Resumen de la legislación de primera enseñanza vigente en la isla de Cuba

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Imp. "La Propagandista", 1895 - 418 páginas

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Pasajes populares

Página 358 - Y conformándose SM el Rey (q. D g.) y en su nombre la Reina Regente del Reino, con el preinserto dictamen se ha servido resolver como en el mismo se propone.
Página 367 - ... velar sobre la pureza de la doctrina de la fe, y de las costumbres, y sobre la educación religiosa de la juventud en el ejercicio de este cargo, aun en las escuelas públicas.
Página 14 - Principios de Gramática castellana con ejercicios de Ortografía. 5.° Principios de Aritmética, con el sistema legal de medidas, pesas y monedas. 6.° Breves nociones de Agricultura, Industria y Comercio, según las localidades.
Página 165 - SM el Rey (q. D. g. ) y en su nombre la Reina Regente del Reino, se ha servido dictar las siguientes reglas: Primera.
Página 203 - Juez podrá pedir informe á la Academia, Colegio ó Corporación oficial que corresponda, cuando el dictamen pericial exija operaciones ó conocimientos científicos especiales. En este caso, se unirá á los autos y producirá sus efectos el informe, aunque se dé ó reciba después de transcurrido el término de prueba. Art. 632. Los Jueces y los Tribunales apreciarán la prueba pericial •según las reglas de la sana crítica, sin estar obligados á sujetarse al dictamen de los peritos.
Página 17 - La primera enseñanza elemental es obligatoria para todos los españoles. Los padres y tutores ó encargados enviarán á las escuelas públicas á sus hijos y pupilos desde la edad de seis años hasta la de nueve ; á no ser que les proporcionen suficienterilente esta clase de instrucción en sus casas ó en establecimiento particular.
Página 201 - La parte á quien interese este medio de prueba propondrá con claridad y precisión el objeto sobre el cual deba recaer el reconocimiento pericial.
Página 200 - Los documentos que las partes reconozcan como tales, de común acuerdo; II. Los documentos privados cuya letra o firma hayan sido reconocidas en juicio por aquél a quien se atribuya la dudosa ; III.
Página 252 - DON ALFONSO XIII, por la gracia de Dios y la Constitución, REY de España, y en su nombre y durante su menor edad la REINA Regente del Reino; A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed : que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente : Artículo 1...
Página 253 - Tampoco podrá exceder de dicha parte líquida la retención por deudas en las pensiones que disfruten las viudas y los huérfanos de los empleados civiles y militares del Estado, de la provincia ó del Municipio, ni en los créditos, premios de constancia, enganche y reenganche de las clases ó individuos de tropa del Ejército y de la Armada.

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