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ses, habían de entrar además en las de las Universidades, y poder ser Procuradores por el estado general? ¡Qué confusión, Señor, qué inmenso piélago de dificultades, fácil de surcar con la palabra y la reflexión, pero muy á propósito para anegarse en él cualquiera que quisiese poner orden y arreglo en medio del conflicto de oponiones y de intereses tan encontrados! Jamás se habría presentado teoría política más absurda que intentar remover estos obstáculos adoptando el método de señalar número fijo á los dos brazos, excluyendo de ellos la elección, como en el sentir de algunos se ha creído conveniente. El ejemplo de Inglaterra sería una verdadera innovación incompatible con la índole misma de los brazos en las antiguas Cortes de España. En aquel reino no hay en rigor más que una sola clase de nobleza, que son los Lores. Todo Par del Reino es por el mismo hecho miembro de la Cámara alta, sin que para ello sea elegido ni llamado; no representa sino á su persona. Los Obispos, como Lores espirituales, son igualmente todos, á excepción de uno, individuos natos del Parlamento sin necesidad de elección ni convocación, y si se cree que representan al Cuerpo Eclesiástico, también los clérigos están excluídos de la Cámara de los Comunes. Pero, Señor, la razón más poderosa, la que ha tenido para la Comisión una fuerza irresistible, es que los brazos, que las Cámaras ó cualquiera otra separación de los Diputados en estamentos, provocaría la más espantosa desunión, fomentaría los intereses de Cuerpos, excitaría celos y rivalidades, que si en Inglaterra no son hoy día perjudiciales es porque la Constitución de aquél país está fundada sobre esa base desde el origen de la Monarquía por reglas fijas y conocidas desde muchos siglos; porque la costumbre y el espíritu público no lo repugnan, y, en fin, Señor, porque la experiencia ha hecho útil y aun venerable en Inglaterra una institución que en España tendría que luchar contra todos los inconvenientes de una verdadera novedad. Tales, Señor, fueron las principales razones porque la comisión ha llamado á los Españoles á representar á la Nación sin distinción de clases ni estados. Los nobles y los eclesiásticos de todas las jerarquías pueden ser elegidos en igualdad de derecho con todos los ciudadanos; pero en el hecho serán siempre preferidos. Los primeros por el influjo que en toda sociedad tienen los honores, las distinciones y la riqueza, y los segundos porque á estas circunstancias unen la santidad y sabiduría tan propias de su ministerio.

Del libro décimo, que trata del restablecimiento de la Constitución.

1. Reseña histórica,

Los acontecimientos á que se debió el restablecimiento del sistema constitucional en España en 1820, son de tal manera conocidos, que del dominio de la historia han pasado al de la novela, y los nombres de los héroes de esas jornadas se repiten hasta en canciones populares.

Nada nuevo, pues, se podrá decir aquí de lo que en España contribuyó á abolir el absolutismo, no sólo odioso sino hasta grotesco, de Fernando VII y á implantar un régimen, que, por natural reacción, fué tan odioso y tan grotesco como el anterior.

Sabido es que, vuelto Fernando de Valencey, poco á poco aparentó irse entregando á sus aduladores, que, perseguidos, desterrados ó muertos en ignominiosos cadalsos los más ilustres patriotas, ocuparon su lugar cerca del soberano intrigantes de la más baja ralea. Porque una de las cosas que caracterizó la tiranía de 1814 á 1820 fué el predominio, no de las clases altas sino de individuos nacidos en las más humildes esferas de la plebe. Un Antonio Moreno, oficial de peluquero, llegó á Consejero de Hacienda; Ugarte, también de nombre de pila Antonio, exportillero, bailarín y luego agente de negocios sucios, tuvo favor tan grande y crédito tal, que, según asegura insigne escritor, se le llegó á apodar Antonio 10; Aiagon y Pedro Collado (a) Chamorro, ex-aguador éste de la fuente del Berro y ayuda de cámara del déspota, repartían destinos públicos y concesiones y preparaban decretos. Pero Fernando VII, el más cabal modelo de dominador de hombres, pérfido, picaresco y taimado, extraña mezcla de Felipe II, de quien tenía la crueldad fría (sin la elevación de pensamientos y la grandeza de miras), y de Guzmán de Alfarache y de Lazarillo de Tormes, cuyas habilidades igualaba, burlábase al par que de sus enemigos los diputados del bando liberal en las Cortes, de sus aliados los otros monarcas europeos y de sus servidores los miembros de la llamada Camarilla. (1) Sólo en un punto participaba plenamente de las ideas y de

