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norancia en vez de los errores, la rudeza en vez de falsos sistemas filosóficos.. Para llenar su destino en el mundo, necesitaba un instrumento flexible que pudiese dirigir plenamente, haciéndolo del todo conforme con sus miras.. Los pueblos bárbaros eran ese instrumento: el pueblo romano no podia llenar ese fin sin quebrantarse y perecer..

>> Mas esta obra providencial, ni habia de cumplirse en un momento, ni habia de verse exenta y pura de todos los acontecimientos humanos que la índole de nuestra naturaleza reclama. Habia de haber en ella males, desórdenes, aberraciones: habia de caminarse hacia su fin, como camina siempre la humanidad, por medios tortuosos, incurriendo en faltas, cayendo en desviaciones contínuas. Otra cosa hubiera sido un milagro evidente, y no el resultado de causas naturales.

>> Pues bien ese espíritu de independencia, esa falta ó desconocimiento de la autoridad pública, esa carencia de leyes generales, unido al espíritu religioso, toscamente religioso de aquella edad; toda esa reunion de idéas y de situaciones, que produjo más de una institucion, más de una costumbre; que creó la nobleza moderna; que dió nacimiento á la caballería; que asentó los principios del feudalismo; eso fue lo que abortó asímismo el duelo, planta acerba y venenosa, en medio de otras tántas de agrado ó de salud. Triste y fatal exuberancia de principios generosos y sociales: comprobacion de la ley que pesa sobre nuestro destino, y que rara vez permite que nazca solo el bien, aun de los principios más puros, cuando no son limitados y regularizados por todo lo que los debe completar. La independencia de que cada cual se jactaba, le retraia de someter sus quejas al gefe de la nacion ó á sus vicarios: la escasez y aun falta absoluta de leyes le confirmaba en tales sentimientos: la grosera religiosidad de la época le hacia creer un juicio sobrenatural y divino para la decision de cada litigio, de cada contienda que pudiera suscitarse. Entónces nacieron las pruebas del agua hirviendo, del fuego, de las bestias: el mismo principio, el mismo sentimiento produjo tambien los desafíos. Un noble no debió depender sino de Dios y de su espada. Ora tratase de vengar sus injurias, ora de reivindicar sus derechos, el medio del combate era más comprensible para su natural rudeza, más honroso para su arrogante presuncion.

»Estas idéas invadieron sin duda, poco a poco, pero al cabo completamente á la sociedad, que fue por ellas dominada y dirigida. La sociedad, á su vez, las ordenó y modificó, como modifica y ordena todo lo que cae bajo su gran laboratorio. Ella les dió esa especie de sancion que confiere la generalidad del sentimiento, y que debe ser una prueba, aun para los espíritus más escépticos y suspicaces, cuando no de absoluta verdad y justicia, por lo ménos de algunos y grandes puntos de contacto con la justicia y la verdad.

» Los legisladores mismos de aquellos tiempos tuvieron que ceder al torrente de unas idéas que no estaba en su mano el destruir. Ora fuese que las aprobaran, ora que se resignasen á su necesidad, tanto la Iglesia como

el Estado se vieron en la precision de tolerar el desafio, empleándole unas veces como medio legal, consintiéndolo otras como resolucion definitiva de cuestiones particulares. La Iglesia y el Estado obraron prudentemente, supuesto que eran tales las opiniones: sin olvidar el combatirlas por medios eficaces, caso de creerlas equivocadas, no podian prescindir de tomarlas en consideracion y de atenderlas cuanto era forzoso en el régimen contemporáneo de los pueblos. No se extinguen, señores, las idéas con la mera contradiccion; no se combaten ni se anulan sus efectos con prohibir lo que ellas sancionan. Cuando su dominio es general, yérrase gravemente si no se disculpan, ya que no se aprueben sus preceptos.

