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nombre y por Nos y de el dicho reino haga la dicha información, como persona que de todo está enterado, y como buen pastor le mueve el celo de el remedio de sus súbditos, pidiendo á Su Majestad se sirva darle el más conviniente y en descargo de su real conciencia de los muchos y muy leales servicios que le han fecho los vecinos y moradores desta ciudad y reino desde su descubrimiento, cuyos hijos y nietos lo han continuado y continúan y están en notable pobreza, hacerles las mercedes que fuere servido y por nuestra instrución lleva por memorial y le pedimos, firmada de nuestros nombres y escribano deste Cabildo, con que se ha de conformar siu consentir en ninguna cosa que sea en agravio y perjuicio de este reino; y sobre y en razón de la dicha información y mercedes y pedir lo que más en su pro y aumento sea, haga todos los pedimientos, requerimientos, informaciones y presentaciones de ellas y otros recaudos, haga todas las diligencias que judicial y extrajudicialmente convengan de se hacer y que este Cabildo y los demás de este reino pudieran y debieran hacer, presente siendo; que el poder ques necesario para todo lo que dicho es y en lo á ello anejo y dependiente, se le damos y otorgamos, con sus incidencias y dependencias, libre y general administración, y con facultad de jurar, recusar, tachar, apelar y suplicar por todas instancias y grados, y enjuiciar, sostituir y revocar en quien, como y cuando le paresciere, y con relevación en forma, so la cláusula de el derecho; y [de] la merced ó mercedes que Su Majestad fuere servido hacernos, sacar testimonio por duplicado y nos lo traer ó enviar á Nos dirigido y consinado por nuestra costa: á la firmeza de lo que en persona de él se hiciere y autuare obligamos nuestras personas y bienes, y renunciamos las leyes de nuestra defensa, con la general que lo prohibe.

En la ciudad de Santiago de Chille, en diez y seis de hebrero de el año de mill y seiscientos y diez y ocho.

A lo cual fueron presentes por testigos: Juan Rodríguez Márquez y Pedro Cortés y Jerónimo Ruiz; y los otorgantes, que doy fee conozco, lo firmáron.-Juan Pérez de Urasandi.-Rodrigo de Araya Berrío.Don Melchior Jufré de el Aguila.-Jerónimo Zapata de Mayorga.Alonso del Campo Lantadilla.-Joán de Ugalde.-Pedro Gómez Pardo. -Alvaro Rodríguez.-Pasó ante mi.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 23 DE FEBRERO DE 1618.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y tres días de el mes de hebrero de el año de mill y seiscientos y diez y ocho, la Justicia y Regimiento della se juntaron en su lugar acos. tumbrado y acordaron lo siguiente:

FIEL EJECUTOR.-En este cabildo se nombró por fiel ejecutor al depositario general de esta ciudad, para que lo sea por lo que falta de el mes en que se proveen, que es hasta fin de marzo, sin perjuicio de el derecho de los vecinos; el cual lo aceptó y juró de lo usar como debe y es obligado.

Y con esto se acabó este cabildo, y lo firmaron.-Rodrigo de Araya Berrío.—Antonio de Azoca.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Ginés de Toro Mazote.-Joán de Ugalde.-Alvaro Rojas.-Pedro de Recalde.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 26 DE FEBRERO DE 1618.

CAPITÁN DE INFANTERÍA.-En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y seis de hebrero de el año de mill y seiscientos y diez y ocho, la Justicia y Regimiento de la ciudad de Santiago de Chille se juntaron en su lugar acostumbrado, donde pareció el capitán don Alonso de Puga y presentó un título de el señor gobernador don Lope de Ulloa, gobernador y capitán general de el reino de Chille, presidente de la Real Audiencia de él, su fecha á ocho de hebrero de mill y seiscientos y diez y ocho, por el cual le nombra por capitán de infantería española, para que la junte y levante en la dicha ciudad y su juridición.

Y visto por el dicho Cabildo, le hubieron por recibido, como Su Senoría manda, que están prestos de le dar el favor y ayuda necesario para la dicha leva y condución.

QUE SE HAGA CABILDO LOS MARTES.-En este cabildo se acordó y mandó que el tiempo de la Santa Cuaresma se hagan los cabildos ordinarios que se hacen los viernes en los martes de cada semana, por ser días desocupados.

SOBRE EL MEMORIAL.-En este cabildo se mandó que, atento á que los señores de la Real Audiencia de este reino y el señor Obispo,

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por el Santo Oficio, han mandado que el memorial de el padre fray Pedro de Sosa, que se había mandado guardar en el archivo, sacando un tanto, se lleve á los señores de la Real Audiencia y dé noticia al señor Reverendísimo de ello cómo la tienen los señores de la Real Audiencia. Y que yo, el escribano, dé la dicha noticia al dicho señor Obispo y á los dichos señores el capitán Rodrigo de Araya, alcalde, y el sefor procurador general. — Juan Pérez de Urasandi. Rodrigo de Araya Berrío.-Antonio de Azoca.-Jerónimo Zapata de Mayorga.Alonso del Campo Lantadilla.-Joán de Ugalde.-Pedro Gómez Pardo. -Alvaro Rodríguez.-Pedro de Recalde.-Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 5 DE MARZO DE 1618.