(1) En cuanto á sus Ministros, léase lo que dice Lardizabal y Uribe y en parte copia Pérez Galdós:

A poco de llegar S. M. á Madrid, le hicieron desconfiar de sus Ministros y no hacer caso de los Tribunales, ni de ningún hombre de fundamento de los que pueden y deben acon

las pasiones de ésta, ó parecía al menos participar, porque, enigma viviente, es casi imposible adivinar lo que pensaba ó lo que sentía: en su odio real ó de apariencia á todo lo que pudiese menoscabar su poder absoluto y, por ende, en su odio á la Constitución de 1812.

Persiguió, según díjose ya, á sus autores y á los que la habían defendido, algunos con saña que aun hoy asombra; concedió recompensas extraordinarias y hasta ridículas á los que la atacaron, y mostró, en suma, que aborrecía todo lo hecho por las Cortes de Cádiz.

Parecería á quien leyese superficialmente la historia de esos años, que los pueblos, tanto en la Península como en América, acogían con regocijo la reacción absolutista. Al decir de los cronistas de aquellos tiempos, las iglesias, en donde predicadores tan fanáticos como ignorantes enzalzaban la vuelta á las antiguas costumbres y las prendas de Fernando, llegando á equipararlo con Dios, veíanse atestadas de gente de todas clases; respirábase una atmósfera de lealismo y adulación que apestaba, y era hasta de buen tono concurrir á los suplicios de los vitandos liberales. Pero, bajo todo esto, agitábanse sordamente los aparentemente vencidos: una multitud de sociedades secretas, logias masónicas, más ó menos candorosos en sus procedimientos, pero cuya influencia extendíase en zonas de amplitud cada vez mayor, minaban las clases obreras, las medias y las militares, que en España han tenido y tienen tan decisiva influencia.

Después de sublevaciones ó tentativas de sublevación que sería aquí largo enumerar, estalló en 19 de enero de 1820, en el pueblo de Las Cabezas de San Juan, la que acaudilló el Comandante del Regimiento de Asturias Don Rafael del Riego, proclamando la Constitución de 1812, la Sagrada, como la llamaban sus adeptos, ó la Niña bonita, según habían de decirle, por mofa, los que no la querían mucho.

No se hará aquí tampoco la historia de ese cuartelazo, uno de los más notables que la historia registra; no se dirá, pues que plumas mejores la han repetido hasta el fastidio, lo poco que valieron los héroes de ese levantamiento. Riego mereció un himno (letra y música medianísimas), á cuyas notas, multitudes de viejos entusiastas y de mozos valientes derramaron su sangre ge

sejarle. Da audiencia diariamente, y en ella le habla quien quiere, sin excepción de personas. Esto es público, pero lo peor es que por la noche en secreto da entrada y escucha á las gentes de peor nota y más malignas, que desacreditan y ponen más negros que la pez en concepto de S. M, á los que le han sido y le son más leales y á los que mejor le han servido: y de aquí resulta que, dando crédito á tales sujetos, S. M. sin más consejo pone de su propio puño decretos y toma providencias, no sólo sin contar con los Ministros, sino contra lo que ellos le informan. Esto me sucedió á mí muchas veces y á los demás Ministros de mi tiempo, y así ha habido tantas mutaciones de Ministros, lo cual no se hace sin gran perjuicio de los negocios y del buen gobierno. Ministro ha habido de 20 días ó poco más y dos hubo de 48 horas: ¡pero qué Ministros!>

nerosa, porque la vida y la historia tienen esas ironías crueles; Riego, en cambio, que no supo ni pelear ni vencer, ni morir, no ha dejado sino un triste recuerdo obscuro (1).

Si la insurrección de Andalucía, de la que él y Quiroga fueron promotores, no hubiera sido secundada en otras partes, principalmente en Galicia y Zaragoza, la causa de la libertad no hubiera triunfado; pero triunfó al fin, y Fernando hubo de pronunciar las célebres palabras que han pasado, como tantas otras de hombres igualmente famosos, á la posteridad: «Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda constitucional".

Ya en el proemio de esta obra se habló del efecto que produjo en Nueva España el restablecimiento de la Constitución y es inútil hacer nuevas consideraciones sobre dicho efecto.

