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nasterio de Erbon en Galicia; á D. Domingo Dueñas, destierro á veinte leguas de Madrid y sitios reales; á D. Miguel Antonio Zumalacárregui, absuelto por la segunda comision, destierro á Valladolid; á D. Vicente Traver, confinamiento á Valencia; á Don Antonio Larrazabal, seis años en el convento que le señalase el arzobispo de Guatemala; á D. Joaquin Lorenzo Villanueva, seis años en el convento de la Salceda; á D. Juan Nicasio Gallego, cuatro años en la Cartuja de Jerez; á D. José Zorraquin, ocho años en el presidio de Alhucema; á D. Francisco Fernandez Golfin, diez años en el castillo de Alicante; á Don Ramon Feliu, ocho años en el castillo de Benasque; á Don Miguel Ramos Arispe, cuatro años en la cartuja de Valencia; å Don Manuel García Herreros, ocho años en el presidio de Alhu; á D. Joaquin Maniau, confinamiento á Córdoba y una multa de veinte mil reales; á D. Francisco Martinez de la Rosa, ocho años en el presidio del Peñon, cumplidos los que, no podia entrar en Madrid ni sitios reales; á D. Dionisio Capáz, dos años en el castillo de Santi-Petri de Cádiz; á D. Manuel Lopez Cepero, seis años á la cartuja de Sevilla; á D. José Canga Argüelles, ocho años en el castillo de Peñíscola; á D. Antonio Bernabeu, un año en el convento de capuchinos de Novelda.

Ademas de las personas arriba dichas, todos diputados de las Córtes extraordinarias y ordinarias, comprendia el decreto otras treinta mas que se enviaban confinadas ó encerradas á varios puntos. Eran entre ellas las mas notables D. Gabriel Ciscar y Don Pedro Agar, ex-regentes; D. Juan Alvarez Guerra, que habia sido ministro de Gracia y Justicia; D. Cayetano Valdés; los ex-consejeros de Estado D. Antonio Romanillos y D. Tomás Carvajal, y el célebre D. Manuel José Quintana.

Se mandaba ademas en el decreto, que en lo mas silencioso de la noche del 17 se sacase de la cárcel á los presos, y se les pusiese en camino de los puntos á que estaban destinados, para lo que debian estar dispuestos los carruages necesarios.

No hicimos mencion particular de D. Agustin de Argüelles, por ser su caso idéntico al de sus compañeros de desgracias, si bien era el blanco predilecto de la animosidad de sus contrarios.

Vivia en la calle de las Huertas cuando se ejecutaron las prisiones. Sin conocimiento alguno de lo que se tramaba, habiendo oido un ruido extraordinario por las calles, se subió al tejado de su casa temiendo ser asesinado, y recorrió varios en busca de alguna azotea que le sirviese de refugio; mas viendo que era inútil su trabajo, se volvió á su habitacion ya mas tranquilo, y á todo resignado.

Al romper el alba del siguiente dia se dejó prender sin ninguna resistencia, comprendiendo ya de dónde venia el golpe, y que era inútil ni aun proferir una palabra. Fué su prision el cuartel de Guardias, adonde le condujeron sin ponerle esposas. Encerrado como los demas en un calabozo sin comunicacion, se le tomaron las mismas declaraciones con los mismos cargos. Algo mas implicado sin embargo, por haber hecho el falso Audinot mencion de su persona, se le interrogó acerca del negocio. No fué difícil rebatir acusaciones que carecian de todo fundamento. Confundió al impostor en el careo, y le obligó á confesar que no era tal general Audinot, y que todos los documentos que se le habian cojido, eran falsos. Para hacer ver hasta qué punto se unia en el negocio lo atroz con lo ridículo, citaremos el siguiente rasgo. En los papeles de Argüelles se encontró uno árabe, que se agregó á su causa con gran misterio como si fuese una cosa importantísima, enlazada con el soñado plan de la república. Hé aquí la traduccion literal de este documento diabólico, hecha por tres moros marroquíes. «Yo estar muy bien y contento, y en nombre de Dios y mis amigos, ó á mi Señor, cuarenta y nueve, año de 1211 (1796 de la era cristiana). Memoria para el Ihachi Almati Boasi, del mes crisma Ramadan, ó memoria del Ihachi Abdequerin, la gracia del Dios que me da que comer y beber, al Ihachi Elmati Boasida. Y con estas inepcias, con estos ridículos pretestos de planes de república, de delitos soñados, se tenian presos sin comunicacion, privados de comodidades, sumidos en la angustia de la incertidumbre, viendo siempre una espada sobre sus cabezas, á los hombres mas sábios, mas patriotas, al lustre y á la prez de España.

