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Núm. 201. (Año de 1538.-Toledo 22 de Noviembre.) –

Real provision que manda que no puedan jugar en las
Indias los factores de los mercaderes a ningun juego de
interes.-(A. de I., 139-1-9, lib. 18, fol. 185 vto.).....

443
Núm. 202. (Año de 1538. – Toledo 6 de Diciembre.)-

Real provision que manda a las justicias delas Indias
compelan a los factores de mercaderes y personas que por
ellos cobraren sus deudas, que enbien a estos Reynos lo
procedido de ellas.-(A. de I., 139-1-9, lib. 18, fol. 189
vuelto........

445

Núm. 203. (Año de 1538.—Mes de Diciembre 6, Toledo.)

-Cedula que manda que ningun extrangero de estos

1

Páginas.
Reynos passe ni ande en la nauegacion de las Indias ni
ningun maestre los trayga ni lleue en su nao.....

448
Núm. 204. (Año de 1539.—Toledo 8 de Febrero.)—Real

Cedula que manda que enla nueva España se guarde la
orden que se tiene en la Isla Española en dezmar los azu-
cares.-(A. de I., 87-6-1, lib. 3.°, fol. 250.).....

449

Núm. 205. (Año de 1539.–Toledo, 7 de Junio.) - Real

Cedula que manda alos gobernadores que no impidan

a los oficiales Reales la visita y despachos delos navios.

-(A. de I., 109-7-1, lib. 3.', fol. 101.)........

450

Núm. 206. (Año de 1539.-Madrid, 18 Julio.)-Real Ce-

dula que manda al Obispo de la Provincia de Tierra-fir-

me, que de orden como los vezinos y naturales de aquella

tierra se puedan enterrar enla Iglesia o monasterio que

quisieren.-(A. de I., 109-1-7, lib. 7. , fol. 54 vto.).... 452

Núm. 207. (Año de 1539.—Madrid, 10 Agosto.)–Real

Provision y ordenanzas dadas por el Emperador don Car-
los para la casa dela contratacion de Sevilla cerca dela
jurisdicion que han de tener los oficiales de ella para la
administracion de sus oficios.-(A. de I., 148-2-3, li-
bro 6.°, fol. 236.).....

453

Núm. 208. (Año de 1539.-Madrid 19, Setiembre.)— Real

Cedula que manda alos cosmografos que dos vezes enel

mes se junten enla casa y vean las cartas de marear e

otros instrumentos y platiquen en ello y enlas cosas to-

cantes a sus oficios.-(4. de I., 148-2-4, lib. 7. , fol. 13.) 459

Núm. 209. (Año de 1539.-Madrid, 3 de Octubre.)-Real
Cedula

que
manda

que no se pesque con chinchorros enla
pesqueria delas perlas.-(4. de I., 169-1-7, lib. 7. , fo-
lio 74 vto.)........

460

Núm. 210. (Año de 1539.-Madrid 3 de Octubre.)-Real

Cedula que dispone y manda á los oficiales reales tengan

quenta de cobrar los dos novenos delos diezmos.-(Ar-

chivo de Indias, 109-1-7, lib. 7.°, fol. 76 vto.)....... 461

Núm. 211. (Año de 1539.—Madrid 3 de Octubre.)-Provi-

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sion para que ningun hijo ni nieto de quemado
ciliado de judio ni moro por la Sta. Inquisicion, ni nin-

recon-

9

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viere.—(A. de I., 78-2-1, lib. 1.°, fol. 228.)......... 470

Núm. 217. (Año de 1540.- Madrid 15, Abril.)-Real Ce-
dula
que

manda ala audiencia de Panama no se entre-

meta enla eleccion que la ciudad hiziere de alcaldes ordi-

narios.—(A. de I., 109-1-7, lib. 7.', fol. 114 vto.)..... 472

Núm. 218. (Año de 1540.—Madrid, 15 de Abril.) - Real

Cedula

que manda que no se execute en los negros la

pena de cortarles los miembros genitales cuando se alzan.

