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Don Melchor Jufré, seis patacones.

Los herederos de Luis de Toledo, diez patacones.

El capitán Galiano, diez patacones.

Alonso Navarro, diez patacones.

Joán Sáez de Alaiza, diez patacones.

Capitán Hernando Alvarez de Toledo, seis patacones.
Diego de Cáceres, seis patacones.

Los herederos de Francisco Gómez, cuatro patacones.

El capitán Francisco de Buiza, diez patacones.

Los herederos de Lázaro de Aránguiz, diez patacones.

Que hacen un total de doscientos veinte y seis patacones.

Conforme á las dichas memorias de do se sacó.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

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En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y ocho de abril de el año de mill y seiscientos y diez y siete, la Justiticia y Regimiento de esta ciudad, se juntaron en su lugar acostumbrado, y acordaron lo que se sigue:

VISITA AL HOSPITAL.-Acordaron que mañana sábado este Cabildo visite y vea á el hospital de esta ciudad.

QUE SE HAGA UN LIBRO.-En este cabildo se acordó y mandó que se haga un libro para cuenta y razón de lo que este Cabildo tiene y tuviere, y donde se asienten las cuentas que deben dar á este Cabildo los procuradores de la ciudad.

COBRANZA DE LA DERRAMA DEL TAJAMAR. En este cabildo se remitió la cobranza de la derrama del tajamar á los señores alcaldes ordinarios, y el proveer lo que convenga sobre la averiguación de lo que se ha cobrado y en qué se ha gastado.-Juan Pérez de Urasandi. -Joán de Azoca.-Santiago de Uriona.-Antonio de Azoca.-Alonso del Campo Lantadilla.— Blas Pérez Desquivias.—Miguel de Amezquita. Licenciado Escobar Villarroel.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

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CABILDO DE 19 DE MAYO DE 1617.

En la ciudad de Santiago de Chille, á diez y nueve de mayo del año de mill y seiscientos y diez y siete, en viernes, la Justicia é Re

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gimiento de esta ciudad se juntaron en su cabildo y trataron y acordaron lo siguiente:

FIEL EJECUTOR.-En este cabildo se nombró por fiel ejecutor por el término ordinario al capitán Blas Pérez Desquivias, regidor, el cual hizo el juramento, y se le entregó la vara que traía el capitán don Diego González.

Con lo que se acabó el cabildo; y lo firmaron.-Juan Pérez de Urasandi.— Joán de Azoca.- Santiago de Uriona.— Alonso del Campo Lantadilla.-Ginés de Toro Mazote.—Miguel de Amezquita-Blas Pérez Desquivias.-Ante mí.-Diego Rutal, escribano público.

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CABILDO DE 29 DE MAYO DE 1617.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y nueve de mayo de el año de mill y seiscientos y diez y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente:

ALFÉREZ REAL.-En este cabildo se eligió por alférez real al alférez general don Diego Xaraquemada, para que saque el estandarte el día de Santiago este presente año y use el dicho oficio, para lo cual le dieron comisión en forma.

Y con esto se acabó el cabildo; y lo firmaron.—Juan Pérez de Urasandi.-Joán de Azoca.-Santiago de Uriona.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Alonso del Campo Lantadilla.-Ginés de Toro Mazote.— Don Diego González Montero.-Don Diego Xaraquemada.—Fernando de Castroverde Valiente.-Miguel de Amezquita.-Blas Pérez Desquivias. Ante mí.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

TÍTULO DE AGRIMENSOR DE JUAN DE LA PEÑA.-En este dicho día, mes y año dicho, ante su señoría del dicho Cabildo paresció Joán de la Peña, vecino morador desta ciudad, y presentó un título en que

su señoría del señor Gobernador deste reino le nombra por agrimensor desta ciudad y sus términos, y pidió ser rescibido; su tenor de el cual es como se sigue:

El licenciado Fernando Talaverano Gallegos, del Consejo de S. M. y su oidor más antiguo en la Audiencia y Chancillería Real que por su mandado reside en la ciudad de Santiago de las provincias de Chille, gobernador y capitán general dellas por el Rey, nuestro señor, etc. Por la presente, en nombre de S. M., y porque así conviene á la buena expedición de las mensuras de tierras que se hicieren en esta

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ciudad y sus términos, y porque soy informado que Joán de la Peña, alarife desta ciudad, es persona capaz y de las demás partes que se requieren para hacer el oficio de agrimensor de tierras, que al presente está vaco por fin y muerte de Blas Pereira, en su lugar elijo y nombro á el dicho Joán de la Peña por tal agrimensor de tierras para que con el juez ques ó fuere dellas sea él, entretanto que por mí ó por la persona que gobernare este reino otra cosa se proveyere y mandare, use del dicho oficio de agrimensor, hallándose con el dicho juez á las mensuras y deslindes que el susodicho ú otras cualesquier personas hicieren con comisiones que para ello tengan, el cual dicho oficio usará en todas las cosas y casos que á él fueren anejas y concernientes, y según y de la manera que le usó el dicho Blas Pereira, su antecesor, y le han usado los demás agrimensores que [ha] habido en esta dicha ciudad, y haya y lleve el salario y derechos que le pertenecieren, conforme á el arancel real y que está en costumbre de pagar á los dichos agrimensores.

