Revista general de legislación y jurisprudencia, Volumen4

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Editorial Reus, 1854

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Página 355 - En los autos de competencia entre el juzgado de primera instancia del distrito de la Magdalena de Sevilla y el de la capitanía general de Andalucía sobre el conocimiento de la causa que en este último se sigue contra los autores y cómplices del fraude cometido en la presentación del prófugo Domingo Vidal Romero, de los cuales resulta que
Página 373 - 81 de la espresada ley de 8 de enero de 1845 , sobre organización y atribuciones de los ayuntamientos, los cuales, deliberando sobre asuntos de su incumbencia ó que interesen á otras corporaciones que de ellos dependen , deben arreglarse á lo que las leyes disponen respecto de los particulares que son objeto de su deliberación.
Página 188 - cuyo literal contenido dice así: «El tiempo de servicio se contará desde que los empleados en propiedad hayan tomado posesión de sus destinos con nombramiento Real ó de las Cortes , cumplida la edad de 16 años, antes de la cual no se abonará servicio alguno:
Página 193 - A los cesantes por supresión ó reforma del empleo ó destino se les abonará por mitad el tiempo que permanezcan en esta clase para las jubilaciones. Pero á los que hayan sido separados no se les hará abono alguno de tiempo desde 1.° de enero de este año.
Página 248 - En los autos de competencia entre el juzgado de primera instancia de Orense y el de la capitanía general de Galicia acerca del conocimiento de la causa
Página 396 - Esta determinación no es aplicable á los daños causados por el ganado , y los demás que deben calificarse de faltas con arreglo á lo que se establece en el libro tercero.
Página 229 - contará desde que los empleados en propiedad hayan tomado posesión de sus destinos con nombramiento Real ó de las Cortes, cumplida la edad de 16 años, antes de la cual no se abonará servicio alguno:
Página 113 - del reglamento sobre el modo de proceder el Consejo Real en los negocios contenciosos de la administración de 30 de diciembre de 1846,
Página 105 - del mismo reglamento, por el que se dispone que si el apelante no mejorare el recurso en el término señalado, se declarará desierta la apelación, y la sentencia
Página 315 - En las obligaciones pagaderas á plazos diversos, se calculará el valor por el de toda la obligación, cuando el juicio verse sobre la validez del principio mismo

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