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se hallarán las mismas diferencias de leyes que se hallan en estas, por lo qual será preciso tener mas atencion para no incurrir en errores muy comunes en semejantes casos.

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Por último la lista me parece que está clara; la primera columna manifiesta el número de la moneda, la segunda la ley que tiene, la tercera el peso en granos del marco de Castilla, la quarta las monedas que corresponden á cada marco, yala quinta el valor de cada moneda en reales vellon del actual reynado; todo baxo las mismas reglas que guardé, y de que dí á Vid. razon quando escribió sobre el valor de las monedas de los señores don Enrique III y don Enrique IV.

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4....... 17

.....

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11

17

Valor de cada

moneda.

ΙΟ

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41 rs. 10 mts.

9........ 15 す 8...... 29 24

13 ........... 354
3545

I

3038

5........ 19................ ''10 .............. 460*5..... 5...... 51/2

Monedas de Marruecos de los Almohades.

6....... 23q.tes 3 gr.3 93 .....

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4937..... 59...... I

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Seria conveniente, si hallase Vmd. alguna noticia que diese razon del marco que usaban los moros, para si era diferente del que se usaba en Castilla, poder hacer la comparacion. Madrid 24 de Febrero de 1805.

Manuel Lamas.

Las

917 Las monedas árabes de oro y plata pertenecientes á los reyes de Córdova, están grabadas en la primer lámina. La segunda muestra las de los almoravides: las de Marruecos, que corresponden á los almohades, y las de Granada, chicas y grandes van en la tercera; las de Córdova son anteriores á Abderraman III, que principió á reynar en el año 300 de la egira, que corresponde al año de 912 de nuestro señor Jesu-Christo. Las que don Manuel de Lamas Hama sin nombre, que corresponden á los almoravides, son las de forma mas elegante: las de ántes de Abderraman III no ponen el nombre del rey que las mandó acuñar, sino la profesion de la fé de los mahometanos, y el lugar y año en que fuéron acuñadas. La profesion de la fé que comunmente expresan es: No hay mas dios que Alah, único y sin compañero, y Mahoma es su enviado, y al otro lado el nombre del príncipe, y al contorno la ciudad donde fué acuñada y el año. Desde Abderraman III expresan el nombre del rey, y á veces el del Visir, y varian algo la forma, tamaño y leyendas,

918 La distincion que hacen de ellas los documentos llamando á unas de cinco rayas, á otras de tres, y á otras de dos, pravina de que las unas tenian cinco líneas ó renglones en el centro de su area, otras tres, y otras dos. El que desee mas completa noticia de estas monedas árabes podrá ver la disertacion del erudito y maestro en lenguas don Josef Antonio Conde, antiquario de la real Academia de la Historia.

Del valor del moto.

919 Los nombres y renombres que dan los documentos, al moto, son mouton, molton, molton del rey Johan, molton rex de Francia, molton comes á las águilas. Lo que desta moneda escribe el señor Cantos Benitez es: (1),, El moto de oro es una moneda del ducado de Brabante, de la qual habia de pa,,gar la ciudad de Lovayna once mil motos ó motoones, por ,, razon de obsequio ó tributo al rey de Bohemia Wenceslao, ,, y su muger doña Juana, duques de Brabante por la escritu,,ra de concordia del año de 1382, que copió Auberto Mi

(1) Escrutinio de maravedis y doblas, cap. 14. núm. 2. pág. 98

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,, réo (1) en el suplemento de su cuerpo diplomático; y como en España corriéron las monedas de todas partes en tiempo de Enrique II, se halla el moto, cuyo precio arregló en las cortes de Toro del año 1373 (2) á el precio de treinta y quatro maravedis, que asignó á el marroquí, que como se dixo valdria de la moneda actual quarenta y siete reales de vellon, y diez maravedis y un tercio."