En la ciudad de Santiago de Chille, á cinco días del mes de marzo de mill y seiscientos y diez y ocho años, la Justicia y Regimiento desta dicha ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y trataron y acordaron lo siguiente.

Teniente de coRREGIDOR.-Habiéndose despedido el general Joán Pérez de Urasandi, corregidor desta dicha ciudad, para proseguir su viaje al Pirú, pidió á su señoría de la Justicia y Regimiento della admitan al oficio y cargo de su teniente á el licenciado Andrés de Toro Mazote, para cuyo efeto se leyó el título y nombramiento que le te

nía hecho.

Y habiéndose visto, le admitieron y mandaron que el dicho Licenciado entrase, como lo hizo; y habiendo hecho el juramento debido de usar bien y fielmente el dicho oficio, se le entregó la vara de justicia por mano del dicho general, à beneplácito y satisfación de todos; y lo firmaron.-Juan Pérez de Urasandi. -Rodrigo de Araya Berrio.Antonio de Azoca.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Alonso del Campo Lantadilla.-Ginés de Toro Mazote.-Joán de Ugalde.-Alvaro Rodríguez.-Ante mí.-Diego Rutal, escribano público.

CABILDO DE 13 DE MARZO DE 1618.

En la ciudad de Santiago de Chille, en trece días de el mes de marzo de el año de mill y seiscientos y diez y ocho, el Cabildo, Jus

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ticia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

LÁZARO DE LA CRUZ, TENIENTE DE ALGUACIL MAYOR. En este cabildo nombró por su teniente el capitán Alonso de el Campo Lantadilla, alguacil mayor de esta ciudad, para que lo sea en ella, y para ello lo presentó en este cabildo y pidió fuese recibido al uso de el dicho oficio.

JURAMENTO. Y su señoría de el dicho Cabildo lo recibió al uso de el dicho oficio á Lázaro de la Cruz, habiendo jurado en forma de derecho de usar el dicho oficio como debe y es obligado.

Y con ello le hobieron por recibido, con que dé fianzas á contento de el dicho alguacil mayor.

QUE SE SUBA EL VINO.-En este cabildo mandaron que los pulperos vendan el vino bueno dando cuartillo y medio por un real, y que lo manifiesten, como tienen obligación, y que no lo vendan sin manifestarlo, y que sea bueno y no malo, so pena de veinte patacones aplicados para la cámara, Cabildo y denunciador, y que se les derramará.

Y con esto se acabó; y lo firmaron.-Licenciado Toro.-Rodrigo de Araya Berrío.--Jerónimo Zapata de Mayorga.- Alonso del Campo Lantadilla. Pasó ante mí-Manuel de Toro Mazote, escribano públi co y de cabildo.

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En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte días de el mes de marzo de el. año de mill y seiscientos y diez y ocho, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

En este cabildo se mandó diferir lo tratado para otro.-Ante mí.— Manuel de Toro, escribano de cabildo.

CABILDO DE 2 DE ABRIL DE 1618.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en dos días de el mes de abril de el año de mill y seiscientos, y diez y ocho, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron en él lo siguiente.

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FIEL EJECUTOR.-En este cabildo se nombró por fiel ejecutor, para que lo sea este presente mes y medio, el general Joán de Ogalde, á quien toca por antigüedad, y atento á que está ausente, lo use en el interin el depositario general.

LICENCIA PARA ESCUELA.-En este cabildo se le dió licencia á Joán de Oropesa para que ponga escuela de enseñar á leer y escrebir á los hijos de los vecinos de esta ciudad, y que no lleve más de lo que en arancel se le señala á los maestros de escuelas por los que enseña, y que la paga, si se la dteren en frutos de la tierra, la haya de tommar, y con que no imponga costumbre de pagar ni dar otra cosa alguna á los muchachos, so pena de diez pesos de plata aplicados al hospital; y los frutos de la tierra han de ser al precio que valieren, y la escuela la ha de tener en la plaza; y asimismo no ha de tener más de cien muchachos matriculados.- Licenciado Toro.- Rodrigo de Araya Berrío-Antonio de Azoca.-Ginés de Toro Mazote.-Jeróni mo Zapata de Mayorga.-Alonso del Campo Lantadilla.-Pedro de Ugalde.-Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 7 DE ABRIL DE 1618.

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En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en siete días de el mes de abrill de el año de mill y seiscientos y diez y ocho, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente:

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ALCALDE.-En este cabildo pareció el general don Gonzalo de los Ríos, electo alcalde para este presente año, y habiéndolo aceptado, juró á Dios y á la cruz, en forma de derecho, de lo usar como debe y es obligado, y se le entregó la vara de la real justicia por el Licenciado Toro, teniente de corregidor.

SEMANA SANTA.-En este cabildo se señaló para que acudan á los oficios de esta Semana Santa:

Al señor Licenciado Toro, teniente de corregidor, á Santa Clara. Y al señor general don Gonzalo de los Ríos, alcalde, á Santo Domingo.

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Al señor capitán don Melchor Jufré, alcalde, á la Compañía de Jesús.

Al señor contador Antonio de Azoca, á las Monjas de San Agustín. Al señor tesorero Jerónimo Zapata los demás, no hay iglesias, porque las han tomado los señores oidores.

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