Páginas. 434 Núm. 195. (Año de 1538.-Valladolid 20, Julio.)— Real Cedula en que se manda alos Alcaldes ordinarios visiten las ventas y mesones que oviere en su jurisdiccion y ha- gan los aranceles convenientes.-(4. de I., 87-6-1, lib. 3.', Núm. 196. (Año de 1538.—Valladolid 20, Julio.)— Real Cedula para que se den terminos ala cibdad de los An- geles.--(A. de I., 87-6-1, lib. 3.9, fol. 113.)........ 437 Núm. 197. (Año de 1538.—Valladolid 23, Agosto.)— Real Cedula para que se provea sobre la cultivacion de la tie- rra.-(A. de I., 87-6-1, lib. 3.°, fol. 166 vto.).. ... 438 Núm. 198. (Año de 1538.- Mes de Agosto 23, Vallado- lid.)–Cedula que manda que enlas Indias no aya cleri- 439 Núm. 199. (Año de 1538.- Valladolid 6, Septiembre.) -- Real Cedula que manda que no se use de Bula ni Breve en las Indias si no fuere visto primero en el Consejo, y conceda su licencia.-(A. de I., 87-6-1, lib. 3.", fol. 178.) 440 Núm. 200. (Año de 1538.-Toledlo 25, Octubre.)--Real Cedula manda ala Audiencia de Santo Domingo pro- 442 Real provision que manda que no puedan jugar en las 443 Real provision que manda a las justicias delas Indias 445 Núm. 203. (Año de 1538.—Mes de Diciembre 6, Toledo.) -Cedula que manda que ningun extrangero de estos 1 Páginas. 448 Cedula que manda que enla nueva España se guarde la 449 Núm. 205. (Año de 1539.–Toledo, 7 de Junio.) - Real Cedula que manda alos gobernadores que no impidan a los oficiales Reales la visita y despachos delos navios. -(A. de I., 109-7-1, lib. 3.', fol. 101.)........ Núm. 206. (Año de 1539.-Madrid, 18 Julio.)-Real Ce- dula que manda al Obispo de la Provincia de Tierra-fir- me, que de orden como los vezinos y naturales de aquella tierra se puedan enterrar enla Iglesia o monasterio que quisieren.-(A. de I., 109-1-7, lib. 7. , fol. 54 vto.).... 452 Núm. 207. (Año de 1539.—Madrid, 10 Agosto.)–Real Provision y ordenanzas dadas por el Emperador don Car- 453 Núm. 208. (Año de 1539.-Madrid 19, Setiembre.)— Real Cedula que manda alos cosmografos que dos vezes enel mes se junten enla casa y vean las cartas de marear e otros instrumentos y platiquen en ello y enlas cosas to- cantes a sus oficios.-(4. de I., 148-2-4, lib. 7. , fol. 13.) 459 Núm. 209. (Año de 1539.-Madrid, 3 de Octubre.)-Real que que no se pesque con chinchorros enla 460 Núm. 210. (Año de 1539.-Madrid 3 de Octubre.)-Real Cedula que dispone y manda á los oficiales reales tengan quenta de cobrar los dos novenos delos diezmos.-(Ar- chivo de Indias, 109-1-7, lib. 7.°, fol. 76 vto.)....... 461 Núm. 211. (Año de 1539.—Madrid 3 de Octubre.)-Provi- sion para que ningun hijo ni nieto de quemado recon- 9 Páginas. gund nuebamente convertido de moro ni judio pueda pa- sar á las yndias.—(A. de I., 41-4-/...)...... Núm. 212. (Año de 1539.- Madrid 8, Noviembre.)-Real mendados, sean obligados a casarse dentro de tres años no teniendo justo impedimento.-(A. de I., 139-1-9, li- Núm. 213. (Año de 1539.—Madrid 8 de Noviembre.)— Real cedula que manda que los yndios naturales como personas libres sirvan y vivan con quien quisieren y no sean compelidos a que hagan lo contrario.-(A. de I., 139-1-7, lib. 7.0, fol. 87 vto.)....... Núm. 214. (Año de 1539.- Valladolid 20 de Noviembre.) -Real Provision que manda que los encomenderos del 467 Núm. 215. (Año de 1539.—Madrid 21 de Diciembre.) Real cedula alos oficiales del Peru para que cobren almo- xarifazgo dela demasia que montare la abaluacion que hi- zieren delas mercaderias que se llevaren de la Provincia de Tierra-Firme a las del Peru.-(A. de I., 109-7-1, li- Núm. 216. (Año de 1540.—Madrid 25 de Febrero.)—Real que manda que no corra ni valga el oro enla isla viere.—(A. de I., 78-2-1, lib. 1.°, fol. 228.)......... 470 Núm. 217. (Año de 1540.- Madrid 15, Abril.)-Real Ce- manda ala audiencia de Panama no se entre- meta enla eleccion que la ciudad hiziere de alcaldes ordi- narios.—(A. de I., 109-1-7, lib. 7.', fol. 114 vto.)..... 472 Núm. 218. (Año de 1540.—Madrid, 15 de Abril.) - Real Cedula que manda que no se execute en los negros la pena de cortarles los miembros genitales cuando se alzan. -(A. de I., 109-1-7, lib. 7. , fol. 122 vto.).. 473 Núm. 219. (Año de 1540.- Madrid 15 de Abril.)- Real Cedula que manda como han de hazer las abaluaciones Páginas. g0.-(A. de I., 109-1-7, lib. 7., fol. 115 vto.)........ 474 cedula sobre los derechos que se han de llevar en las exe- 477 que que la ciudad del Cuzco sea la mas principal y como tal tenga el primer voto delas otras ciu- dades y pueblos del Peru.-(A. de I., 109-7-1, lib. 3.', folio 209 vto.)..... 478 cedula por la que se prohibe el poder traspasar los yndios 480 Núm. 223. (Año de 1540.- Madrid 15, Junio.)- Ins- trucciones que se dieron al Licenciado Vaca de Castro cuando pasó al Perú en averiguacion de varios excesos que alli se avian cometido.-(4. de I., 109-7-2, lib. 4.°, folio 1.9).... 481 Núm. 224. (Año de 1540.- Madrid 18, Junio.)—Provi- sion que manda que se tomen por perdidos los navios y mercaderias delos estrangeros destos Reynos que pasa- ren alas Indias sin licencia.—(4. de I., 139-1-9, lib. 19, Núm. 225. (Año de 1540.-Madrid 14, Julio.)-Real Ce- dula que manda que el oro y plata que se traxere delas Provincias del Peru ala de Tierra firme corra por el en- saye que tuviere y si alguna persona lo quisiere tornar a ensayar sea a su costa y no del dueño del oro y plata.— (4. de I., 109-7-2, lib. 4.°, fol. 54 vto.)....... Núm. 226. (Año de 1540.- Madrid 7 de Setiembre.)- delas Indias no se trayga sin registrar, ni se venda ni - Páginas. Real Provision que manda que si antes que se haga la 525 que que los vezinos de Santo Domingo dela ysla Española sean obligados a traer armas y hazer reseñas y alarde tres vezes al año.-(A. de I., 78-2-1, Núm. 229. (Año de 1540.—Madrid 29 de Octubre.)- Real Cedula al governador del Peru para que no con- persona en quien se renunciare el escribano publico, lo pueda ejercer hasta que no lleve la |