Imágenes de páginas
PDF
EPUB
[ocr errors]
[ocr errors]

sario, y la miserable situacion en que estaban las tropas de este (1), Tambien vos fago saber que todo el dinero é tesoro que tenia ayuntado en la ciudad de Segovia lo ha ya todo gastado é despendido, que sola una blanca non le queda, salvo alguna plata de que agora fase reales de muy baxa ley, é casi falsos, para pa,, gar sueldo, é sostener la gente :::"

[ocr errors]
[ocr errors]

63 Lo el infante don Alonso participa en su carta al que conde don Juan Ponce de Leon, noticia el rey don Enrique el IV á todo el reyno en la suya de Medina del Campo quando dice:,, Bien sabedes como yo queriendo remediar é proveer á los grandes dampnos é considerables males que cada uno de vos ha padecido por la mala é falsificada moneda, que en estos mis „regnos se ha labrado:" y con mas expresion quando escribe : E que por esta causa vos non receledes de tomar é contratar las dichas monedas de enriques, é reales, é blancas en vues,, tras rentas, é pagas, é contrataciones, por la desórden, é confusion, é mudanzas que en la ley é valor dellos fasta aquí

[ocr errors]
[ocr errors]
[ocr errors]
[ocr errors]

avedes visto."

la

que

64 Sin mas comprobacion van por tierra las aserciones contrarias: porque si los reales fuéron de ley de once dineros y quatro granos, como suponen García Gonzalez de Castro, Caballero, y don Vicente de Campos, son falsas las expresiones: por mala é falsificada moneda que en estos mis regnos se ha labrado, á no ser que se diga que tambien fué mala y falsificada la labráron los otros reyes predecesores de don Enrique: pues todos hasta don Enrique II acuñáron los reales á la ley de once dineros y quatro granos, como vimos por el ordenamiento de don Juan el II sobre el labrar de la moneda en las casas della del año de 1440 que decia: (2),, Otrosi mandé é mando á los dichos mis tesoreros que labren en cada una de las dichas mis ca,, sas de las monedas, reales é medios reales de plata á la ley de on,, ce dineros é quatro granos, é á la talla de sesenta é seis reales el don Enrey que ,, en el marco que es á la mesma ley é talla rey don „ rique mi padre, é el rey don Johan mi abuelo, é el Dios hayan, mandáron labrar é labrá,, Enrique mi bisabuelo, que

"

[blocks in formation]

ron

[ocr errors]

(2) Apéndice á la crónica de don Juan el II. pag. 99.

,, ron reales de plata en sus tiempos, poco mas ó ménos.” 65 Tambien será falsa la peticion que hizo al rey el reyno en las cortes de Ocaña del año 1469: (1) „Otrosi, M. A. é M. P. Señor : Bien creemos que V. A. sabe quanto dampno é deservi,, cio, desórden é menoscabo se recresce a todos los vuestros subditos é naturales por la labor de la mala moneda que en estos vuestros regnos se labra." Y lo mismo deberá decirse de la propuesta que hizo al rey el arzobispo de Toledo: (2). » Quanto convenia remediar la moneda, sangre de la república, adulterada en todos los metales, oro, plata, y cobre."

[ocr errors]

"

[ocr errors]

66 La expresion por la desórden, é confusion, é mudanzas que en la ley é valor de ellas fasta aquí habedes visto, prueba igualmente contra Estéban Moro que contra Castro y Caballero porque si todas las monedas de plata de don Enrique IV. fueron de ley de once dineros y dos granos, como opina Moro, no hubo tales mudanzas; y si fuéron de once dineros y quatro granos, como sienten Castro y Caballero, tampoco. Debiendo pues quedar salva la certidumbre de la real palabra, del reyno, y del arzobispo, es forzoso decir que fueron

de muchas.

99

67 Solo nos Solo nos falta para complemento de lo que vamos diciendo dar la descripcion que hace don Manuel de Lamas de las monedas que ensayó. (3) » Entre las monedas que me ha franqueado don Pedro de Sepúlveda hay un real de plata, ,, que por el anverso representa una P coronada, y la inscripcion en dos vueltas de círculo que dice: Dominus michi adiutor et ego dis-piciam inimicos meos, y por el reverso castillos leones á quarteles, una B por señal, y y la leyenda Petrus Rex Castellæ et Legionis. Pesa cinco tomines

[ocr errors]
[ocr errors]

y

ocho

,, granos, tiene de ley once dineros y quatro granos, y vale dos reales, diez ocho maravedis y 167 avos de maravedí."

