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dad para el domingo que viene, veinte y siete de éste, y para ello eche bando general en forma.

SOBRE EL ESTANDARTE.-En este cabildo se trató acerca de proveer la persona que este presente año ha de sacar el día de el señor Santiago el estandarte real de esta ciudad, y de un acuerdo todos los capitulares nombraron para el dicho efeto al capitán Alonso de el Campo Lantadilla, alguacil mayor de esta ciudad, y que se le dé noticia de el dicho nombramiento para que lo acepte.

Y lo firmaron, con que se acabó este cabildo.-Don Gonzalo de los Ríos.-Don Francisco de Zúñiga.-Don Diego de Godoy.-Antonio de Azoca.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Ginés de Toro Mazote.-Joán de Azoca.-Don Diego Xaraquemada.-Sebastián de Espinosa.-Cristóbal de Agurto.-Luis de las Cuevas Mendoza.-Pasó ante mí.-Manuel, de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 2 DE MAYO DE 1614.

En la ciudad de Santiago de Chille, en dos días de el mes de mayo de el año de mill y seiscientos y catorce, el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

PETICIÓN.-En este cabildo se presentó una petición por el capitán Alonso de el Campo Lantadilla, alguacil mayor de esta ciudad, en que pide que por muchas urgentes causas qué tiene y en ella alega, le eximan de el nombramiento en él fecho de alférez real de esta ciudad.

Y vistas por su señoría de el dicho Cabildo las justas causas que para ello tiene de excusarse, admitieron las dichas excusas y reservaron el proveer lo que convenga para su tiempo; su tenor de la dicha petición es como se sigue:

El capitán Alonso del Campo Lautadilla, alguacil mayor de esta ciudad, digo: que á mi noticia es venido quel jueves pasado que se contaron veinte y cuatro de abril, se juntaron á cabildo, sin estar yo en él por justos impedimentos que tuve, y me nombraron por alférez real de esta dicha ciudad este año, del cual dicho proveimiento suplico á V. S. se sirva de lo enmendar, nombrando otra persona que con más comodidad pueda ejercer y administrar el dicho oficio, por las razones siguientes:

Lo primero, porquestoy impedido y con muy pocas fuerzas, pues

apenas puedo tenerme sólo á caballo y he dado algunas caídas, de que ando con grandísimo temor, y el más viejo de todo el Cabildo, de sesenta y tres años, y hinchadas las piernas, que aún para la solenidad y propterforma estoy impedido, cuanto y más para las veras, que Dios no quiera se pueden ofrecer, pues estamos en presidio y tierra de guerra.

Lo otro, porque si el dicho nombramiento fecho en mi persona es favor y previlegio que se me hace, yo le renuncio, y si es carga, se debe considerar que como á regidor propietario ha veinte y dos años que llevo las del dicho Cabildo y de toda esta república, sirviendo con mi persona en todas las ocasiones que se han ofrescido, sin tener cómodo della, así en despachar mensajeros á España como al Pirú, acudiendo á las obras públicas y á comprar los regimientos y otras muchas cosas que cada día se ofrecen por no tener ningunos propios la ciudad de qué poder suplirlas.

Lo otro, se debe considerar que cuando tuve edad y agilidad para ejercer el dicho oficio de alférez real, lo hice, nombrándome V. S. con las mayores ventajas que ninguno lo ha hecho, gastando más de dos mill y trescientos patacones.

Lo otro, porque habiendo en este Cabildo tantos regidores de á veinte y cinco y treinta años que nunca han servido á esta ciudad ni república en semejante oficio, se deberá elegir uno de ellos.

No obstan los gastos que alegan, pues con la venida de la Real Audiencia han cesado gastos y cosas impertinentes, con lo cual cualquiera tendrá muy buena comodidad.

