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Comision para que Agustin de Zárate vaya a poner cobro y recaudo en una mina que habia parecido en término de

Aracena.

Contadurías generales, núm. 3072.

.9 de febrero de 1556.

EL REY: Por cuanto Yo soy informado que en término de la villa de Aracena, tierra de la ciudad de Sevilla, de pocos dias á esta parte ha parecido una mina de plata, y á mi servicio cumple poner recaudo en ella, y saber de qué calidad y provecho es: por la presente, confiando de vos Augustin de Zárate mi criado que bien Y fielmente hareis lo que á esto toca, como soleis hacer las otras cosas de mi servicio, vos mando que vais con vara de mi justicia á la dicha villa de Aracena, y os informeis y sepais cómo y de qué manera pasa lo de la dicha mina, y en qué parte se ha hallado, y por quien, y si se ha registrado, y en qué manera, y si se beneficia, y en qué estado está, y de qué ancho es la caja, y lo que está descubierto della para entender el largor que tiene, y hagais ensayar el metal della, y me aviseis de que provecho es, y que demas desto pongais embargo en la dicha mina para que ninguna persona toque en ella so las penas que vos pusieredes; y dejeis puesta guarda ó guardas de confianza en ella para que asi se cumpla, hasta que envieis la informacion y relacion de todo lo susodicho, para que visto aquello, mande proveer en lo que toca á la dicha mina lo que convenga: que para todo ello vos doy poder cumplido con todas sus incidencias y dependencias, anexidades y conexidades; y mando al concejo, justicia y regidores, oficiales y hombres buenos de la dicha villa de Aracena, y á cualesquier justicias y otras personas particulares que vos dejen y consientan hacer lo susodicho, y para ello vos den favor é ayuda, y guarden y cumplan lo que cerca dello de mi parte les mandáredes, sin embargo de cualquier posesion, título ó merced que para ello pretendan tener, porque hasta saber y entender lo que toca á la dicha mina, mi voluntad es que se suspenda todo y no se use dello, é los unos ni los otros non fagades ende al. Fecha

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en Valladolid á nueve dias del mes de febrero de mil y quinientos cincuenta Y seis años. La Princesa.- Por manу dado de su Magestad, su Alteza en su nombre - Juan Vazquez.-Señalada Señalada del doctor Velasco y contador Almaguer, y licenciado Valderrama del consejo de la hacienda de su Magestad.

Cédula á la villa de Guadalcanal sobre la alcabala que cobraban de ciertos articulos que se necesitaban para las

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minas.

Contadurías generales, núm. 3072.

9 de febrero de 1556.

EL REY:-Concejo, justicia, regidores, oficiales é hombres buenos de la villa de Guadalcanal. Yo soy informado que despues que se hallaron las minas de plata en el término desa villa, habeis hecho que se lleve alcabala de la leña y carbon y madera, y almartaga, no llevándose antes: y porque, como sabeis, para la fábrica de las dichas minas hay necesidad de la dicha leña, y carbon, y madera, y almartaga, y esta se compra á mi costa, y llevando alcabala dello, se venderá mas caYo vos encargo y mando proveais que no se haga novedad en lo de la dicha alcabala de lo que acostumbrábades hacer antes que paresciesen las dichas minas, ó que sea tan moderada, que por ella no se encarezca la dicha leña y carbon, y madera, y almartaga. Y porque ansimismo he sabido que en la dehesa desa dicha villa hay algunos pies de encina secos, y que estos son necesarios para la fábrica de las dichas minas, y se pueden cortar de la dicha dehesa, sin que el monte della resciba daño ni perjuicio, vos encargo y mando deis lugar que se corten para el dicho efeto: que en todo me serviréis. Fecha en Valladolid á nueve de febrero de mil quinientos cincuenta y seis años.- La Princesa. Por mandado de S. M., su Alteza en su nombre. - Juan Vazquez.-Señalada del doctor Velasco y del contador Almaguer, del consejo de la hacienda de su Magestad.

Cédula á los oficiales de la casa de moneda de Sevilla para hacer moneda la plata que se enviare de las minas de Guadalcanal.

Contadurías generales, núm. 3072.

6 de febrero de 1556.

EL REY: Tesorero y oficiales de la casa de la moneda de la ciudad de Sevilla. Porque Agustin de Zárate, mi criado, que está dando recaudo á las minas de plata que han parescido en el término de la villa de Guadalcanal, enviará lo que procediere dellas á esa casa á hacer moneda como cosa de mi hacienda, Yo vos mando que cada y cuando enviare alguna cantidad de plata de la que procediere de las minas para hacer moneda en esa casa, la labreis con toda brevedad, sin que vos el dicho tesorero lleveis derechos della, pues no vos pertenecen de la plata mia que labraredes en esa casa, y non fagades ende al. Fecha en Valladolid á nueve de febrero de mil quinientos ciucuenta y seis años. La Princesa. - Por mandado de S. M., su Alteza en su nombre.- Juan Vazquez. Señalada del doctor Velasco Y del contador Almaguer del consejo de la hacienda de S. M.

