Imágenes de páginas
PDF
EPUB

livianas causas y á veces sin ninguna; y por el contrario, á los que son vuestros criados y de vuestra casa, puesto que tengan grandes descuidos y cometan delitos, nunca los castigáis, ni hacéis caso de ellos; suplicándome lo mandase proveer y remediar, de manera que cada uno de los dichos capitulares tenga libertad para votar y dar su parecer libremente, ó como la mi merced fuese. Lo cual, visto por los de mi Consejo de las Indias, fué acordado que debía mandar dar esta mi cédula para vos, y yo túvelo por bien; por lo cual, vos ruego y encargo que de aquí adelante dejéis y consintáis votar y decir sus pareceres libremente, en todos los negocios y causas que en el Cabildo de esa dicha iglesia se ofrecieren y trataren, á todas las dignidades y canónigos de ella, sin les poner embargo ni impedimento alguno, y que tengan toda libertad para ello, porque de lo contrario, me terné por deservido.

«Fecha en el Bosque de Segovia, diez y nueve de octubre de mil é quinientos y sesenta y cinco años. Yo el Rey.-Por mandado de Su Majestad, -Francisco de Erasso.»

En la ciudad de México, á veinte y un días del mes de febrero de mil é quinientos y sesenta y seis años, fué recibida, por los señores Presidente é oidores de la Audiencia Real de la Nueva España, la cédula de Su Majestad de esta otra parte contenida, en presencia de mí, Gordián Casasano, Escribano de Cámara de la dicha Real Audiencia;

y por los dichos oidores vista, la obedecieron con la reverencia y acatamiento debido, y mandaron á mí, el dicho Escribano de Cámara, notifique la dicha cédula al Reverendísimo Arzobispo de esta ciudad, á quien viene dirigida, para que guarde y cumpla lo que por ella Su Majestad le ruega y encarga; y lo señalaron con las rúbricas de sus firmas.

LXXX

A LA AUDIENCIA Y LOS OFICIALES DE la Real HACIENDA, De Nueva ESPAÑA: QUE DEN A LOS CURAS LA PARTE DE LOS DIEZMOS QUE LES CORRESPONDE.-MADRID, 1566.

El Rey.

Presidente é oidores de la nuestra Audiencia Real que reside en la ciudad de México, de la Nueva España, y á los oficiales de nuestra Real Hacienda, de ella:

Sabed que el Reverendo Gerónimo de Ulloa, nuestro Fiscal en el nuestro Consejo de las Indias, me ha hecho relación que la distribución que se manda hacer de los diezmos por las erecciones de los obispados é iglesias catedrales de esa tierra, no se cumple, porque á los curas no se les da la parte que por ella se les reparte; de lo cual á Nos y á los encomenderos en quien están encomendados los repartimientos de indios de esa tierra, se

sigue perjuicio, porque no se debiendo pagar á los dichos curas sino lo que les es necesario pa(ra) sustentación, sobre la parte de los diezmos que les cabe por las dichas erecciones, vos, los dichos nuestros oficiales, les pagáis enteramente los salarios que se les señalan, como si no tuviese(n) otra sustentación, quedándose los prelados con lo que pertenece á los dichos curas; y me suplicó vos mandase que de aquí adelante no pagásedes á los dichos curas cosa ninguna de nuestra Real Hacienda, sino que se les acudiese con la parte que les cabía por las dichas erecciones, y, no bastando aquello para sustentación, solamente les pagásedes la parte que bastase pa(ra) ello, ó como la mía merced fuese. Lo cual, visto por los del nuestro Consejo de las Indias, fué acordado que debía mandar dar esta mi cédula pa(ra) vos, y yo túvelo por bien; por ende, yo vos mando que proveáis y deis orden vos, los dichos nuestro Presidente é oidores, cómo á los dichos curas se acuda con la parte de los diezmos que les pertenece y se les aplica por las dichas erecciones, de manera que realmente lo hagan y gocen, según y de la manara que han y gozan los demás prebendados de las iglesias catedrales de esa Nueva España; y si aquello que así se aplica á los dichos curas por las dichas erecciones, no bastase, por lo que han de haber, conforme á lo que por Nos está ordenado y mandado que lleve cada uno de los dichos curas, lo que restase, pa(ra) cumplimiento de ello, les paguéis vos, los nuestros oficiales, y no otra cosa alguna; porque nuestra intención no

es de perjudicar en esto á Nos, ni á los dichos encomenderos, ni á otro tercero alguno.

Fecha en Madrid, á veinte y tres de noviembre de mil é quinientos é sesenta y seis años.

Por mandado de Su Majestad,
Francisco de Erasso.

Yo el Rey (rúbrica).

LXXXI

A LOS PRELADOS DE INDIAS: QUE NO PERMITAN QUE LOS CLERIGOS UTILES Y PROVECHOSOS REGRESEN A ESPAÑA.-MADRID, 1569.

El Rey.

Muy Reverendos in Jesucristo Padres Arzobispos de las nuestras Indias, é á cada uno y cualquier de vos á quien esta mi cédula fuere mostrada:

Sabed que Nos somos informados que en esas partes residen algunos clérigos que son útiles y provechosos para el servicio de Dios Nuestro Señor é instrucción y conversión de los naturales de ellas; y porque si estos tales se viniesen á estos Reinos, se seguirían algunos inconvenientes y no se haría el fruto que deseamos, vos ruego y encargo á cada uno de vos que á los clérigos que ansí tuviéredes en esas partes por útiles para el servicio de Dios Nuestro Señor, no les deis licencia con facultad para poder venir á estos Reinos, antes les

encarguéis y rogaréis se entretengan en esa tierra, y los ayudéis y acomodéis lo mejor que pudiéredes, que en ello seré servido.

Fecha en Madrid, á cinco de febrero de mil y quinientos y sesenta y nueve años.

Por mandado de Su Majestad,

Yo el Rey (rúbrica).

Antonio de Erasso (rúbrica).

LXXXII

AL ARZOBISPO DE MEXICO: QUE NO CONOZCA YA DE LOS DELITOS DE HEREJIA Y CONTRA LA FE CATOLICA, QUE QUEDAN ENCOMENDADOS AL TRIBUNAL DE LA INQUISICION. MADRID,

1570.

«El Rey.-Muy Reverendo in Jesucristo Padre Arzobispo de la ciudad de México, del nuestro Consejo:

«Sabed que después que á suplicación é instancia de los Reyes Católicos, mis Señores, la Sede Apostólica puso el Oficio de la Santa Inquisición contra la herética pravedad y apostasía en estos Reinos y Señoríos, los inquisidores apostólicos que han sido y son al presente, han entendido y entienden con toda diligencia y rectitud en extirpar las herejías y reducir al gremio de la Santa Madre Iglesia á los delincuentes que han confesado

« AnteriorContinuar »