Por lo cual, á V. S. pido y suplico se sirva de tenerme por excusado, pues padezco impedimientos imposibles de suplir para el uso y ejercicio del dicho oficio, y de lo contrario apelo de V. S., hablando con el debido acatamiento, para ante quien hubiere lugar de derecho; pido justicia y en lo necesario, etc.; y juro á Dios y á esta † que no es de malicia.-Alonso del Campo Lantadilla.

LICENCIA PARA ACEQUIA.-En este cabildo se presentó una petición por el padre Bartolomé Navarro, retor de el colegio Seminario de la Compañía de Jesús, para aprovecharse de una acequia que entra en casa de Pedro de Aguilar y atravesar la calle entrando á la huerta de Juan García Cantero ó sacándola de el río.

Y visto por Su Señoría, le concedieron la dicha licencia conque sea sin perjuicio de ningún tercero que se le pare y con calidad que la calle que atraviesa la tengan cubierta toda de piedra y pase por bóveda perpetuamente, donde no, siendo con perjuicio y no estando

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cubierta, dan por ninguna la dicha licencia, la cual le dan con aditamento que no adquiera por ello derecho á la dicha acequia por la dicha licencia.

AUTO PARA QUE NO SE ELIJAN ALCALDES DE LA HERMANDAD.-En este cabildo se presentó una petición por el capitán don Martín de Zamora, procurador general de la dicha ciudad, en que dice que, atento á que en esta ciudad hay muchos vecinos y moradores que la han servido de regidores y de otros oficios y no han sido remunerados, y de proveer los oficios de alcaldes de la Hermandad en personas que no han sido regidores ni tener curso de administrar justicia se siguen inconvinientes, y para obviarlos se provea de remedio.

Y habiendo tratado sobre lo susodicho en el dicho cabildo, acordaron y mandaron que de aquí adelante no se provea los dichos oficios en personas que no hayan sido regidores y servido á la dicha ciudad en los dichos oficios, para que habiéndolos servido estén más dispuestos y experimentados en administrar justicia, con que se excusará los inconvinientes que se pudiera recrecer, y lo demás que se proveyere sea en sí ninguno.

Y mandaron que yo el escribano tenga particular cuidado de dar noticia á todos los regidores y Cabildos para que aprueben y confirmen este proveimiento y auto.

Y así lo proveyeron y firmaron al fin de este cabildo.

NOTIFICACIÓN Á LOS ALCALDES DE LA HERMANDAD.-En este cabildo se mandó se notifique á los alcaldes de la Hermandad de esta ciudad que dentro de seis días salgan de esta ciudad y vayan á correr los términos que les está señalado de los de esta ciudad, para que se castiguen los delitos y pecados que se cometen de que este Cabildo está informado, donde no, esta ciudad proveerá lo que convenga.

En el dicho día, mes y año dicho, yo el escribano notifiqué lo mandado á el capitán Alonso Sánchez Cadena, alcalde de la Santa Hermandad, en su persona, de que doy fee.

Dijo que el Cabildo no tiene juridición para más de elegir los alcaldes ordinarios y de la Santa Hermandad, y conforme á esto no quiso hacer la propusición que se hizo en el dicho Cabildo, pues no le puede ordenar cosa; lo cual dió por respuesta.-Manuel de Toro.

Y asimismo mandaron se notifique al capitán Juan Pérez de Cáceres acuda á la administración de su oficio para que se haga lo que convenga, donde no, Su Señoría lo proveerá.

Y con esto se acabó este cabildo, y lo firmaron.-Don Gonzalo de

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los Ríos.—Don Francisco de Zúñiga.-Don Diego de Godoy.-Alonso del Campo Lantadilla.-Ginés de Toro Mazote.-Joán de Azoca.Don Diego Xaraquemada.-Sebastián de Espinosa.-Cristóbal de Agurto. —Luis de las Cuevas Mendoza.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 13 DE MAYO DE 1614.