» Contrayéndonos con especialidad á los hechos que nos refieren los anales de nuestra patria, y á las instituciones que encontramos escritas en sus códigos, hallaremos muy largamente comprobado lo que acabamos de decir en este instante. El duelo era recibido á la vez como un medio de prueba, á falta ó con preferencia á otros, y era tambien un recurso, que adoptaban los caballeros desavenidos ó injuriados, para terminar sus discordias ó satisfacer sus justas querellas. En el primer caso era una especie de juicio de Dios, como las otras pruebas que hemos citado ántes; en el segundo era la regularizacion del derecho de guerra, no bien sustituido por el de justicia en aquella poco compacta, poco disciplinada sociedad. Las costumbres y las leyes habian establecido las fórmulas para uno y otro caso, distinguiéndose el Código de las Partidas, obra la más adelantada en la civilizacion de aquellos tiempos, por el esmero y minuciosidad con que refiere su proceder, y, por decirlo así, sus cánones.

>> Todo es, señores, objeto de prevision en aquellas leyes sobre el modo de comprender y de llevar á cabo los retos y desafíos. Ellas señalan hasta las fórmulas con que debian acusarse y defenderse retador y retado á presencia del rey y de la corte. Ellas especifican toda la marcha que debe seguir despues el negocio hasta su terminacion por medio de la lid; la preparacion del campo, la de las armas, la particion del sol, la celebracion, el juicio, y las consecuencias del combate. Y justamente debian señalarlo, toda la vez que habian admitido el duelo mismo, y que autorizaban se le confiasen grandes intereses y altas reputaciones.

» Pudiera citar efectivamente, si tal fuera mi propósito, grandes contiendas determinadas en Aragon y en Castilla por medio de este combate judicial: algunas en que fue exclusivamente medio de prueba ; algunas otras en las que se dirigía á vengar injurias, y á lavarse de manchas arrojadas sobre una persona ó sobre un pueblo. Nos bastará, señores, traer á la memoria, en este último género, los célebres duelos del Cid, ora contra el conde D. Gomez, que pusiera las manos en su padre, ora contra los infantes de Carrion, que hirieran la honra de sus hijas; así como el tenido bajo los muros de Zamora, cuando los castellanos acusaron á esta ciudad por el crímen de Bellido Dolfos. De la otra especie, de los duelos por razon simplemente de prueba, en los que combatian sin animosidad personal, repre

sentantes de uno y otro interés, tenemos en nuestra historia uno de los más célebres que en toda la Europa pueden presentarse. Hablo del reto y de la lid tenidos á orillas del Pisuerga, con acuerdo y conformidad universal, para decidir cuál era preferible entre las dos liturgias, si la mozárabe, que era la de San Isidoro, ó la romana, que pugnaba por sustituirse en su lugar. Hasta tal punto llegaba la aplicacion del medio que vamos examinando: hasta intereses de tan elevado órden y de tánta gravedad, segun las idéas contemporáneas, se remitian á la prueba de la lid. Creíase, como ya hemos dicho, que no podia faltar la asistencia divina á quien defendiese la razon y la verdad; y encargábase por tanto al cielo que salvase la inocencia, muy persuadidos de que el cielo no habia de faltar á semejante obligacion.

>> Sin embargo, esas mismas leyes de Partida que acabamos de citar, y que contenian tan minuciosamente el formulario de los duelos, daban en realidad un golpe poderoso á su existencia, por lo menos á aquella clase que iba dirigida á la justificacion de hechos disputados. Organizando en cierto modo la autoridad pública, presentando un sistema probatorio racional, vulgarizando las idéas morales y científicas que fueran hasta allí patrimonio de tan pocas personas; daban un golpe irresistible á la institucion, que, parte por preocupaciones y parte por necesidad, se habia conservado intacta á pesar del absurdo que contenia. Las luces de la nueva civilizacion, derramadas por aquel tiempo, al paso que ordenaban y perfeccionaban las idéas de justicia, hacian ver el error de que la Divina Providencia estuviese contínuamente dispensando milagros á los que se los pedian para no tener que emplear su razon. El desafío como prueba, fue herido de golpe, en cuanto hubo una justicia regular, y se conocieron medios más seguros de averiguar ó calificar los hechos, y desapareció prontamente de toda Europa, sin haber quedado el menor rastro de su existencia.

