Obras completas de J. B. Alberdi...

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Imp. de "La Tribuna nacional", 1887
 

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Página 396 - Todos los establecimientos y edificios públicos situados en el municipio, quedarán bajo la jurisdicción de la Nación, sin que los municipales pierdan por esto su carácter. Art. 3°...
Página 396 - La Provincia mantendrá igualmente la administración y propiedad de sus ferrocarriles y telégrafos, aunque empiece su arranque en el municipio de la ciudad, conservando asimismo la propiedad de los demás bienes que tuviese en él. Art. 5. La Nación tomará sobre sí la deuda exterior de la Provincia de Buenos Aires, previos los arreglos necesarios. Art. 6.
Página 197 - Licurgo fué el primero que, trabajando sobre las meditaciones de Minos, encontró en la división de los Poderes el único freno para contener al magistrado en sus deberes. El choque de autoridades independientes debía producir un equilibrio en sus esfuerzos...
Página 197 - Por un concepto vulgar, pero generalmente recibido, la convocación del Congreso no tuvo otro fin que reunir los votos de los pueblos, para elegir un gobierno superior de estas provincias que subrogase el del virrey y demás autoridades que habían caducado.
Página 394 - Es la única solución de nuestro problema, fecunda para el porvenir, porque es la sola que no se improvisa o inventa, la que viene traída por las corrientes de nuestra propia vida, y la que se encuentra en la formación y en el desenvolvimiento de nuestro ser como Nación.
Página 395 - Erigiendo los argentinos la ciudad de Buenos Aires en Capital definitiva de la República, daremos influencia permanente para el Gobierno y sobre el Gobierno al grupo de hombres que vive en la esfera más culta, más espaciosa y más elevada; pero se la daremos con la autoridad de la Nación en su nombre y con su sello, evitando así competencias y antagonismos locales que han dejado tantos surcos oscuros o sangrientos en nuestra Historia.
Página 397 - Esta ley sólo regirá una vez que la Legislatura de Buenos Aires haya hecho la cesión competente, prestando conformidad a sus cláusulas, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3.° de la Constitución Nacional.
Página 7 - Esta es la biografía de un hombre que, sin haber dado batallas, ni obtenido victorias, ni sido un hombre de Estado, ni siquiera un ciudadano, ha hecho, sin embargo, a los países de su mansión tantos y tan grandes servicios, que su historia sería ingrata o ciega si dejase de registrarlos en sus anales".
Página 159 - La patria es libre, en cuanto no depende del extranjero; pero el individuo carece de libertad en cuanto depende del Estado de un modo omnímodo y absoluto. La patria es libre en cuanto absorbe y monopoliza las libertades de todos sus individuos; pero sus individuos no lo son, porque el gobierno les tiene todas sus libertades".
Página 394 - ... contiendas que no se detienen delante de la sangre. Cuando la cuestión sobre la Capital ha sido traída en otras ocasiones al debate, se presentaban igualmente opiniones rectas y sinceras, discutiendo la oportunidad de su controversia o de su solución.

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