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rio de Estado y del Despacho, en que estaba el órden que se habia de guardar en la publicacion de los Tratados de Paz y Comercio, convenidos y ajustados entre esta Corona y la Magestad del Señor Cárlos Sexto, Emperador de Romanos, paraque le diese al Rey de Armas mas antiguo, su tenor del qual es como se sigue:

PUBLICACION.

de

Oid, oíd, oíd: como de parte del Rey nuestro Señor se hace saber á todos, que á honra y gloria de Dios nuestro Señor, y para bien y reposo de la christiandad ha sido convenida, ajustada, asentada, y establecida una buena, segura, firme, y estable Paz y Comercio, Confederacion, perpetua Alianza, y Amistad, entre su Magestad el Rey Católico nuestro Señor, de la una parte, y Cárlos Sexto, Emperador de Romanos, la otra, por sus Magestades y sus herederos, y succesores, y por todos sus reynos, payses, tierras, señoríos, vasallos, y súbditos, y por medio de esta Paz y Comercio, union, y concierto, sus vasallos y súbditos volverán á sus bienes, para gozarlos desde la publicacion de esta dicha Paz, y podrán de aquí adelante ir y venir, freqüentar, y comerciar en los Reynos, Estados, y Señoríos, el uno del otro, tanto por mar, como por tierra, mercantilmente, y de qualquiera otra manera, seguramente, y en salvo, como antes de la guerra, de entre los dichos Señores el Rey Católico nuestro Señor, y el Emperador de Romanos, lo hacian, y podian hacer; y mándase de parte de su Magestad Católica á todos sus súbditos y vasallos, que de aquí adelante hayan de guardar y cumplir la dicha Paz y Comercio inviolablemente, sin alguna contravencion, só pena de ser castigados como quebrantadores de la referida Paz, sin remision, ó gracia alguna. Y en execucion de esta órden, se salió de la posada del dicho Ilustrísimo Señor Obispo de Sigüenza, Gobernador del Consejo Real de Castilla, yendo delante trompetas y timbales, siguiendo los Alguaciles de la Casa y Corte de su Magestad, nosotros los referidos Escribanos de Cámara, los Reyes de Armas, y Alcaldes, que van expresados: en cuya forma se fue delante del Real Palacio de su Magestad; y habiendo subido en un tablado, que para este efecto

estaba hecho y alfombrado, con su dosel, los dichos Alcaldes, Reyes de Armas, y infrascritos Escribanos de Cámara, por voz del referido D. Juan Antonio de Hoces y Sarmiento, Rey de Armas mas antiguo, se leyó, y publicó el papel y órden antecedente en altas é inteligibles voces, habiéndose tocado al principio y fin de dicha publicacion las trompetas y timbales; desde cuyo sitio se pasó en la misma forma y acompañamiento á la Puerta de Guadalaxara de esta Corte, donde está el tráfico y comercio, y se executó otra tal publicacion, con la misma solemnidad; y tambien delante de la Iglesia Parroquial de Santa María de la Almudena de esta Villa, en dos tablados, que en estos parages estaban hechos, alfombrados, y con sus doseles, á este fin: á todo lo qual concurrió mucho número de gente, de que certificamos nosotros los referidos Escribanos de Cámara del Consejo. Y paraque conste, lo firmamos en el expresado dia diez y ocho de julio de mil setecientos veinte y cinco años. cinco años. = D. Baltasar de San Pedro. = D. Bartolomé Garcia Viso.

LLL

TRATADO DE PAZ,

CONCLUIDO

entre el Rey de España D. Felipe V, el Emperador de Alemania Cárlos VI, y el Sacro Romano Imperio, en Viena á 7 de junio de 1725;y ratificado por su Magestad Católica en San Ildefonso en 24 de julio del mismo año.

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