»No sucedió, no ha sucedido lo mismo con el desafío por causa de in--` jurias ó de resentimientos particulares. Habia circunstancias que le mantu. viesen, no obstante, de toda la ilustracion que adquirieran nuestras idéas, y esas circustancias le han mantenido hasta ahora, y no presentan apariencias de dejarle extinguir muy fácilmente. Esta clase de duelo, prohibida al cabo por las leyes, pasó á ser un delito; pero la opinion pública le ha absuelto siempre de ese nombre, y ha inutilizado cuantos actos de persecucion prodigaron y prodigan los gobiernos para ponerle fin.

»Las causas de semejantes fenómenos no son difíciles de explicar. Basta tener presente la existencia de ese sentimiento llamado el honor, que tan importante papel ha representado y debe representar aún en la sociedad moderna, para concebir el escaso poder de las leyes contra un medio, que es el único reconocido por la opinion para sustentarlo. Mientras las idéas actuales dominen al mundo, y no se encuentre una nueva garantía de la honra, me temo mucho, señores, que toda la razon con que se condena y se pros→ cribe el duelo, ha de ser completamente ineficaz, completamente ilusoria y excusada.

>>Es menester no engañarnos, atribuyendo á la razon abstracta mayor poder sobre nuestras acciones que el que la compete en realidad. Sin duda el desafío, considerado á su luz, tiene todas las cualidades que constituyen un delito de gravedad é importancia. Él es en sí propio una usurpacion de la autoridad pública, pues que su provocador se sustituye á los poderes del Estado, para castigar por sí lo que juzga malo ó criminal. Él encierra en sus consecuencias una porcion de hechos, para los cuales es camino volun tario, que no pueden ser calificados sino con un rigor inflexible por cualquier persona sensata. Él puede ser en ciertos casos hasta una tentativa de asesinato verdadero, cuando exista una diferencia capital en el manejo de las armas entre los dos contendientes. ¿Cómo no ha de condenarlo cualquier persona de recta y tranquila razon? ¿Cómo se ha de justificar, cómo se ha de disculpar, cómo se ha de excusar siquiera, considerándolo friamente, y calculando su naturaleza y sus peligros?

>> Y sin embargo, señores..... Video meliora, proboque; deteriora sequor..... los mismos que condenamos el desafío, los mismos que le colocamos en una alta categoría de crímenes, hombres arreglados, hombres sensatos, hombres que no tenemos el hábito de delinquir : si nos vemos por ventura provocados en una de esas que llamamos cuestiones de honra, no tendremos resolucion para negarnos á aceptarle; le aceptaremos seguramente, y concurriremos á él. Digo más aún : si recibimos una de esas injurias que las leyes no enmiendan, y que el mundo tiene ordenado se borren con la espada ó la pistola, nosotros mismos nos arrojaremos á desafiar, y obligaremos á nuestros adversarios á que acepten el reto; y si se nicgan á la lid, los llamaremos cobardes y deshonrados, y les escupiremos á la cara, como á hombres viles, indignos de nuestra sociedad. ¿No es esto lo que sucede en nuestro siglo, lo que vemos en nuestro alrededor, lo que sentimos en nuestra conciencia?

» Yo dejo con gusto á los moralistas el que deploren semejante estado, el que lo condenen con energía, el que prediquen asíduamente para que todo el mundo lo abandone. Concibo bien, no solo la justicia y el fundamento, sino aun la utilidad de su predicacion. Algun poder tiene la proclamacion de los principios morales: algo alcanzan los consejos de humanidad y de mansedumbre. Pero al legislador y al jurisconsulto les compete algo más que al simple moralista, y no cumplirian con todo lo que puede pedirseles, si limitaran al círculo de aquel sus preceptos ó sus investigaciones.