Se ha creído conveniente en esta última parte de la publicación que hace el Archivo, insertar un documento tomado de la Historia de Yucatán de Don Eligio Ancona, y el segundo juramento de la Constitución en Veracruz. Alamán, después de referir los sucesos acaecidos en nuestro primer puerto del Golfo y de citar las proféticas palabras del General Dávila: «Señores, ya ustedes me han obligado á proclamar y jurar la Constitución: esperen ustedes ahora la independencia, que es lo que va á ser el resultado de todo esto», narra cómo el Virrey, previo acuerdo que se celebró en 31 de mayo por la mañana, hizo el juramento de la Constitución á las dos de la tarde, «ofreciendo aquel acto-según el escritor citado-más bien el aspecto de una ceremonia fúnebre que de un suceso plausible, no habiéndose oído un solo viva, ni manifestádose señal alguna de aplauso, no obstante que se solemnizó con repiques de campanas y salvas de artillería».-Rafael de Alba.

2. Segundo juramento de la Constitución en Campeche
y en Merida.-Pág. 169

Todos los ojos estaban fijos en Campeche, que, según la pro. mesa hecha por los masones á sus hermanos, no esperaba más que una oportunidad para lanzarse á vías de hecho.

Esta oportunidad no tardó mucho en presentarse. El día 7

(1) Ya vimos que un mexicano, Lardizabal y Uribe, desempeñó papel importante en los acontecimientos de estos días.

Se ha señalado también el que quiso representar el Obispo de la Puebla y firmante del manifiesto de los Persas. Poco antes de que estallara el pronunciamiento de las Cabezas, la Corte, desconfiando del Conde de La Bisbal, confiaba el mando del cuerpo expedicionario para sojuzgar á la Nueva España rebelde, al viejo Conde del Puente de Calderón, Don Félix Calleja, y cuando después Galicia ardiera (Febrero de 1820) era Capitán General, Don Francisco Javier Venegas.

de mayo llegó al puerto la goleta Peruana, conduciendo periódi cos, así de la Habana como de la Metrópoli, en que se ratificaban, de una manera que ya no era posible dudar, los sucesos políticos de que se tenía conocimiento en Mérida desde el 26 de abril. Los masones y los liberales se pusieron inmediatamente en movimiento, y luego que entró la noche varios pelotones de gente salieron á recorrer las calles con músicas vitoreando al Rey y á la Constitución, y subiendo á los campanarios y torres de algunas iglesias á repicar bulliciosamente las campanas. Había en esta demostración popular cierto grado de efervescencia, que el Teniente de Rey hubiera calmado de buena gana, si por otro lado no hubiese temido comprometer seriamente la tranquilidad pública, pues no se le ocultaban las pocas simpatías que el absolutismo tenía en la población. Su hijo, Don José María León, que, aunque Procurador del Municipio, no era por eso rutinero, tuvo con él durante aquella noche una larga conferencia, en que le instó á reunir inmediatamente el Ayuntamiento y hacer que en su seno se jurase la Constitución. Díjole que ya no podía ser más manifiesta la voluntad del monarca, y que aquel juramento era ya el único medio de calmar la ansiedad que reinaba en la plaza. Pero el Teniente de Rey se contentó con responder que al día siguiente se reuniría el Cabildo, sin entrar en otro género de explicaciones.

Realizóse, en efecto, esta reunión el día 8; pero para un objeto muy distinto del que esperaban los constitucionales. Leyéronse en el seno de la corporación municipal varias notas del gobernador de la provincia, en que insistía terminantemente en sus órdenes de que no se jurase la Constitución y se recogiesen todos los impresos que trataran de su aceptación por el Rey. No dominaba en el Cabildo otra voluntad que la del jefe de la plaza, y habiendo acordado contestar al Capitán General que sus disposiciones serían puntualmente obedecidas, se levantó la sesión.

El partido liberal se creyó chasqueado con este golpe; pero no se dió por vencido. Muchas de las personas que se habían comprometido en la demostración de la noche precedente, comprendieron que era necesario ir adelante para aprovechar la excitación en que estaba todavía el pueblo. Con este motivo, treinta ó cuarenta de las que gozaban de mayor influencia y consideración en la plaza, se presentaron en la tarde al Procurador Don José María León y le pidieron que provocase en el acto una sesión del Ayuntamiento, para que acordase jurar y publicar la Constitución, puesto que ya no podía quedar duda ninguna de que el mismo rey la había aceptado y jurado. El Procurador acogió lleno de deferencia esta solicitud, y habiendo pasado inmediatamente á la casa de su padre, le pidió en nombre del pue

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