Código Civil Portugués, traducido al Castellano, y precedido de un prólogo, por ... P. de la Escosura, y anotado y concordado con la legislacion Española por ... I. Autran. tom. 1Imprenta de la Biblioteca universal economica, 1868 - 455 páginas |
Dentro del libro
Resultados 1-5 de 28
Página 6
... pérdida de la ciudadanía , si ella misma no declara que quie- re seguir la nacionalidad de su marido . § 2. De la misma manera , la naturalizacion en país ex- tranjero de un portugués , aunque case con mujer de orígen extranjero , no ...
... pérdida de la ciudadanía , si ella misma no declara que quie- re seguir la nacionalidad de su marido . § 2. De la misma manera , la naturalizacion en país ex- tranjero de un portugués , aunque case con mujer de orígen extranjero , no ...
Página 44
... pérdida de la Patria potestad . 2. En falta de Tutor testamentario . Art . 200. La Tutela legítima toca á los parientes del menor , en el órden siguiente : 1. El abuelo paterno . 2. El abuelo materno . 3. Los demás descendientes en ...
... pérdida de la Patria potestad . 2. En falta de Tutor testamentario . Art . 200. La Tutela legítima toca á los parientes del menor , en el órden siguiente : 1. El abuelo paterno . 2. El abuelo materno . 3. Los demás descendientes en ...
Página 93
... perdidas , pueden ser ocu- padas en los términos declarados en los artículos siguientes . Art . 414. El que supiere ... perdida , ignorando cúyo sea el dueño , debe , en plazo de tres dias , ponerlo en cono- cimiento de la autoridad ...
... perdidas , pueden ser ocu- padas en los términos declarados en los artículos siguientes . Art . 414. El que supiere ... perdida , ignorando cúyo sea el dueño , debe , en plazo de tres dias , ponerlo en cono- cimiento de la autoridad ...
Página 94
... perdida pagará todos los gastos que el hallador hubiere hecho con ella , si no prefie- re abandonarla . Art . 419. El hallador hará suya la cosa hallada en los casos siguientes : § 1. ° Cuando la cosa hallada no exceda del valor de de ...
... perdida pagará todos los gastos que el hallador hubiere hecho con ella , si no prefie- re abandonarla . Art . 419. El hallador hará suya la cosa hallada en los casos siguientes : § 1. ° Cuando la cosa hallada no exceda del valor de de ...
Página 100
... pérdida ; á no ser , en estos dos últimos casos , por causa de su lícita aplicacion . § único . Cuando el obstáculo al libre curso de las aguas , no proceda de determinado prédio marginal , ó de hechos de su dueño , la manera de remover ...
... pérdida ; á no ser , en estos dos últimos casos , por causa de su lícita aplicacion . § único . Cuando el obstáculo al libre curso de las aguas , no proceda de determinado prédio marginal , ó de hechos de su dueño , la manera de remover ...
Otras ediciones - Ver todas
Código Civil Portugués, Traducido Al Castellano, Y Precedido De Um Prólogo ... Portugal,Isidro Autrán,Patricio de la Escosura Sin vista previa disponible - 2023 |
Código Civil Portugués, Traducido Al Castellano, Y Precedido De Um Prólogo ... Portugal,Isidro Autrán,Patricio de la Escosura Sin vista previa disponible - 2023 |
Términos y frases comunes
1.º de Mayo accion actos acueducto administracion administrador adquirir aguas públicas alimentos aprovechamiento ausente autoridad autorizacion beneficio buena fé calicatas CAPÍTULO cargo causa cion Código civil Código Napoleon Código portugués concede concesion consejo de familia contrato cónyuje curador daños dativa debe declaracion declarado derecho romano derechos civiles despues dice dispone disposiciones dispuesto domicilio dominio dueño del prédio edad efectos Enjuiciamiento entenderse España español establece expresamente extranjero fianza flotables fuere guardador hemos herederos hijos naturales hubiere incapacidad indemnizacion inmuebles interdiccion interdicto interés judicial Juez juicio Jurisprudencia justo título legal legislacion legítima legítimos madre matrimonio menor muebles necesario nombre Novísima Recopilacion obligacion obligaciones obras ocupacion padre parientes pátria potestad perjuicio personas personas morales podrá podrán Portugal poseedor posesion prescribe prescripcion prévia privada propiedad propietario protutor Proyecto de Código reconoce reglas respecto restitucion sean SECCION sentencia servidumbre tambien terrenos testamento tículo tít título 16 Tribunal tutela tutor tuviere único
Pasajes populares
Página 247 - ... la cantidad de éstas, el valor del terreno ocupado por el canal en que se introducen y los gastos necesarios para su conservación, sin perjuicio de la indemnización debida por el terreno que sea necesario ocupar de nuevo y por los otros gastos que ocasione el paso que se le concede.
Página 31 - Los hijos de padre ó madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España. 3.° Los extranjeros que hayan obtenido carta de naturaleza. 4.° Los que sin ella hayan ganado vecindad en cualquier pueblo de la Monarquía. La calidad de español se pierde por adquirir naturaleza en país extranjero , y por admitir empleo de otro Gobierno sin licencia del Rey.
Página 166 - Si hubiere varios hijos ó hermanos, serán preferidos los varones á las hembras y el mayor al menor. Concurriendo abuelos paternos y maternos, serán también preferidos los varones; y, en el caso de ser del mismo sexo, los de la línea del padre.
Página 86 - Cuando el padre o la madre reconozcan separadamente a un hijo, no podrán revelar en el acto del reconocimiento el nombre de la persona con quien fue habido, ni exponer ninguna circunstancia por donde aquélla pueda ser identificada.
Página 122 - Si la madre se mezclare ó continuare mezclándose en la administración de la tutela ó curaduría, antes de constituir la hipoteca prevenida en el artículo anterior, quedará obligado su marido á prestar la que se establece en el art.
Página 234 - La autorización a una sociedad ó empresa particular para canalizar un río con objeto de hacerle navegable ó para construir un canal de navegación, se otorgará siempre por una ley, en la que se determinará si la obra ha de ser auxiliada con fondos del Estado, y se establecerán las demás condiciones de la concesión.
Página 225 - Todo aprovechamiento especial de aguas públicas está sujeto á la expropiación forzosa por causa de utilidad pública, previa la indemnización correspondiente, en favor de otro aprovechamiento que le preceda, según el orden fijado en el artículo anterior; pero no en favor de los que le sigan, á no ser en virtud de una ley especial.
Página 254 - Obtenida que fuese por un extraño la autorización para explotar alguna de las sustancias de que tratan los dos artículos anteriores, indemnizará al dueño de la finca del valor del terreno que hubiere de ocuparle, y una quinta parte más; y también pagará en su caso el menoscabo ó demérito que el predio experimente, y prestará fianza para responder de los ulteriores daños y perjuicios que pudiese ocasionarle en lo sucesivo.
Página 220 - Cuando para convertir un rio en navegable ó flotable por medio de obras de arte haya que destruir fábricas, presas ú otras obras legítimamente construidas en sus cauces ó riberas, ó privar del riego...
Página 191 - El dominio de las aguas minero-medicinales se adquiere por los mismos medios que el de las aguas superficiales y subterráneas, siendo del dueño del predio en que nacen si las utiliza, ó del descubridor si las diese aplicación, con sujeción á los reglamentos sanitarios.