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guas no se da respuesta; y la razon es porque en ellas hay error, tomándolas de copias inexactas, impresas ó manuscritas, hechas por personas que no han sabido leerlas en los originales, ó trasladadas por escribientes ligeros ó ignorantes.

La palabra pauo se encuentra en equivalencia de pago (pars regionis, ager, territorium, comitatus, districtus.-Du-Cange), y trae su origen del amanuense que la escribió como él pronunciaba, pago, paguo, pagüo, pauo y áun pao; esto se explica y se entiende. En el cartulario de Santa María de Alaon, fólio 3 vuelto, línea 26, se lee: « in pago Orritense», que un poco más adelante, fólio 7, línea 13, se convierte in pauo Orricense, y en el 87, línea 17, in pao orritense. Pero en el caso de la pregunta hay errata fácilmente conocida: y así es que, para querer explicarla, se la confunde con la palabra pavo, nis y no se refiere á la de pauus, i, á que corresponderia el acusativo pauos de que se trata. Porque, si se quiere decir que las dos son una misma cosa, ha de demostrarse, y, á ser posible, con citas de documentos españoles.

San Isidoro, citado por Du-Cange, sólo da á pavo, nis, la significacion de genus vehiculi unius rota; la de genus operimenti es de otro autor; pero no entro en esta cuestion, sólo me parece advertir que en los ejemplos que se ponen en la contestacion indicada se toma únicamente en el primer sentido, por lo cual no está bien deducida la consecuencia que se intenta tomándolo en el segundo, del que no se presentan comprobantes. El primer lugar que se cita (que por cierto no es de San Ambrosio, sino de Bolando en el tomo II de Enero), dice literalmente: «preparó los cuerpos de los santos con aromas y con lienzos, y por la noche los colocó en una tarima interin los trasladaba desde la via saluria, en donde estaban enterrados, á la via ostiense, á donde fueron conducidos. Y traduzco tarima, á pesar de que no es ninguna de las várias acepciones que cita

Du-Cange, por dos razones: la una, porque, siendo 21 los cuerpos santos que se iban á trasladar, no cabe en el pensamiento que San Marcelo los amontonase en un vehículo, de cualquiera clase que se suponga, para llevarlos de una vez; la otra, que la colocacion en aquel sitio decoroso era sólo por brevísimo tiempo, el necesario para el traslado, de modo que por extension pudo decirse con fundamento in pavone, como si estuvieran desde luego en el vehículo en que se habian de llevar. Pero sea de ello lo que sea, lo que se entiende perfectamente es que en esta cita, pavo, nis, no significa sudario, tela, paño, ni cosa semejante; porque, si San Marcelo habia ya arreglado los cuerpos de los Mártires, despues de una especie de embalsamaamiento, cubriéndolos con lienzos (linteaminibus), ¿á qué echarles encima otro sudario? Esto, prescindiendo del régimen y valor de la preposicion in que conoce cualquier mediano gramático.

Lo mismo sucede con el otro ejemplo que habla de la traslacion de Santa Trophimene. Amenazada la ciudad de Amalfi por los Longobardos, temieron los fieles Ꭹ devotos de la Santa la profanacion de sus veneradas reliquias, y exhumaron el cuerpo, para colocarlo en parte que creyeron más segura. Enterados los ciudadanos del suceso, fueron á ver; y hé aquí encuentran al obispo Pedro, con su arcediano Pedro y demas presbíteros, que llevaban en sus propios brazos á la Santa Mártir en un ligerísimo vehiculo (litera, camilla, parihuela, andas ).