>> Desde luego debemos consignar la causa de no haber concluido esta especie de desafíos, que se ha dilatadó hasta nosotros, cuando concluyó la otra de que tambien hemos hablado, la que servia únicamente como prueba. Esta causa es, que las leyes y la ilustracion podian en efecto indicar pruebas más oportunas; pero ni las unas ni las otras suministraban medios para lavar las manchas que cayesen sobre el honor. ¿Qué reparacion era la que las leyes de todos tiempos han señalado para las injurias que afectan más á los hombres? Si han cuidado de fijar tales penas insignificantes para tales ó

tales palabras, ¿no permanecen, y han de permanecer, bajo el sistema que se sigue en ese punto, sin castigo los hechos más graves los que ofenden más, entre los de su naturaleza? ¿No hay algunos que lo han de quedar siempre, en tánto que conservemos los actuales sentimientos en materia de honor, pues no ha de permitir éste ni aun siquiera el referirlos, para demandar satisfaccion de cualquiera clase?

»Acometió, pues, la ley un imposible, cuando creyó que le era fácil, ó por lo ménos permitido acabar completamente con el duelo, y se arrojó á decre tarlo, en tiempo de los reyes católicos. Estos, guiados sin duda por una idéa apreciable de justicia y de piedad, ordenaron de golpe su abolicion, é impusieron penas á los contraventores. Pero muy pronto pudieron ver que la opinion pública no ayudaba su obra, que los sentimientos del honor se sublevaban contra los preceptos de la ley, y que los caballeros de Aragon y de Castilla, ó eludian con el misterio las disposiciones de ésta, ó se citaban expresamente para Francia, para Nápoles, para Portugal, á efecto de terminar sus disensiones del modo tradicional que aprendieran de sus padres. La primer prohibicion no había tenido de hecho consecuencia alguna.

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>> Y tánto fue así, que no solo encontramos duelos tolerados y practicados públicamente en los tiempos posteriores, sino que aun reinando Cárlos primero, el inmediato sucesor de aquellos monarcas, se vió todavía un ejemplo del combate solemne que habian autorizado y ordenado las leyes de Partida. Hubo un caballero que demandó ante el rey la lid, para que le facultaban aquellas, y el rey se la concedió, y se verificó el combate con todas las solemnidades prevenidas en su formulario. Verdad es que de résultas de este acto mismo se volvió á prohibir con más severo precepto el desafío que en él se autorizara: pero esta propia alternativa de indulgencia y de severidad, esa opinion pugnando franca y abiertamente con las leyes, esa necesidad de repetir los preceptos, para que no se alegasè el uso contrario; todo ello demuestra, en primer lugar, que la obra de los reyes católicos no habia sido estable y permanente, y en segundo, que tampoco el célebre reto que hemos insinuado debia de ser el postrer duelo de España, como quiso confiadamente llamársele..

>>En efecto, bien notorias son las costumbres que rigieron respectiva mente á este punto durante los dos siglos de la dominacion austriaca. Si las desconociésemos, todo el teatro español, que tan admirablemente ha descrito las habitudes públicas y privadas de aquella época, podria sin demora hacérnoslas recordar. Ni serviria de ménos la nueva ley que se dictó en 1678, recordando y ampliando las antiguas disposiciones para corregir los hechos de que hablamos. Comprobacion clara de que los duelos seguian sucediéndo se con frecuencia: comprobacion tambien de que las idéas del público continuaban en discordancia, ó por mejor decir, en rebelion, contra las leyes anteriores. Cuando se necesitaba repetir y reforzar éstas, prueba era convincente de que no surtian efecto las declaraciones de los últimos siglos. Jamás ha sido necesario que una legislación declare crímen por segunda

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