Una mortificacion, ó mas bien un insulto, se hizo sufrir á

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Don Agustin de Argüelles, sobre el incidente del soñado plan de la república. Habiéndose tratado de carearle con un testigo para que este le reconociese, se le sacó en lo que se llama rueda de presos, que se practica en semejantes casos. No fué difícil para el falso testigo distinguir á D. Agustin de Argüelles, vestido con su trage ordinario, de los demas presos pertenecientes todos á las clases populares. Afeó con términos enérgicos D. Agustin este rasgo de baja malevolencia al conde del Pinar, juez que entendia en esta causa tan ridícula; porque no es necesario advertir, que ni D. Agustin ni ninguno de sus compañeros desmintieron su decoro y dignidad en un lance y situacion crítica, que ponia tan á prueba su constancia. Ellos fueron los humilladores, y sus jueces los confundidos y humillados. Alegando siempre la inmunidad política de que gozaban como legisladores, llamados á manifestar con franqueza sus principios y opiniones, jamás pudo arrancárseles la confesion de que hubiesen infringido ley alguna, ni cometido desacato contra la persona del monarca.

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La noche del 17 al 18 de diciembre salieron, como se habia mandado, escoltados por tropas, los presos para sus destinos. Algunos dias despues se espidió una real órden en los términos siguientes: «El Rey nuestro Señor me manda por decreto puesto y rubricado de su real mano, que copio, diga á V. S.: que Don Agustin de Argüelles, condenado por ocho años al fijo de Ceuta; y al presidio por ocho, D. Juan Alvarez Guerra; D. Luis Gonzaga y Calvo, por igual tiempo; y D. Juan Perez de la Rosa por dos, debe entenderse en la forma que sigue. No les visitará ninguno de los amigos suyos; no se les permitirá escribir, ni se les entregará ninguna carta; y será responsable el gobernador de su conducta, avisando lo que note en ella. Madrid 10 de enero de 1816.,

Salió D. Agustin de Argüelles en compañía de D. Juan Alvarez Guerra, de quien recibió las pruebas de la amistad mas viva y generosa. Llegaron á Málaga, donde se embarcaron para Ceuta. No los recibió el gobernador con el sobrecejo que podian temer en una autoridad, que cumplia órdenes emanadas de la cólera de un Rey, omnipotente entonces. Se les permitió tener

casa particular, y no se les consideró en clase de arrestados. Argüelles, que se hallaba en los treinta y nueve años de su edad, con una constitucion débil y enfermiza, era completamente inhábil para el servicio de las armas. Lo mismo sin duda suponia el Rey, cuando dió órdenes para que no se le permitiesen visitas, ni escribir, ni recibir carta alguna, precauciones in· útiles y hasta ridículas, imposibles de cumplir con un hombre que iba á servir en clase de soldado. Mas se queria deprimirle y ajarle con una condena, que le distinguia del resto de sus compañeros.

Fué D. Agustin reconocido efectivamente por inútil. El gobernador le permitió vivir en compañía de su amigo el Sr. Alvarez Guerra, quien proveyó á las necesidades de un hombre que carecia de todo recurso, sin haberse proporcionado jamás lo que se llama una fortuna. Vivieron ambos sin molestia por parte del Gobernador ni persona alguna de aquella poblacion, siendo considerados de todos: con la estimacion y aprecio que se tributan involuntariamente, al desgraciado que se ha formado un nombre distinguido por sus virtudes y talentos.

De la vida privada, uniforme y metódica de un hombre cuyas ocupaciones se reducian á leer, escribir, pasear y cuidar pájaros, á que era sumamente aficionado, poco tenemos que decir, ó mas bien, con las tres líneas de arriba todo lo hemos dicho. Volvamos, pues, los ojos á las cosas públicas.

CAPITULO XIX.

Bosquejo del reinado de Fernando VII desde 1814 hasta 1820.-Principio favorito de gobierno.-Todo como estaba al comenzar el año 1808.-Inquisicion.-Jesuitas.—Arbitrariedades.-Pesquisas y persecuciones.-Desconsideracion de España en los paises estrangeros.-Descontento.-Se vuelven los ojos á la Constitucion, violentamente destruida.-Esfuerzos por restablecerla. Sociedades secretas.-Revoluciones.—¿Quién las causa ?—Mina. -Porlier.-Laci.-Richard.-Nuevas persecuciones.-Inutilidad de los cas

tigos.

La ina

inauguracion de la segunda época del gobierno de Fernando VII nos da la clave de su conducta, del pensamiento dominante de su administracion y su política. Si reflexionamos que los primeros consejeros del Rey eran los mismos que habian influido en su paso imprudente de salir de España para echarse en los brazos del Emperador; que otros que entonces no eran consejeros suyos se mostraban encarnizados enemigos de cuanto se hizo en política durante todo el curso de la guerra, fácil será conjeturar la conducta que observarian ahora, colocados al frente del gobierno. Su principio fué uno solo, puro y simple; volver todas las cosas al estado en que se hallaban á principios de 1808. ¿Cómo estaba entonces organizada la magistratura, la hacienda, el ramo municipal y todos los demas que constituian el sistema administrativo del Estado? ¿Cómo el clero de ambas clases? ¿Hasta dónde se estendia el privilegio, ya de familia, ya de otros cuerpos, que á la sombra de estas exenciones prosperaban? Pues así se mandó que vol

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