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PRONTUARIO DE QUINTAS.

ORDENANZA

PARA EL REEMPLAZO DEL EJÉRCITO

DE 2 DE NOVIEMBRE DE 1837,

refundida y anotada con las leyes, decretos y Reales órdenes que se
han espedido desde su promulgacion hasta fines de 1846.

SEGUNDA EDICION

NOTABLEMENTE CORREGIDA Y AUMENTADA CON LAS REALES ÓRDENES QUE SE

HAN DICTADO DESPUES DE IMPRESA LA PRIMERA.

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IMPRENTA Y LIBRERIA DE PIFERRER,

en Barcelona.

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Esta obra es propiedad de los editores, quienes perseguirán al que la reimprima.

REALES ORDENES EN QUE SE RECOMIENDA ESTE PRONTUARIO.

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MINISTERIO INISTERIO DE LA GUERRA. Núm. 2. Excmo. Sr. ·El señor ministro de la Guerra dice hoy á los capitanes generales y demas autoridades dependientes de este ministerio, lo que sigue : — Bajo la direccion é inspeccion del fiscal togado del Tribunal supremo de Guerra y Marina, don José María Huet, se ha formado, redactado é impreso en la imprenta de Corrales y Compañía de esta Corte, un prontuario de quintas que contiene la ordenanza de reemplazos de 2 de noviembre de 1837, anotada con las leyes, decretos y Reales órdenes espedidos hasta fin del último año para su inteligencia y mejor aplicacion. Y teniendo en consideracion la utilidad y ventajas de este trabajo, se ha servido la Reina (Q. D. G.) resolver que el espresado prontuario, de cuyo prospecto son adjuntos ejemplares, se recomiende á todas las autoridades y clases del ramo de guerra, como lo ejecuto, por la utilidad y conveniencia que de su adquisicion debe resultar á cuantos directa ó indirectamente entiendan ó puedan entender en el reemplazo del ejército y sus consecuencias. De Real órden, comunicada por dicho señor ministro, lo traslado á V. E. para su noticia y gobierno. Dios guardo á V. E. muchos años. Madrid 14 de enero de 1847.- El Subsecretario, Felix María de Messina.

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MINISTERIO DE LA GOBERNACION DEL REINO. -Seccion de Gobierno.-Negociado núm. 1.- El señor ministro de la Gobernacion del Reino dice con esta fecha á los gefes políticos de las provincias lo siguiente:

«D. Diego de Mier, residente en esta Corte, ha formado, redac>>tado é impreso un prontuario de quintas que contiene la ordenanza » de reemplazos de 1837, anotada con las leyes, decretos y Reales > órdenes espedidos hasta fin del último año. Y teniendo en conside» racion la utilidad y ventajas de este trabajo, la Reina se ha servido » resolver que la segunda edicion del espresado prontuario, anotada » convenientemente, se recomiende á V. S., corporaciones y ayun

tamientos, por la conveniencia que resulta en su adquisicion, y »que se les abone en cuenta á las municipalidades y corporaciones que la adquieran.>

De Real órden, comunicada por el espresado señor ministro, lo digo á V. para su inteligencia y efectos correspondientes. - Dios guarde á V. muchos años. Madrid 5 de marzo de 1847. — El Subsecretario, Nicomedes Pastor Diaz.Señor D. Diego de Mier.

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ADVERTENCIA QUE SE HIZO EN LA PRIMERA EDICION.

DESDE el año de 1837 hasta fin de 1846 se han expedido por los diferentes ministerios cerca de 300 resoluciones modificando, aclarando ó adicionando la ordenanza vigente para el reemplazo del ejército. La exacta aplicacion de esta ley seria, pues, en estremo difícil y embarazosa aun en la hipótesis de que todas aquellas disposiciones se hubiesen publicado en la coleccion de Reales decretos, supuesto que habrian de tenerse á la vista los once tomos que comprenden la época señalada; pero es materialmente imposible no existiendo en ellos la mayor parte, y pudiendo asegurarse que tampoco se encuentran muchas en los archivos de los ayuntamientos y de las diputaciones provinciales, bien por no haberlas comunicado á todas las dependencias que correspondia, bien porque se han dictado en espedientes particulares donde han quedado oscurecidas para todos menos los inmediatamente interesados y las autoridades por cuyo conducto hicieron la reclamacion, sin embargo de que contienen determinaciones generales que causan jurisprudencia en casos semejantes.

Ya ha mucho tiempo se tocó y trató de remediar este inconveniente haciendo diferentes ediciones de la ley de reemplazos, anotadas unas con las Reales órdenes circuladas desde su promulgacion, y acompañadas otras de una coleccion de ellas impresas á continuacion del testo; pero estas ediciones solo alcanzan, las que mas, al año de 1844, y por consecuencia no contienen las resoluciones publicadas en los siguientes de 1845 y 46, y ademas carecen de mu-

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