Y mando al dicho juez de tierras ques ó fuere, que habiendo recibido el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta ciudad al dicho Joán de la Peña al uso y ejercicio de el dicho oficio, y habiendo ante él fecho el juramento y con la solenidad que en tal caso se requiere, de que bien y fielmente usará el dicho oficio, el dicho juez use con él el suyo, y él y todas las demás personas, vecinos y moradores desta dicha ciudad y sus términos, le hayan y tengan por tal agrimensor de tierras y usen con él y no con otra persona alguna el dicho oficio, so pena de doscientos pesos de oro para la cámara de S. M. y gastos de la guerra, por mitad; y so la dicha pena le acudan y hagan acudir con los salarios y derechos que le pertenecieren, y le guarden y hagan guardar todas las honras, gracias, franquezas y libertades que por razón del dicho oficio le deben guardar; que para le usar y traer vara de la real justicia en los casos que convenga le doy poder y facultad en bastante forma.

Fecho en Santiago, en veinte y cuatro días del mes de marzo de mill y seiscientos y diez y siete años.-El licenciado Fernando Talaverano Gallegos.--Por mandado del Gobernador.-Bartolomé Maldonado, secretario de cámara y gobernación.

JURAMENTO. Y juró á Dios y á la cruz, en forma de derecho, de usarle á su saber y entender, sin pasión ni afición, ni llevar derechos demasiados, sinó los permitidos; y á la conclusión del juramento, dijo: sí, juro, y amén; y lo firmó; con lo cual le hobieron por recibido al dicho oficio.

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Y lo firmaron, sin perjuicio del derecho de la ciudad del nombramiento del tal oficio.—Joún Pérez de Urasandi.—Joán de Azoca.Santiago de Uriona.-Don Diego González Montero.- Fernando de Castroverde Valiente.-Miguel de Amezquita.-Juan de la Peña.Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

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En la noble y leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y tres de junio de el año de mill y seiscientos y diez y siete la Justicia y Regimiento de esta dicha ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente:

LICENCIA PARA UNA PULPERÍA.-En este cabildo se dió licencia á Julián López para que ponga pulpería, con que dé fianzas como los demás.

Y con esto se acabó el cabildo; y lo firmaron.-Juan Pérez de Urasandi-Santiago de Uriona.- Fernando de Castroverde Valiente.Licenciado Escobar Villarroel.-Ante mí.-Manuel de Toro Maote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 3 DE JULIO DE 1617.

En la ciudad de Santiago de Chille, en tres de julio de mill y seiscientos y diez y siete se juntaron á cabildo la Justicia y Regimiento de esta ciudad, se juntaron á cabildo, como lo han de uso y costumbre, para tratar de cosas convenientes al servicio de Dios y de su república, y lo que se acordó fué lo siguiente:

NOMBRAMIENTO DE FIEL EJECUTOR.-En este cabildo se nombró por fiel ejecutor diputado á el alférez general don Diego Jaraquemada, vecino desta ciudad, por cuanto el tiempo para que fué nombrado el capitán Blas Pérez Desquivias es pasado, y días más, á el cual se le entregó la vara de la real justicia por el general Joán Pérez de Urasandi, corregidor y justicia mayor desta ciudad, el cual la recibió.

TÍTULO DE CAPITÁN.-En este día, ante su señoría del dicho Cabildo, paresció el capitán San Joán de Ondarza y presentó un título despachado por su señoría del gobernador deste reino, licenciado Fernando Talaverano Gallegos, y Domingo Hernández, su secretario, en

tres de junio deste presente año, en que le nombra por capitán para levantar é inducir soldados de infantería y de á caballo para ir á servir á S. M. á la guerra deste reino, y pidió ser recibido según y como su señoría de el señor Gobernador deste reino manda.

Y habiéndolo visto y leído por mí, el escribano, según y como en él se contiene, le hubieron por recibido á el uso del dicho oficio, y que, ofreciéndose ocasión, están prestos á acudir á lo que su señoría de el señor Gobernador manda; con lo cual quedó recibido.

Y con esto se acabó el cabildo; y lo firmaron.—Juan Pérez de Urasandi.—Joán de Azoca.-Santiago de Uriona.-Don Diego Xaraquemada. Fernando de Castroverde Valiente.-Blas Pérez Desquivias.—Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 15 DE JULIO DE 1617.

y

En Santiago, en quince de julio de mill y y seiscientos y diez siete, se juntaron á cabildo la Justicia y Regimiento desta dicha ciudad para tratar de cosas convinientes al servicio de Dios. y de S. M., pro y aumento de su república; y lo que se acordó fué lo siguiente:

LICENCIA PARA HACER ADOBES.-En este cabildo paresció el padre fray Pedro de Valdivia, difinidor y procurador de el convento de San Agustín, y en nombre de su convento presentó petición y pidió licencia para poder hacer adobes para la iglesia que quiere hacer su convento, como es notorio, y que dello recibirá merced.

Y Su Señoría le dió licencia para hacer los adobes necesarios para la dicha iglesia, sacando la tierra del mesmo terreno y sus faldas, sin que en el llano se hagan hoyos, y que los adobes y tierra no sean para otro efeto de para hacer la dicha obra de la iglesia, y así se decretó en la petición que se entregó al dicho difinidor.

Y con esto se acabó el cabildo; y lo firmaron-Juan Pérez de Urasandi.-Joún de Azoca.-Santiago de Uriona.-Alonso del Campo Lantadilla.-Don Diego Xaraquemada.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

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