Tenemos, pues, que no se hace mérito de la palabra pauos de la pregunta en esos ejemplos ni se hallarán otros en que sea sinónima de pavo, nis; y queda por lo tanto probada la errata del copiante. Pero, sustituyase en su lugar passus ó passos, corrupcion comun en aquel latin, en vez de pauos y el sentido aparece natural,, y inteligencia del período clarísima y sin dificultad. Dirá entónces: item, agrega

la

mos (á la donacion ó privilegio) en todo el rededor de vuestra iglesia 82 pasos; los 12 para enterrar los cadáveres (esto es, para que sirvan de cementerio), y los 70 restantes, para que los disfruten los que allí hagan vida santa ó monástica, es decir, para que aquellos monjes saquen el provecho ó utilidad que les convenga de aquel terreno.

Para comprobar esta traduccion, que es la verdadera sin género de duda, voy á indicar rápidamente dos hechos. El uno, que toleratio significa usufructo. Así lo dice Du-Cange; y se demuestra con el párrafo que cita de la donacion de Cristina, hija de Bermudo II, en la era 1062, año 1024, que es el documento que con el núm. 51 copia el P. Yepes á la página 471 del tomo v de su Crónica de la Orden de San Benito..... sub ea, videlicet ratione servetur, ut dum vivimus, tolerationem exinde habeamus; post obitum vero nòstrum... cultores idem ecclesiæ sibi vindicent et possideant. Que, traducido literalmente, dice: Y se entienda con esta condicion, que miéntras vivamos, tengamos el disfrute de ella, pero despues de nuestra muerte, los mismos servidores de la iglesia lo reclamen para sí, y lo posean.

El otro hecho, es que la interpretacion que doy tiene fundamentos muy importantes. En el Indice del monasterio de

Oña, que se comenzó á imprimir por la Academia de la Historia, se describe, con el núm. 11 de órden, la donacion que hicieron en 10 de Abril de la era 1084, año 1046, los reyes D. García y su esposa doña Estefanía á dicho monasterio, atrio Sancti Salvatoris Onie..... et tibi Enneconi abbati, del monasterio, quod est in Pontecurvo..... cum cimiterio, more canonum, id est, ex quatuor partibus per circuitum eclesie septuaginta duum passuum cum integritate..... Fórmula conforme con la que ha da do origen á la pregunta, hasta en la coincidencia de las unidades en el número de pasos, que en un caso son 82, y 72 en el otro.

Y en el núm. 43 de órden del mismo Indice hay otra donacion de D. Alfonso VII y doña Berenguela, otorgada al mismo monasterio de Oña en 2 de Enero de la era 1171, año 1133, en donde se establece una especie de lugar de asilo, y usa de una frase análoga: cautum etiam per circuitum ipsius monasterii Sancti Johannis quingentos passus, ubi nullus..... audeat intrare, vel indè aliquem abstrake

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REVISTA

DE

JUAN DE TRÓ Y ORTOLANO.

ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS.

Se publica los dias 15 y último de cada mes.- Precio de suscricion.— Madrid, tres me ses, 2 pesetas.- Provincias y Portugal, remitiendo el importe á la Administración, el mis mo precio.- Por corresponsales: 3 pesetas trimestre; un aña, 11 pesetas.-Extranjero y Cl tramar, un año 25 pesetas.- Puntos de suscricion.-En Madrid: en la Administracion, ca lle de las Veneras, 2, cuarto principal; en las porterías del Archivo Histórico Nacional (Leon, 21), Biblioteca Nacional y Museo Arqueológico, y en las librerías de Durán, Cues ta, Bailly-Baillière y de D. Leocadio Lopez.

En provincias.- En las porterías de los Archivos y Bibliotecas provinciales, y en las principales librerías, ó remitiendo directamente el importe á la Administracion, en sellos de correos ó libranza de fácil cobro.

En los mismos puntos se hallan tambien de venta, al precio de diez pesetas, los tomos I y II de la REVISTA.

MADRID, 1873.—IMPRENTA, ESTEREOTIPIA Y GALVANOPLASTIA DE ARIBAU Y COMPAÑÍA, sucesores de RIVADENEYRA.-Calle del Duque de Osuna, núm. 3.