NOMBRASE CAPITÁN DE INFANTERÍA Á DON PEDro Ordóñez.— -En la ciudad de Santiago de Chille, en trece días de el mes de mayo de el año de mill y seiscientos y catorce, la Justicia y Regimiento de esta ciudad juntos en la audiencia de ella los que abajo firmarán sus nombres, ante quien don Pedro Ordóñez Delgadillo presentó un título de su señoría de el Gobernador de este reino, su fecha en catorce días de el mes de abrill de el año de mill y seiscientos y catorce, firmado de Su Señoría y refrendado de Domingo Hernández Durán, su secretario, en que le nombra por capitán de infantería de una de las de el número de esta ciudad, en la que usaba el capitán Alonso de Escobar Villarroel; y pidió fuese recibido al uso y ejercicio de el dicho oficio como Su Señoría manda.

Y visto por Su Señoría el dicho pedimiento y título, hubieron por recibido al dicho capitán don Pedro Ordóñez al uso y ejercicio de el dicho oficio, y mandaron se le entregue la insignia de tal capitán; y ..lo firmaron.--Don Gonzalo de los Ríos.-Don Francisco de Zúñiga.. Don Diego de Godoy.-Alonso del Campo Lantadilla.—Joán de Azoca.-Don Diego Xaraquemada.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 16 DE MAYO DE 1614.

En la ciudad de Santiago de Chille, en diez y seis días de el mes de mayo de el año de mill y seiscientos y catorce, la Justicia y Re. gimiento de la dicha ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado para tratar lo que convenga; y acordaron lo siguiente.

TENIENTE DE CORREGIDOR.--En el dicho cabildo el capitán don Diego de Godoy, alcalde ordinario de ella, presentó un título en que el general don Gonzalo de los Ríos, corregidor é justicia mayor de la dicha ciudad y su juridición y teniente de capitán general de ella, en

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que le nombra por teniente en los dichos oficios para que los use y ejerza los dichos oficios en su ausencia por el tiempo que su voluntad fuere, su fecha hoy dicho día, refrendado de mí el presente escribano; y pidió fuese recibido al uso de el dicho oficio.

Y por Su Señoría visto é visto por Su Señoría el dicho título, recibieron al uso y ejercicio de el dicho oficio, y el dicho alcalde juró en forma de derecho de lo usar como debe y es obligado; y lo firmaron abajo.

TÍTULO DE CAPITÁN, -En este cabildo Juan de Xixón y Toledo presentó un título en que su señoría de el señor presidente y gobernador de este reino le nombra por capitán de una de las compañías de infantería de el número de esta ciudad, en lugar de el capitán Martín de Santander; y pidió fuese recibido al uso y ejercicio de el dicho oficio, su fecha de el dicho título en el asiento y estancia de Conuco, á quince días de el mes de abril de este presente año, refrendado de Domingo Hernández Durán, secretario.

Y por su señoría de el dicho Cabildo visto el dicho título, fué recibido al uso y ejercicio de el dicho oficio, según y como su señoría de el dicho señor Gobernador lo manda en el dicho título.

LICENCIA AL PROCURADOR GENERAL.--En este cabildo, de pedi miento del procurador general de esta ciudad, se le dió licencia para hacer ausencia de ella á hacer su vendimia y por el tiempo de ella. Y con esto se acabó, y lo firmaron.--Don Diego de Godoy.-Don Francisco de Zúñiga.—Jerónimo Zapata de Mayorga.— Alonso del Campo Lantadilla. -- Joán de Azoca. - Don Diego Xaraquemada.Sebastián de Espinosa.—Cristóbal de Agurto.-Ante mí.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

CABILDO DE 30 DE MAYO DE 1614.

En la muy noble y leal ciudad de Santiago, en treinta días de el mes de mayo de seiscientos y catorce, el Cabildo, Justicia y Regi miento desta dicha ciudad, por ante mí el escribano, se juntaron en su lugar acostumbrado para tratar de cosas convenientes á el pro y utilidad desta ciudad; y por no haber qué tratar se volvieron á salir, de que doy fee.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

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