Diccionario de Administración: (1858. XVI, 760 p.)Imp. de Marcelo Martínez Alcubilla, titulada de El Consultor, 1858 |
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... ERSIDAD CEN حمد DIDLIDTEGA CDER RISP TOMO 1 . Madrid : Imprenta de D. MARCELO MARTINEZ ALCUBILLA , titulada de El Consultor , á cargo de Antonio Peñuelas , calle de la Bola , núm . 3 . 1858 . Á LA PROVINCIA DE BÚRGOS , YA LA MUY NOBLE.
... ERSIDAD CEN حمد DIDLIDTEGA CDER RISP TOMO 1 . Madrid : Imprenta de D. MARCELO MARTINEZ ALCUBILLA , titulada de El Consultor , á cargo de Antonio Peñuelas , calle de la Bola , núm . 3 . 1858 . Á LA PROVINCIA DE BÚRGOS , YA LA MUY NOBLE.
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... Núm . 1. ° Base 1 ....... Continuará prohibida en el reino la entrada de los artículos si gnientes ....... « Embarcaciones de ma- dera que midan menos de 400 toneladas de 20 quintales cada una . A la anterior disposicion de la ley ...
... Núm . 1. ° Base 1 ....... Continuará prohibida en el reino la entrada de los artículos si gnientes ....... « Embarcaciones de ma- dera que midan menos de 400 toneladas de 20 quintales cada una . A la anterior disposicion de la ley ...
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... núm . 4,106 de 19 del de menos de 400 toneladas , cuyo aban- actual , se ha servido resolver S. M. que deramiento consiente la Real orden de la Real órden de 11 de agosto último , 4 de mayo de 1848 , deberán ser preci- relativa al ...
... núm . 4,106 de 19 del de menos de 400 toneladas , cuyo aban- actual , se ha servido resolver S. M. que deramiento consiente la Real orden de la Real órden de 11 de agosto último , 4 de mayo de 1848 , deberán ser preci- relativa al ...
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... núm . 3.o del art . 483 del Código penal que parece invadir hasta cierto punto la jurisdiccion de la autoridad domés tica . á juicio del ayuntamiento . serán admi- Art . 18 de idem . Los niños pobres , tidos gratuitamente á la escuela ...
... núm . 3.o del art . 483 del Código penal que parece invadir hasta cierto punto la jurisdiccion de la autoridad domés tica . á juicio del ayuntamiento . serán admi- Art . 18 de idem . Los niños pobres , tidos gratuitamente á la escuela ...
Página 69
... núm . 4. ° ) los letrados que lo 1. Todos los profesores de jurispru- obtienen nombramiento especial de abo - dencia , medicina , cirujía en sus diver- sos ramos , y farmacia , siempre que establezcan su residencia para el ejer- cicio ...
... núm . 4. ° ) los letrados que lo 1. Todos los profesores de jurispru- obtienen nombramiento especial de abo - dencia , medicina , cirujía en sus diver- sos ramos , y farmacia , siempre que establezcan su residencia para el ejer- cicio ...
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Términos y frases comunes
abogados Administracion administrativa alcalde arreglo audiencia autoridad autos ayuntamiento CAPITULO cargo castigado causa cion circunstancias citado civil clase Código competencia comun condena conforme conocimiento Consejo Consejo Real Considerando corresponda crea cuenta debe declarar decreto delito demanda derecho despues determinado dias dice dictará disposiciones dispuesto duros efecto ejecutar empleado entrega especial establecimientos expresa falta firma fiscal fuere gobernadores grado hallen hará hubiere interés jefe jueces juez juicio junio junta justicia juzgado libro mandará mayo medio menor mente miento Ministerio Ministro modo multa necesario negocios nombre nuevo núm número objeto órden ordinaria pago pasar pena penal perjuicio pleito podrá podrán político presente primera primera instancia prision procedimiento propios providencia provincia provinciales prueba pública pueblos punto queda Real recibos reclamaciones recurso reglamento reglas Reina remitirán respecto sala sean seccion segunda sentencia señalado serán siguientes tado tambien tengan tenido término título trata tribunales último vista
Pasajes populares
Página 448 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 480 - Tampoco puede ser ejecutada pena alguna en otra forma que la prescrita por la Ley, ni- con otras circunstancias ó accidentes que los expresados en su texto. Se observará también, además de lo que dispone la Ley, lo que se determine en los reglamentos especiales para el gobierno de los establecimientos en que deben cumplirse las penas acerca de la naturaleza...
Página 527 - El que defraudare ó perjudicare á otro usando de cualquier engaño que no se halle expresado en los artículos anteriores...
Página 516 - No se impondrá pena por delito de adulterio sino en virtud de querella del marido agraviado. Este no podrá deducirla sino contra ambos culpables, si uno y otro vivieren, y nunca si hubiere consentido el adulterio ó perdonado á cualquiera de ellos.
Página 654 - En los pleitos posesorios, en los ejecutivos y en todos los demás después de los cuales puede seguirse otro juicio sobre lo mismo que haya sido objeto de ellos, no se da recurso de Casación, fundado en ser las sentencias contrarias á ley ó doctrina legal.
Página 461 - Hay tentativa cuando el culpable da principio á la ejecución del delito directamente por hechos exteriores, y no practica todos los actos de ejecución que debieran producir el delito, por causa ó accidente que no sean su propio y voluntario desistimiento.
Página 515 - El marido que, sorprendiendo en adulterio á su mujer, matare en el acto á esta ó al . adúltero, ó les causare alguna de las lesiones graves, será castigado con la pena de destierro. Si les causare lesiones de otra clase quedará exento de pena. Estas reglas son aplicables en iguales circunstancias á los padres respecto de sus hijas menores de veintitrés años y sus corruptores, mientras aquellas vivieren en la casa paterna.
Página 520 - Si por culpa suya no revalidare el matrimonio, previa dispensa, en el término que los Tribunales designen, será castigado con la pena de prisión correccional en sus grados medio y máximo, de la cual quedará relevado cuando quiera que se revalide el matrimonio.
Página 519 - La calumnia y la injuria se reputarán hechas por escrito y con publicidad cuando se propagaren por medio de papeles impresos, litografiados ó grabados, por carteles ó pasquines fijados en los sitios públicos, ó por papeles manuscritos comunicados á más de diez personas.
Página 580 - Los Jueces y Tribunales no podrán, bajo ningún pretexto, aplazar, dilatar, ni negar la resolución de las cuestiones que hayan sido discutidas en el pleito.