Comentarios a las leyes de minas y sociedades mineras

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Página 198 - Doña Isabel II, por la Gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado, y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 19 En todos los dominios españoles habrá un solo sistema de medidas y pesas.
Página 254 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 248 - Las sustancias de la tercera sección sólo podrán explotarse en virtud de concesión que otorgue el Gobierno, con arreglo á las prescripciones de este decreto. La concesión de las sustancias á que se refiere este artículo, constituye una propiedad separada de la del suelo: cuando una de ambas deba ser anulada y absorbida por la otra, proceden la declaración de utilidad pública, la expropiación y la indemnización correspondiente.
Página 224 - ... beneficio, siendo bastante que se dé principio á las obras en el término de un mes, contado desde la fecha en que se presente dicha solicitud.
Página 249 - Cuando el objeto sea ejecutar galerías generales de investigación, desagüe ó transporte, se solicitarán las pertenencias necesarias, siempre que hubiere terreno franco, como en las demás concesiones; pero si estos trabajos hubieren de atravesar pertenencias ya concedidas, el empresario deberá ponerse de acuerdo previamente con los dueños respectivos, y concertar todas las demás condiciones para el caso de encontrar mineral. Si los dueños de las pertenencias se opusieran á la ejecución...
Página 248 - El suelo podrá ser de propiedad particular ó de dominio público, y el dueño nunca pierde el derecho sobre él, ni á utilizarlo, salvo caso de expropiación; el subsuelo se halla originariamente bajo el dominio del Estado, y éste podrá, según los casos y sin más regla que la conveniencia, abandonarlo al aprovechamiento común, cederlo gratuitamente al dueño del suelo, ó enajenarlo mediante un canon á los particulares ó asociaciones que lo soliciten, pero todo ello con sujeción estricta...
Página 248 - Los particulares podrán obtener cualquier número de pertenencias por una sola concesión, con tal que este número sea superior á cuatro. Todas las pertenencias que por su conjunto formen una concesión, deberán estar agrupadas, sin solución de continuidad, de suerte que las contiguas se unan en toda la longitud de uno cualquiera de sus lados (2).
Página 207 - ... al desagüe general, y consentirá por la superficie de sus pertenencias el tránsito necesario para el servicio de las ajenas. Indemnizará por convenio privado ó por...
Página 221 - Los derechos arancelarios que según el articulo precedente paguen los minerales ó metales á su exportación desde cualquier punto del Reino, no excederán del 3 por 100 de su valor, sin deducción de gastos de ninguna clase. Los plomos argentíferos pagarán los derechos de exportación, tanto por el plomo como por la plata que contengan. Al efecto, se establecerán por el Gobierno para simplificar la operación arancelaria, tipos de la respectiva ley de plata por circunscripciones mineras, cuya...
Página 222 - Contra las resoluciones por las cuales se confirme ó se desestime el permiso ó negativa de los Gobernadores para la investigación. Segundo. Contra aquéllas por las que se confirmen ó desestimen las providencias dictadas por los Gobernadores, concediendo ó negando la propiedad de minas, escoriales, terreros y galerías generales.

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