Guia del propietario en el nuevo sistema de hipotecas

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Imp. manuel Saurí, 1863 - 427 páginas

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Pasajes populares

Página 59 - ... aunque después se anule ó resuelva el derecho del otorgante en virtud de título anterior no inscrito, ó de causas que no resulten claramente del mismo registro.
Página 130 - Todo hecho ó convenio entre las partes que pueda modificar ó destruir la eficacia de una obligación hipotecaria anterior, como el pago...
Página 145 - Promovido el incidente, y formada en su caso la pieza separada, se dará traslado á la parte contraria por término de seis días, para que conteste concretamente sobre la cuestión incidental.
Página 110 - La mera propiedad, en cuyo caso, si el usufructo se consolidare con ella en la persona del propietario, no solo subsistirá la hipoteca, sino que se extenderá también al mismo usufructo, como no se haya pactado lo contrario.
Página 258 - Los jueces ó autoridades que en juicio ó fuera de él admitan un documento no registrado cuando sea de los sujetos á esta formalidad, incurrirán por primera vez en la pena de suspension de empleo por dos meses , y en la multa del duplo del derecho defraudado ; y en la misma multa y destitucion de empleo si reincidieren. Art. 44. En iguales penas incurrirán los escribanos que actúen diligencias de cualquiera especie por virtud de un documento sujeto al registro y no registrado.
Página 148 - En favor de los aseguradores, sobre los bienes asegurados, por los premios del seguro de dos años, y si fuere el seguro mutuo, por los dos últimos dividendos que se hubieren hecho.
Página 131 - El acreedor hipotecario podrá repetir contra los bienes hipotecados por el pago de los intereses vencidos, cualquiera que sea la época en que deba verificarse el reintegro del capital; mas si hubiere un tercero interesado en dichos bienes, á quien pueda perjudicar la repetición, no podrá exceder la cantidad que por ella se reclame de la correspondiente á los réditos de los dos últimos años trascurridos y no pagados , y la parte vencida de la anualidad corriente.
Página 94 - Cuando se disminuya la cuantía del derecho inscrito por efecto natural del contrato que diera causa á la inscripción, como sucede cuando el deudor hipotecario paga una parte de su crédito, haciéndolo constar en debida forma, ó cuando el censatario redime una parte del capital del censo, ó cuando en el usufructo vitalicio constituido por dos ó mas vidas, fallece uno de los usufructuarios. 3.
Página 88 - ... necesite para su validez, se consignarán dichas circunstancias por los interesados en el escrito en que de común acuerdo soliciten la anotación. No habiendo avenencia, el que solicite la anotación consignará en el escrito en que la pida dichas circunstancias , y previa audiencia del otro interesado sobre su exactitud , el Juez ó el Tribunal decidirá lo que proceda.
Página 101 - El pensionista que no hubiere constituido anotación preventiva, podrá exigir también en cualquier tiempo la inscripción hipotecaria de su derecho sobre los bienes de la herencia que subsistan en poder del heredero...

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