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De Madrid, á ocho días del mes de noviembre de mil y quinientos y cuarenta y seis años.

Yo el Príncipe (rúbrica).

Por mandado de Su Alteza,

Juan de Samano (rúbrica).

L

AL PRESIDENTE E OIDORES DE LA AUDIENCIA Real de la NUEVA ESPAÑA: QUE PROVEAN QUE UNA CASA QUE HAY EN MEXICO EN QUE SE SOLIAN DO(C)TRINAR LAS HIJAS DE LOS CACIQUES, SE DE AL HOSPITAL DE LAS BUBAS.-MADRID, 1546.

El Príncipe.

Presidente é oidores de la Audiencia Real de la Nueva España:

Don Fray Juan de Zumárraga, Obispo de esa ciudad de México, me ha hecho relación que junto al hospital real de las bubas que él hizo y fundó en esa ciudad, está una casa donde se solían doctrinar las niñas hijas de caciques y principales, en la cual dizque al presente no mora nadie; é que él, á su costa, edificó lo mejor della; que solamente el Emperador Rey, mi Señor, mandó dar dos(c)ientos pesos para el sitio y por lo poco que en ella estaba hecho; hame suplicado que, pues él ha

bía dado lo más que se había gastado en la dicha casa y el dicho hospital, tenía necesidad de ser socorrido para que tuviese alguna renta para con que se pudiesen curar los pobres que á él ocurriesen, le hiciese merced de mandar que la dicha casa se diese al dicho hospital, ó como la mi merced fuese, é yo túvelo por bien. Por ende, yo vos mando que proveáis que la dicha casa de que de suso se hace minción, siendo sin perjuicio de otro, se dé al dicho hospital, para propios dél, por cuanto por lo que á Su Majestad toca, yo hago merced y limosna al dicho hospital de la dicha casa.

Fecha en la villa de Madrid, á ocho días del mes de noviembre de mil é quinientos y cuarenta y seis años.

Yo el Príncipe (rúbrica).

Por mandado de Su Alteza,

Juan de Samano (rúbrica).

LI

AL VIRREY De la Nueva ESPAÑA: QUE PROVEA COMO SE ACABE DE HACER LA IGLESIA de MeCHOACAN.—VALLADOLID, 1550.

El Rey.

Nuestro Visorrey de la Nueva España:

Por parte de don Vasco de Quiroga, Obispo de la Provincia de Mechoacán, me ha sido hecha re

lación que la iglesia catedral de su Obispado está comenzada y por acabar, y que si Nos no damos orden para que se haga, no se podrá hacer por no tener fábrica; y me ha sido suplicado mandásemos proveer cómo se acabase. Lo cual, visto por los de nuestro Consejo de las Indias, y conmigo, el Rey, consultado, fué acordado que debía de mandar dar esta mi cédula para vos, é yo túvelo por bien; por que vos mando que veáis lo susodicho y proveáis cómo la dicha iglesia se acabe, y que toda la costa que se hiciere en lo que ansí está por acabar se reparta de esta manera: que déis orden que la tercia parte se pague de nuestra real hacienda, y con la otra tercia parte los vecinos y moradores encomenderos que tienen pueblos encomendados en él, y que por la parte que cupiere á Nos de los pueblos que estuvieren en nuestra Real Corona, contribuyamos como cada uno de los otros encomenderos.

Fecha en Valladolid, á once días del mes de marzo de mil y quinientos y cincuenta años.

Maximiliano.

La Reina.

Por mandado de Su Majestad, Sus Altezas en su nombre,

Juan de Sámano.

Señalada del Consejo.

LII

AL PROVINCIAL DE LA ORDEN DE SANTO DoMINGO DE LA NUEVA ESPAÑA: QUE PROCURE COMO TODOS LOS RELIGIOSOS DE SU ORDEN ENSEÑEN A LOS INDIOS LA LENGUA CASTELLANA. -VALLADOLID, 1550.

El Rey.

Venerable y devoto Padre Provincial de la Orden de Santo Domingo de la Nueva España:

Como tenéis entendido de nuestra real voluntad, Nos deseamos, en todo lo que es posible, procurar de traer á los indios naturales de esas partes al conocimiento de nuestro Dios, y dar orden en su instrucción y conversión á nuestra santa fe católica; y habiendo muchas veces platicado en ello, uno de los medios principales que ha parecido que se debería tomar para conseguir esta obra y hacer en ella el fruto que deseamos, es procurar que esas gentes sean enseñadas en nuestra lengua castellana y que tomen nuestra policía y buenas costumbres, porque por esta vía con más facilidad podrán entender y ser doctrinados en las cosas de la religión cristiana; y como los religiosos de vuestra Orden que en esa tierra residen, tratan más ordinariamente con esas gentes y conversan más

con ellos, como personas que entienden en su instrucción y conversión, parece que ellas podrían más buenamente entender en enseñar á los dichos indios la dicha lengua castellana, que otras personas; y que lo tomarán dellos con más voluntad y se sujetarían á la deprender con mayor amor, por el afición que les tienen, á causa de las buenas obras que dellos reciben. Por ende, yo vos ruego y encargo que procuréis cómo todos los religiosos de vuestra Orden que en esa Provincia residen, procuren, por todas las vías á ellos posibles, de enseñar á los indios de esa tierra la lengua castellana, y en ello pongan todo cuidado y diligencia, como cosa muy importante y principal, porque por este medio, como está dicho, parece que más brevemente esas gentes podrán venir al conocimiento de nuestro verdadero Dios, á ser industriados en las cosas de nuestra santa fe católica, en que tanto á ellos va; y porque esto se haga con más recaudo, nombréis personas de vuestra Orden que particularmente se ocupen y entiendan en esta obra, sin se ocupar en otra alguna, y tengan continua residencia, como la saben tener, preceptores desta calidad, y señalen horas ordinarias para ello, á las cuales los indios vengan. Yo escribo al nuestro Visorrey que para ello os dé todo el favor y calor necesario, en lo cual, demás de cumplir vos con la obligación que tenéis al servicio de Dios Nuestro Señor y ampliación de nuestra santa fe católica, seremos de vos servidos.

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