Boletín de las leyes del Imperio mexicano, ó sea Código de la Restauración, publ. por J.S. Segura, Volumen21864 |
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Términos y frases comunes
1864.-El Prefecto político Administrador aduanas marítimas alcaide Almonte.-José Mariano autoridad blica capital cárcel César Cantú cho de Hacienda cion Comisario central comunico á V. S. Consejo de administracion Crédito público creto cuartel debia decreto que sigue demas derechos Despa Despacho de Gobernacion Despacho de Hacienda Despacho de Justicia despues disposicion dito público.-Seccion Eclesiásticos é Instruccion efectos ejecucion del presente Emperatriz Emperatriz Carlota empleados establecer Exmo extrangero FELICITACION Francia habia Hacienda y Cré Hacienda y Crédito Imperial de México Imperio ha tenido Imperio Mexicano informe del Sub-secretario Isla del Cármen jefe José del Villar Mariano de Salas Marina Maximiliano mexicanos mundo Nacion Napoleon III Negocios Eclesiásticos oficio órden pago país Palacio Imperial Palacio Imperial.-México patria policía Prefecto municipal Prefectura pueblo Regencia del Imperio regeneracion reglamento rentas resolucion respecto S. M. el Emperador seccion Soberano Supremo tambien ticia Tribunal Trieste trono Valle de México Veracruz Villar y Bocanegra
Pasajes populares
Página 241 - Antonio López de Santa Anna, benemérito de la patria, general de división, gran maestre de la nacional y distinguida orden de Guadalupe, caballero gran cruz de la real y distinguida orden española de Carlos III, y presidente de la república mexicana...
Página 79 - ... en uso de las facultades que me concede el plan proclamado en Ayutla y reformado en Acapulco, he tenido a bien decretar lo siguiente: Art. 1.
Página 86 - Antonio López de Santa-Anna, Benemérito de la Patria, General de División, Caballero Gran Cruz de la Real y distinguida Orden española de Carlos III, y Presidente de la República Mexicana, á los habitantes de ella, sabed: Que en uso de las facultades que la Nación se ha servido conferirme, he tenido á bien decretar lo siguiente : Art. 1...
Página 238 - ANTONIO LÓPEZ DE SANTA-ANNA, benemérito de la patria, general de división, caballero gran cruz de la real y distinguida Orden española de Carlos III, y presidente de la República Mexicana, a los habitantes de ella, sabed: Que en uso de las facultades que la nación se ha servido conferirme he tenido a bien decretar lo siguiente: Art.
Página 122 - El allanamiento del domicilio no puede verificarse desde las seis de la tarde hasta las seis de la mañana, sin previo permiso del jefe de la casa.
Página 290 - Las bendiciones del cielo y con ellas el progreso y la libertad no nos faltarán seguramente, si todos los partidos dejándose conducir por un Gobierno fuerte y leal, se unen para realizar el objeto que acabo de indicar, y si continuamos siempre animados del sentimiento religioso por el cual nuestra bella Patria se ha distinguido aun en los tiempos mas desgraciados.
Página 256 - Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del gobierno nacional en México, á 13 de Febrero de 1854. — Antonio López de Santa-Anna. — Al ministro de justicia, negocios eclesiásticos é instrucción pública.
Página 287 - Quesumus omnipotens deus, ut famulus tuus imperator3) noster, qui tua miseratione suscepit regni gubernacula, virtutum etiam omnium percipiat incrementa, quibus decenter ornatus et vitiorum monstra devitare, et hostes superare, et ad te, qui via, veritas et vita es, gratiosus valeat pervenire.
Página 239 - ... presentado á la misma una memoria en que se exponga el objeto y motivos de la demanda. El reglamento determinará la manera en que deberá ser presentada la memoria, y sus efectos.
Página 290 - La confianza de que estamos animados vosotros y yo, será coronada de un brillante suceso si permanecemos siempre unidos para defender valerosamente los grandes principios, únicos fundamentos verdaderos y durables de los Estados modernos. Los principios de inviolable...