Articulo de carta de la señora Princesa gobernadora á su hermano el señor Rey y Príncipe don Felipe Segundo, fecha en Valladolid á 11 de febrero de 1556, dándole cuenta de las minas de Guadalcanal.

Correspondencia de la Corona de Castilla. Secretaría de Estado, núm. 112.

II de febrero de 1556.

Muy alto y muy poderoso señor: Las minas de plata que han parescido en Guadalcanal son dos; y aunque se ha enviado á poner recaudo en ellas, como tengo escrito, á los halladores no se les puede quitar su parte, y tambien pretenden unos alemanes (1) que les pertenesce lo de su Magestad,

(1) Véase el asiento con Juan de Xedler que ya queda impreso.

dando dello la sexta parte por cierto asiento que está hecho con ellos, y demas desto la muger y hijos de don Francisco Pacheco, y los hijos del doctor Carvajal pretenden que entran en las mercedes que tienen, y todos tractan pleito con el Fiscal, aunque destas mercedes se hace poco caso, porque se cree que no llegan al término donde parescieron las minas, las cuales segun las muestras de hasta aquí, se espera que serán provechosas, porque del plomo que dellas se saca, sale la quinta ó sexta parte de plata, y todo lo que dellas se tomare para S. M. ha de ser á buena cuenta para satisfacer á los pretensores de lo que les pertenesciere conforme á justicia, en juro, ó en otra cosa, de manera que lo que no les pertenesciere de lo que se huviere tomado, servirá de socorro como lo que se toma á los que vienen de las Indias para pagallo en juro, Y lo que hasta agora se ha tomado, son veinte mil ducados para dar al Príncipe Andrea Doria en cuenta del sueldo de sus galeras, y otros doce mil ducados que se han librado para paga de la gente que está en la guarda de san Sebastian y Fuenterrabia, Y de lo que mas se sacare se han de proveer sesenta mil ducados para la Goleta, que están con estrema necesidad, á causa de haberse perdido en Bugia la paga que se enviaba para aquella plaza, y este es el último remedio que hay para proveer lo de acá; y á la gente que está en Perpiñan, y en el condado de Ruisellon y las Islas, se les deben muchas pagas, y á las Galeras de Andrea Doria casi cien mil ducados sin lo de este año, y á las Galeras de España se les debe todo lo de este año, y no hay de donde proveer esto, y otros muchos gastos que acá se ofrescen, sino destas minas, y no se sabe lo que durarán,

Habiendo la señora Princesa gobernadora mandado á Agustin de Zárate en su carta de 27 de enero, que le enviase una relacion del orden que se tenia en labrar las minas, y otra de la costa de ellas, las remitió en cartas de 4 de febrero y 8 de marzo; y son del tenor siguiente.

La orden que se tiene en el beneficiar de las minas de Guadalcanal despues que fue á poner recaudo en ellas Agustin de Zárate, contador de su Magestad, es la siguiente.

Contadurías generales, núm. 3072.

En cada pozo de las dichas minas andan de ordinario cinco hombres, los dos dellos dentro en el pozo cavando, y otros dos fuera que traen un torno con que sacan el metal Y se desagua el pozo, y otro que rige la maroma y descarga el metal y vácia la agua, los cuales dichos cinco hombres se remudan de ocho en ocho horas, de manera que en cada pozo trabajan diez hombres cada dia.

Lo que se saca de los pozos, se divide en tres partes; la una que llaman gaborro, que es la peña que vá arrimada al metal, la cual en sacándose se echa en los torronteros junto á los pozos; la otra es la tierra que sale entre el metal y el gaborro que llaman lavadura; la otra es la beta del metal que se llama cochizo, que es lo mas rico, la cual dicha lavadura y cochizo, en sacándolo de los pozos, se pone en dos montones cada cosa por sí aparte, y en cada pozo está puesto una guarda para que lo guarde, aunque esta dicen que se podrá escusar en los pozos que labran los alemanes, porque son muy fieles.

Desde los dichos montones se lleva la dicha lavadura y cochizo por dos hombres, una espuerta de cada cosa, acompañandolos una guarda á una casa que está hecha para guardarlo, en la cual hay un apartamiento donde se pone y cierra con tres llaves, la una de las cuales tiene una persona puesta por el dicho Zárate, y otra puesta por el hallador de la mina, y otra por Juan de Xuren, que es el que pretende tener parte en las minas por razon del arrendamiento que está hecho de las minas de su Magestad.

Junto á la dicha casa está un corral pegado con ella, cercado y con puertas que se cierran, dentro del cual se ha metido el agua de un arroyo pequeño que pasa por allí cerca, en que están hechos los lavaderos y molederos para moler y la

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