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920 El ordenamiento de don Enrique, que iguala al mouton á la dobla marroquí dice: (3),, Otrosi en razon de los reales de plata (ordenamos) que valiese el real de plata á tres maravedis, é la dobla castellana á treinta y cinco maravedis, é morisca á treinta é dos, é marroquí, é el mouton à treinta é „, quatro maravedis, é escudo viejo á treinta é tres maravedis.“ 921 Este ordenamiento no está acorde con otro que hizo el mismo rey tocante al precio de la dobla castellana, ni al exceso que esta llevaba á la marroquí, ni al que habia entre la marroquí y el escudo viejo, por quanto el uno, como ya hemos visto, aprecia á la dobla castellana en treinta y cinco maravedis, y á la marroquí y mouton en treinta y quatro, y al escudo viejo en treinta y tres; y el otro valua á la dobla castellana en treinta y ocho, y al escudo y dobla marroquí en treinta y seis (4).,, Otrosi (dice) tenemos por bien, é mandamos que vala la dobla de oro castellana treinta é ocho marave,, dis, é el escudo é dobla marroquí treinta y seis maravedis, é el florin de Florencia veinte é cinco maravedis, é el florin de ,, Aragon veinte é tres maravedis.“

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922 Conforme al primer ordenamiento, quando la dobla se contó en treinta y siete maravedis de moneda vieja, correspondió al mouton el valor de treinta y cinco de la misma; y quando la dobla castellana subió á ciento y cincuenta y quatro maravedis de moneda nueva, el mouton debió valer ciento y cincuenta ; y quando la dobla castellana llegó á valer trescientos y treinta y nueve maravedis nuevos ó de blancas, el mouton debió apreciarse en trescientos y treinta. Con arreglo al ordenamiento se

(1) Miréo, tom.2. de su obra diplomática par. 3. cap. 147. fol. 1247. núm. 16. de la escritura.

(2) Cortes de Toro, las

refiere

gun

Otalora de nobilit. part. 2. fol. 60.
(3) Exîste en la biblioteca de don
Luis de Salazar.

(4) En la misma.

gundo, quando la dobla castellana se contó en treinta y ocho, el mouton valió treinta y seis, y quando la dobla castellana se apreció en trescientos y treinta y nueve, al mouton correspondiéron trescientos y diez seis.

y

y

923 Si se quiere ajustar el valor de los moutones por el de las doblas castellanas, con arreglo á las cartas de pago del rey don Juan, y cuentas dadas por Diego Lopez de Zuniga, se rebaxarán tres maravedis mas de moneda vieja, y á proporcion de moneda nueva, en consideracion á que valuando á la dobla cas tellana en treinta y ocho maravedis de moneda vieja, valuan á la dobla marroquina en treinta y cinco de la nueva, sobre cuyos cómputos no hay que reparar en algunos maravedis, pues como vimos tratando del valor del franco, escudo y dobla morisca, unas veces estimaban á la dobla castellana en treinta y ocho siete y treinta y maravedis, y otras en treinta y seis, contándola en treinta y ocho valuaban al escudo en treinta y siete, treinta seis y y treinta y cinco; de modo que nada hay fixo, ahora las valuasen de por sí, ahora comparándolas con otras, cuya variedad se ve tambien en las escrituras de Navarra, como testifican las partidas que ahora pondremos de las cuentas dadas por Pasqual Moza y Pelegrin del Serr, comisarios para recibir la ayuda de setenta mil francos, otorgados al Navarra don Cárlos por su reyno, para el casamiento de la infanta doña Juana con el duque de Bretaña, pues por una partida de 21 de febrero del año de 1385, aprecian á la dobla castellana en cincuenta y ocho sueldos y quatro dineros, por otra de 1. de marzo del mismo año en sesenta y dos sueldos, tres dineros obulo, por otra de 5. de abril del año 1386 en sesenta y ocho sueldos, y por una de 15 de mayo del mismo año en setenta y quatro.

rey

de

924 El tenor de la primera de 21 de febrero de 1385 es el que sigue (1).,, Deil (de Garci Lopiz de Lizasoain) xv doblas cruzadas, y v v nobles de la E, pieza en LVIII sueldos, iv di„neros, vallen LVIII libras, vi sueldos, vIII dineros" El de la segunda, de 1. de marzo del mismo año es. „, Deil (de Guillen

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(1) Archivo de reales contos del reyno de Navarra.

de

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