-(A. de I., 109-1-7, lib. 7. , fol. 122 vto.)..

473

Núm. 219. (Año de 1540.- Madrid 15 de Abril.)- Real

Cedula

que manda como han de hazer las abaluaciones

Páginas.
los oficiales Reales delas mercaderias y cosas quebradas
y dañadas que llegaren á las Indias, y que las que fue-
ren arrojadas al mar no paguen derechos de almojarifaz-

g0.-(A. de I., 109-1-7, lib. 7., fol. 115 vto.)........ 474
Núm. 220. (Año de 1540.—Madrid 24 de Abril.)-Real

cedula sobre los derechos que se han de llevar en las exe-
cuciones.—(A. de I., 109-1-7, lib. 7.', fol. 127.)......

477
Núm. 221. (Año de 1540.- Madrid 24 de Abril.) — Real
cedula

que
manda

que

la ciudad del Cuzco sea la mas

principal y como tal tenga el primer voto delas otras ciu-

dades y pueblos del Peru.-(A. de I., 109-7-1, lib. 3.',

folio 209 vto.).....

478
Núm. 222. (Año de 1540.--Madrid, 10 de Junio.)—Real

cedula por la que se prohibe el poder traspasar los yndios
encomendados.-(A. de I., 100-1-8, lib. 2.°, fol. 113
vuelto.)...

480

Núm. 223. (Año de 1540.- Madrid 15, Junio.)- Ins-

trucciones que se dieron al Licenciado Vaca de Castro

cuando pasó al Perú en averiguacion de varios excesos

que alli se avian cometido.-(4. de I., 109-7-2, lib. 4.°,

folio 1.9)....

481

Núm. 224. (Año de 1540.- Madrid 18, Junio.)—Provi-

sion que manda que se tomen por perdidos los navios y

mercaderias delos estrangeros destos Reynos que pasa-

ren alas Indias sin licencia.—(4. de I., 139-1-9, lib. 19,

folio 131 vto.).....

516

Núm. 225. (Año de 1540.-Madrid 14, Julio.)-Real Ce-

dula que manda que el oro y plata que se traxere delas

Provincias del Peru ala de Tierra firme corra por el en-

saye que tuviere y si alguna persona lo quisiere tornar a

ensayar sea a su costa y no del dueño del oro y plata.—

(4. de I., 109-7-2, lib. 4.°, fol. 54 vto.).......

519

Núm. 226. (Año de 1540.- Madrid 7 de Setiembre.)-

Real Provision que manda que

el oro y plata que se trae

delas Indias no se trayga sin registrar, ni se venda ni

contrate en otros Reynos.-(A. de I., 139-1-9, lib. 19,

folio 156 yto.)........

521

-

Páginas.
Núm. 227. (Año de 1540.- Madrid 25 de Septiembre.)-

Real Provision que manda que si antes que se haga la
reformacion delos repartimientos fallesciere alguno que
tuviere yndios encomendados, se puedan encomendar
enlos que tengan derecho á sucederle aunque no este
hecha la dicha reformacion.-(A. de I., 109-7-2, lib. 4.°,
folio 118 vto.)......

525
Núm. 228. (Año de 1540.-Madrid 7 de Octubre.)-Real
Cedula

que
manda

que

los vezinos de Santo Domingo

dela ysla Española sean obligados a traer armas y hazer

reseñas y alarde tres vezes al año.-(A. de I., 78-2-1,

libro 1.o, fol. 275 vto.)....

527

Núm. 229. (Año de 1540.—Madrid 29 de Octubre.)-

Real Cedula al governador del Peru para que no con-

sienta

que

la

persona en quien se renunciare el

cargo

de

escribano publico, lo pueda ejercer hasta que no lleve la

confirmacion de su Magestad.-(4. de I., 109-7-2, li-

bro 4.', fol. 130.)...

528

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