridad siempre fluctuante é incierta, hecha muchas veces el juguete de la ambicion y osadia de los principales vasallos, no alcanzaba á asegurar el orden y la seguridad general de los súbditos.

Vários fueron los arbítrios que empleó Isabel para corregir este vício político. Adjudicó á la corona la administracion de las órdenes militares, suprimiendo aquel poder triunviral de los maestres, que médio religiosos y médio soldados solian hacer la guerra á los Reyes con igual encono y animosidad que á los moros. Pensamiento fue tambien de Isabel que los hijos de los Grandes se criasen en palácio sirviendo á los Reyes, para que acostumbrándose á la subordinacion desde niños, la conservasen después cuando

adultos y al paso que aseguraban como prendas la fidelidad y quietud de sus famílias, cobrasen tambien cariño á los autores de su educacion y establecimiento. Abolió el uso de los privilégios rodados, en que las confirmaciones de los Prelados y de los Grandes tenian el áire de dar á los decretos del Príncipe una consisténcia y valor que no tuvieran sin ellas. Prohibió la construccion y reparacion de fortalezas en lo interior del réino, donde siendo inútiles para la seguridad del estado pudieran ser peligrosas para su sosiego. Finalmente organizó la fuerza pública, armó la masa de la nacion, el brazo Real: y asentada la Monarquía sobre el fundamento de un poder sólido é indestructible, no tuvo ya que temer las agitaciones que pudiera producir la ambicion de los particulares. Ocupando á los magnates segun su capacidad y talentos en los principales cargos, honrándolos y obligándolos con su confianza, les quitó la ocasion y la voluntad de aspirar á la autoridad por si solos; y haciéndolos participantes de las ventajas y esplendor del Gobierno, los interesó en su conservacion y defensa..

Así extinguió del todo Isabel aquella lucha escandalosa de tantos siglos entre el Monarca y los Grandes, dirigiendo la inquieta actividad de la primera nobleza á objetos de utilidad pública, y reduciendo sus pretensiones, como debiera ser en todos tiempos, á servir con glória y distincion á la pátria.

La institucion permanente de la Hermandad, y las ordenanzas de ciudades y grémios que se multiplicaron durante su reinado en Castilla, dieron bulto é importáncia á la parte mas numerosa y hasta entonces menos atendida del Estado. La formacion de los Consejos decretada en las cortes de Toledo, la de otros tribunales superiores que se establecieron en diversos puntos del réino, la introduccion de cuerpos fijos de tropas y los artículos del concordato ajustado con la Cúria romana, abrieron ó ensancharon el camino del honor y de la fortuna á la virtud á las letras, al valor, al mérito. La nobleza subalterna no estuvo en adelante reducida á servir oscuramente en las mesnadas del Rei ó de los Grandes y repartida convenientemente la consideracion política entre las diversas clases, cesó aquella injustícia que privaba de todo á las unas para prodigarlo todo á las otras.

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Removidos los obstáculos de la harmonia interior del Estado, seguia el asegurarla entre sus vários miembros sobre basas firmes y recíprocamente útiles. Á esto atendió Isabel con una severa é inflexible administracion de justícia que protegia á los pequeños sin atropellar á los poderosos, manteniendo á estos y á aquellos con igualdad en el goze de sus respectivas propiedades; con el proyecto de una legislacion comun á todos sus réinos, con la igualacion de pesos y medidas, con la renovacion del crédito y lei de los metales: operacion importantísima , que restauró la buena fé, la confianza y el uso general de la moneda, uno de los lazos mas fuertes de los impérios.

El instrumento de todos estos bienes era la autoridad Real. Isabel la rodeó de la magestad y pompa necesárias en las circunstáncias de una nacion que salia del estado turbulento de la anarquia. No le dió nuevos atributos esenciales, ni usurpó facultades negadas antes por las leyes: los impuestos, las prerogativas de las cortes, los fueros y preeminencias de los Grandes, los puntos fundamentales de la legislacion quedaron los mismos. No trató Isabel de extender sin límites su autoridad, sino de darle la fuerza y energia indispensable para obrar el bien comun, objeto final de todos los cálculos y combinaciones de la verdadera política. Gobierno verdaderamente admirable, obra de una muger, que reuniendo en su persona las virtudes y calidades de ambos sexos, acertó á concebir un sistema mezclado convenientemente de suavidad gia; que comprimio la licéncia sin substituirle la servidumbre; que corrigió la nacion y al mismo paso aumentó su poder y su gloria. La Monarquia castellana en manos de Isabel salió del estado de caducidad á que la habian conducido sus achaques, y ostentó el vigor y lozania de la juventud; semejante á vieja encina, que despues de haber sufrido las injúrias y accidentes del tiempo, comida ya de insectos y amenazada de la muerte, pasa por fin á poder de agricultor mas cuidadoso; y libre por su diligéncia de las plantas parásitas que la debilitaban , y de las ramas podridas é inútiles cuyo peso la oprimia, se puebla de hermosos renuevos, se reviste otra vez de verdor y de vida,

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arroja á ocupar en la region del áire un espácio mayor que el la vieron ocupar jamás sus anteriores dueños.

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Isabel en efecto no solo restauró, sino que tambien aumentó y extendió la Monarquia. Obra suya fue aquel prodigioso engrandecimiento que formando un solo estado de casi toda la antígua España, hizo aparecer de repente en el teatro político una poténcia que fue por mucho tiempo y hubo de ser para siempre la primera de Europa. En sus floridos años antes todavia de reinar, habia preparado con la eleccion de su esposo Fernando la reunion de las coronas de Aragon y Castilla. Despues de subir al trono, mientras se realizaba la conquista del réino de Granada, disponia la agregacion de la parte que restaba de la Península, por médio de faustos enlaces con la família reinante portuguesa. No tardó en llegar el caso previsto por nuestra Réina y el príncipe Don Miguel su nieto hubiera reunido bajo su mando cuanto ambos mares abrazan del uno al otro cabo del Pirineo, si una prematura y dolorosa muerte no destruyera el cimiento de perspectiva tan alhagüeña. Reprodújose la ocasion reinando Felipe II: y España por don de Isabel gozaria actualmente de sus límites naturales y de todas las ventajas consiguientes á una situacion feliz y única, si la escasa habilidad o fortuna de sus sucesores no hubiera dejado desprenderse aquella piedra preciosa de su corona.

Al mismo tiempo que las combinaciones y esfuerzos de Isabel tenian tan adelantado el gran proyecto de formar un solo império de toda la península española, sus ejércitos triunfaban en el Rosellon y en Itália, sus escuadras amenazaban las costas de África, su dominacion se extendia por las inmensas regiones de América, y los recíprocos enlaces con otras testas coronadas preparaban el poder colosal de su nieto el emperador y rei Carlos V, haciendo en él creible el desígnio, que receló el mundo, de la Monarquia universal.

Por estos médios creó Isabel la consideracion y preponderáncia que obtuvo la nacion por largos años entre las demás poténcias comarcanas. España influia poderosa y decisivamente en las negociaciones políticas de Europa, y sus embajadores se acostum

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