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Don Diego Hurtado de Mendoza. III. —Noticias: Concesion de bibliotecas populares. - Creacion de la Escuela española de Bellas Artes en Roma.-Donativo de varios objetos antiguos de la Casa de la Moneda al Museo Arqueológico.- Decreto del Ministro de Fomento relativo al Anuario histórico-estadístico-administrativo de Instruccion pública.— Fondos de los establecimientos: Comision de reconocimiento y busca de tratados internacionales en el Archivo de Simáncas (continuacion). - Variedades: Los Pertigueros de la Iglesia de Santiago (continuacion). III.—Relacion de la entrada pública del Príncipe de Gáles en Madrid, en 1632 (continuacion). - Preguntas: Sobrecogedores.-Azoforas.- Respuesta: Esclavo.- Anuncio.

DON DIEGO HURTADO DE MENDOZA,

PRIMER CONDE DE LA CORZANA.

III (1)

Cumplida su comision en Inglaterra, partió imediatamente D. Diego Hurtado de Mendoza á desempeñar las que el Rey le confió en Flándes y en Francia, ántes de su salida de Madrid con el Príncipe de Gáles. Habíasele á este efecto entregado la Instruccion, firmada por el Rey, de lo que habia de hacer en Bruselas y en París, encargándosele en ella que su vuelta de Inglaterra fuese por

(1) Véase el número 13 de este mismo tomo de la REVISTA.

Flándes, yéndose derecho á Brusélas, residencia de la Infanta, tia del Rey, con objeto de visitarla, darla cuenta de las negociaciones matrimoniales de la infanta doña María con el Príncipe de Gáles, traerle noticias de su salud y enterarse secretamente del estado de las cosas en aquellos países, del que tenía el ejército y sus presidios, de lo que convendria remediar y de la forma en que sería bien hacerlo. «Y sin deteneros más tiempo, añade la Instruccion, del que para esto conviniere, daréis la vuelta á España por París, y hallándose allí ó cerca los Reyes Christianísimos, les visitaréis en mi nombre y en el de la Reina, diciéndoles que haceis este oficio por mando de ambos para podernos traer nuevas de su salud; y al Rey en

.

particular aseguraréis cuánto debe confiar de mi voluntad y amistad y la satisfaccion que tengo de que me corresponderá en esto en todas ocasiones, como se lo merezco. Y en la misma conformidad hablaréis á la Reina Madre, á quien tambien visitaréis, y habiéndoos informado de todo lo que en aquella corte pasa y se ofrece, os volveréis á España, trayéndome de todo muy particular relacion.....>>

En Bruselas la infanta doña Isabel, le hizo muchas honras y mercedes y le regaló una rica tapicería, satisfaciendo cumplidamente D. Diego á S. M., por medio del Consejo de Estado, de cuantos puntos aquélla deseaba ser informada.

Hallándose todavía en Lóndres el Sr. Hurtado de Mendoza, habia recibido un despacho de Felipe IV, con fecha 12 de Octubre, tan reservado, que ni áun á los embajadores de S. M. C. en aquella córte quiso enterar de su contenido, referente á las negociaciones sobre la Valtelina, que debia agitar en París cuando á esta ciudad fuese á visitar á los Reyes; pero estando ya embarcado para dirigirse á Flándes, recibió, al mismo tiempo que el acuerdo del Consejo de Estado desaprobando su pretension de preceder en los actos oficiales al Marqués de la Hinojosa, otro despacho, con fecha 20 de Noviembre, en que el Rey le participaba que, hallándose en aquella sazon las cosas de Francia en diferente estado del que tenian cuando se le

envió el despacho de 12 del mes pasado, y no conviniendo pasar adelante con lo que en él se le ordenaba ni mover aquella plática de ninguna manera, le advertia que no hiciera más en Francia que visitar á los Reyes en conformidad con lo que en la Instruccion se le ordenaba. Y por si D. Diego llegase á París ántes de recibir esta contraórden, se envió copia de ella al Marqués de Mirabel, embajador de S. M. cerca del Rey Cristianísimo, encargándole tuviese mucho cuidado de entregársela en cuanto llegase á París, y áun, si posible fuere, ántes de entrar y

apearse.