,,

[ocr errors]

y

68 Otro real de plata he visto del mismo monetario, que », por el anverso tiene la cifra En coronada con la misma inscrip

(1) Archivo del Escorial, y en las colecciones de cortes que poseen muchos curiosos. Véase al fin de esta obra. (2) Colmenares. cap. 33. §. 4. pág.

401.

cion

(3) En la carta que escribió al autor de la demostración de las monedas de Enrique III, que se halla impresa al fin de ella, pág. 227.

[ocr errors]

cion que la anterior, y por el reverso castillos y leones á

quar

y.

„, teles, y la inscripcion: Enricus Rex Castella et Leon: pesa cinco tomines y nueve granos: tiene de ley once dineros ,, quatro granos, y vale dos reales y diez y nueve maravedis, ,,y 22817 avos de maravedí."

99

rey

69 Como los dos reales de plata de la real Academia de ,, la Historia, número 1 y 2, y los dos de V. Rma. A y B ten,, go otros dos; y todos por el anverso tienen el busto del ,, coronado, de perfil sobre la derecha, y la inscripcion: Enri„cus cartus Dei gratia Rex Castella, y por el reverso castillos „y leones á quarteles, y al rededor una linea en contornos, „, y la inscripcion Enricus Dei gratia Rex Castella et Legio,, nis: todos son de ley de once dineros y quatro granos.

[ocr errors]
[ocr errors]

70 El número 1 de la real Academia, el señalado con la ,, letra B de V. Rma., y uno de los mios, pesa cada uno cin,, co tomines y ocho granos, y vale, segun su peso y ley, dos ,, reales, diez y ocho maravedis y 11167 avos de maravedí.

99

71 El número 2 de la Academia, el señalado con la le,, tra A, y el otro, pesa cada uno cinco tomines y .quatro gra,, nos, y valen dos reales, trece maravedis yr avos de maravedí.

[ocr errors]

99

т

587

72 Tengo tambien tres medios reales de plata : el primero ,, y segundo por el anverso tienen la cifra En coronada, y la inscripcion Enricus Dei gratia Rex Castella, y por el reverso „, un castillo en campo estrellado, y la leyenda: Enricus cartus Rex Castella: pesa cada uno dos tomines y once granos, y ,, tienen de ley once dineros y quatro granos, y valen un real, diez maravedis y 437 avos de maravedí.

[ocr errors]

73

99

El tercero

76037

por el anverso tiene la cifra En coronada, y ,, la inscripcion: XP'S vincit, XPS regnat, y por el reverso castillos y leones á quarteles, y la inscripcion Enricus Dei gratia: pesa dos tomines y ocho granos, tiene de ley once dine,, ros y quatro granos, y vale un real, seis maravedis y 177 avos 37 de maravedí.

دو

99

[ocr errors]

74 Un real de plata que por el anverso tiene el nombre Joan coronado, al rededor dos vueltas de inscripcion que dice: Dominus michi adiutor et ego d-ispiciam inimicos meos, » y por el reverso castillos y leones á quarteles, y una linea en

,, con

,, contornos con la inscripcion Johanis Dei gratia Rex Castella: ,, pesa cinco tomines y siete granos, tiene de ley once dineros y ,, quatro granos, y vale dos reales y diez y siete maravedis, y

[ocr errors]

27885

76032 avos de maravedí.

99

[ocr errors]

75 , Igualmente tengo dos quartillos de real de plata: por el anverso tienen la cifra Joa coronada, y la inscripcion Joa,, nes Rex Legionis, y por el reverso un castillo, y la leyenda Joanes Rex Castella: pesa cada uno un tomin y un grano, son de ley de once dineros y quatro granos, y valen diez y seis maravedis y 42033 avos de maravedí.

