Ley para fijar el derecho MexicanoImprenta de A. Boix, a cargo de J. Ponce de Leon, 1861 |
Términos y frases comunes
1.º Podrán establecerse admi administracion agen tes públicos agentes comerciales residentes agentes públicos consulares agravio arbitrajes árbitros arbitradores autoridad ú oficina autoridades ú autoridades y oficinas bierno blica cediendo aviso cial cion concede consideracion cónsules y agentes cónsules y vice-con conveniente declaracion creyeren derecho comun derecho de gentes derecho mexicano dimanaren de residir distrito consular drá esceptuar efectos entenderá sin perjui esceptuar aquellos puertos espedir la siguiente espresa estuvieren Exencion federal fijar el derecho harán estensivas HARVARD LAW LIBRARY hubiere impropia é irregu inconvenientes no dimanaren influencia consular juez lugares abier mercial mexicano en órden México nacion negocios obsequiadas las reclamaciones oficina consular oficinas públicas país presidente constitucional interi prevenido puertos y lugares reciere conveniente Repú retirará el exequatur revocacion del nombramiento sentido dictare súbditos sules territorio tes públicos consulares ticular la conveniente tirán cónsules tivas tratados ú oficina Veracruz vice vice-cónsules y agentes xicana
Pasajes populares
Página 7 - ... 6° Que exhibiéndose la misma prueba, el Gobierno influirá por los medios que le franquean la Constitución y las leyes, en que sean obsequiadas las reclamaciones relativas al cumplimiento de las sentencias ejecutoriadas; pero...
Página 11 - Exceptuando las funciones, prerogativas é inmunidades de que habla esta ley, los agentes comerciales, en su calidad de individuos, estarán sujetos en todas sus causas, negocios, actos y relaciones particulares, ya sean civiles ó criminales, ya mercantiles ó de policía, á las mismas leyes, ordenanzas, reglamentos y autoridades que los otros individuos residentes en su distrito.
Página 17 - Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el palacio nacional en la H. Veracruz, á 26 de Noviembre de 1859. — Benito Juárez. — Al C. Juan Antonio de la Fuente, ministro de relaciones esteriores.
Página 15 - Art. 29. La oficina consular y la habitación misma de los cónsules. vicecónsules y agentes públicos consulares, serán igualmente respetadas; pero no se entenderá por esto que se les concede el privilegio de asilo. respecto á las personas ó efectos que se pretendan substraer á la acción de las autoridades ú oficinas mexicanas.