Sucedióle en aquella córte que un gentil-hombre frances, enviado sin duda por los ministros de su nacion para sonsacar á D. Diego el objeto de su embajada, le preguntó delante del Marqués de Mirabel si era cierto que llevaba un despacho relativo á la Valtelina, y el Sr. Hurtado de Mendoza no sólo le desorientó por completo de tener conocimiento de tal comision, sino que vino á saber por el mismo frances que éste lo habia sabido por via de Holanda, cuyo Gobierno pagaba en Madrid á un oficial de la Secretaría de Estado tres mil ducados al año á fin de que le comunicára cuantas noticias pudieran interesarle.

Fué en París muy obsequiado por el Rey, que le festejó con un espléndido sarao, durante el cual estuvo sentado á su lado, habiendo bailado los mismos Reyes y sus her

manos, y asimismo le hizo otras demostraciones de afecto y agasajo.

Regresó por fin D. Diego á Madrid y dió larga cuenta de todo su cometido al Rey y á sus ministros, quienes debieron reconocer la habilidad y discrecion con que se gobernó en Londres durante su embajada extraordinaria, cuando en 15 de Abril de 1624 S. M. le nombró su embajador ordinario en Inglaterra, cargo que rehusó porfiadamente y que no llegó por fin á desempeñar, aceptando en cambio el de Consejero de Estado.

«Despues desto, añade él mismo en su Memorial de servicios, comunicando un dia de que el Marqués de la Hinojosa escribia de Inglaterra que se rompiese la guerra con aquel reino y que se trataba de tomar resolucion acerca de lo que se habia de hacer en este caso en el Consejo de Estado y que yo diese mi parecer al Conde Duque, le respondí: que de romper primero vuestra Majestad con el Rey de Inglaterra, habiendo estado el Príncipe de Gáles en esta córte y en palacio, tomarian ocasion della los enemigos desta corona para decir que se le hacia la guerra porque no quiso á la dama, y que ansí era mejor aguardar á que el Rey de Inglaterra rompiese la paz, y que se viese en el mundo que él nos hacia la guerra porque no se quiso admitir su persona; pues importaba ménos que él diese la primera herida en nuestra

ofensa que importára la reputacion que se aventuraba á perder si de parte de V. M. se rompiera primero, y que por esta razon no era de parecer que se le hiciese la guerra ofensiva, sino prevenir nuestros puertos y demas cosas de nuestra corona aguardando su golpe. >>

Poco despues volvió á encargarse del corregimiento de Toledo, y hallándose en la córte el Duque de Neubourg, deseoso de visitar aquella imperial ciudad, le escribió el Conde Duque le hospedase y regalase, como lo hizo, con el lucimiento y gasto que el mismo Duque publicó, agradecido así al agasajo del señor Hurtado como á las fiestas que de su órden hizo la ciudad.

Al frente de ella se hallaba todavía cuando se presentó la armada inglesa á la vista de Cádiz. Con la mayor diligencia y celo dispuso que Toledo ayudase á S. M. con veinte mil ducados, y cuando llegó á pedirse el donativo desplegó tal actividad y solicitud D. Diego, que importó aquel servicio más de 110.000 ducados, contribuyendo por su parte con mil.

Concluido el término de su corregimiento en Toledo, despidióse de aquella ciudad leyendo un extenso discurso (1) nutrido de excelentes

(1) & Razonamiento del Sr. D. Diego Hurtado de Mendoza, señor de las villas de la Corzana, caballero de la órden de Santiago, del Consejo del Rey nuestro señor y su em. bajador ordinario de Inglaterra, mayordomo de la Reina nuestra señora, Corregidor

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