[ocr errors]
[ocr errors]

"

[ocr errors]
[ocr errors]

"

99

76 Aunque todas estas monedas de plata tienen una misma ley, las de una misma denominacion no son iguales en el ,, peso, cuya diferencia puede provenir de que se mandasen labrar con uno o dos granos ménos de peso, como he dicho, y tambien de que al tiempo de labrarlas no saliesen tan ajustadas como se quisiera; pero que por la dificultad que hay en que todas salgan iguales, y por no aumentar gastos de operaciones, ,, se diese algun permiso de fuerte á feble, como hacen todas las naciones en la labor de su moneda, y en fin del uso que en tan dilatado tiempo les habrá quitado bastante.

,,

[ocr errors]
[ocr errors]
[ocr errors][ocr errors]

"

[ocr errors]

77 Como tenemos noticia del verdadero peso y ley de los reales de plata, me parece que es preciso atenernos á ella para darles el legítimo valor les corresponda, respecto que

los que se han reconocido hay alguna variedad.

de que en

78 En el ordenamiento inserto en el apéndice á la crónica de don Juan el II. pág. 99, número 24, se halla:,, Otrosí mandé, é mando á los dichos mis tesoreros que labren en cada una de las dichas mis casas de las monedas, reales, é medios reales, é ,, quartos de reales de plata á la ley de once dineros é quatro gra,, nos, é á la talla de sesenta y seis reales en el marco, que es á la misma ley é talla que el rey don Enrique mi padre, é el rey don Johan, mi abuelo, é el rey don Enrique, mi bisabuelo, ,, que Dios hayan mandáron labrar, é labraron reales de plata en ,, sus tiempos, poco mas ó ménos."

99

[ocr errors]

79 Los reales de plata reconocidos tienen todos la ley que ,, se manda por este ordenamiento. Por él se ordena tambien que se saquen sesenta y seis de cada marco, esto es, que pese cada uno sesenta y nueve granos y un de grano, cuyo peso vale

99

›› se

,, segun la estimacion que se les debe dar y he dicho, dos reales, „ veinte maravedis y 1983 avos de maravedí; y la mitad, valor del medio real de plata, es de un real, diez maravedis y

[ocr errors]

TOBY

983

avos de maravedí, que es lo que justamente corresponde á las monedas de plata reconocidas, y de las que se debe deducir el ,, de todas las monedas de cobre en qualquier caso.

[ocr errors]

por la

80 Aunque por los ensayes sobredichos parece que las monedas de plata de don Enrique fuéron mayor parte de ley de once dineros y quatro granos, con todo no me propaso á asegurarlo, receloso de que otro mas afortunado con alguna gran porcion ó tesoro en que sobrepuje el número de las de inferior calidad falsifique lo que damos por cierto.

81 Por caminar sin esta reserva el licenciado Carranza estampó que el rey don Fernando el Santo y sus sucesores aumentáron las monedas labrándolas siempre de plata de mas y mas baxa ley: verdad que tambien se prueba con las monedas de plata de todos estos reyes, quando la evidencia de la cosa está mostrando que las mas modernas, como las de don Juan el II, y don Enrique IV, son mas ligeras, y estan mas negras, esto es, mas ligadas y cargadas de cobre. Prueba manifiesta de que este autor ninguna nocion tenia de las monedas del santo rey y sus sucesores. Si hubiera publicado que las de don Enrique II y IV eran de ménos bondad hubiera acertado en algo, porque como tenemos visto, no todas las de don Enrique IV fuéron de buena ley, ni tampoco las que labró don Enrique II el año 1369: pues con una parte de plata tenian tres de cobre ;y así aunque su proposicion saliese falsa respecto de las que uno y otro rey acuñáron de buena ley, seria cierta por lo respectivo á las de mala.

82 Del rey don Juan el II sabemos que labró blancas de mala calidad; pero no que sus reales lo fuesen, ántes por el ordenamiento que hizo en 1442 sobre el labrar de las monedas en las casas de ella se ve que sus reales, medios reales, y quartos de reales de plata, fuéron de la misma ley que los de don Enrique III su padre, don Juan I su abuelo, y don Enrique II su bisabuelo, y tambien que los de don Pedro el Justiciero ó Cruel, segun demuestran los ensayes de don Manuel de Lamas, pues todos tenian la de once dineros y quatro granos.

83 La falta de precaucion con que procede Carranza en es

D

ta

« AnteriorContinuar »