Concepto del extranjero y su diferente condición jurídicaHijos de M.G. Hernández, 1906 - 34 páginas |
Términos y frases comunes
1.º de Mayo 12 de Julio 15 título 2.º Los hijos 26 de Febrero 26 de Mayo 7 de Enero Alemania aplicable artículos Bélgica celebrado ción cipio ciudadanos clase de personas Código civil colectivas concede Concepto del Extranjero confundir ambas ideas confundir la idea consideraciones consignado Constitución Convenio cualidad debe decreto de 17 delitos Derecho internacional privado Derecho político derechos civiles derechos y obligaciones dice Diciembre diferente condición jurídica Espa estatuto personal extran extranjero y madre extranjeros avecindados Febrero de 1869 Febrero del 82 Francia ganado vecindad hijos de padre individuo Italia jeros Junio del 80 lebrados madre española Mayo del 87 mundo Nación nacionalidad española padres extranjeros país Países Bajos pañol persona individual persona jurídica Portugal principalmente del extranjero principios propias Real decreto Real orden rechos regirse reside rio español sentencias sometido súbditos suprimiendo la legalización territorial tículo Tratado de 7 Tratado de comercio Tribunal validez en España
Pasajes populares
Página 24 - Los hijos de un extranjero nacidos en los dominios españoles, deberán manifestar dentro del año siguiente á su mayor edad ó emancipación, si quieren gozar de la calidad de españoles que les concede el art. 17.
Página 22 - Los hijos de padre ó madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España. 3.° Los extranjeros que hayan obtenido carta de naturaleza. 4.° Los que sin ella hayan ganado vecindad en cualquier pueblo de la Monarquía. La calidad de español se pierde por adquirir naturaleza en país extranjero , y por admitir empleo de otro Gobierno sin licencia del Rey.
Página 24 - Los que se hallen en el Reino harán esta manifestación ante el encargado del Registro civil del pueblo en que residieren; los que residan en el extranjero, ante uno de los Agentes consulares ó diplomáticos del Gobierno español; y los que se encuentren en un país en que el Gobierno no tenga ningún Agente, dirigiéndose al Ministro de Estado en España.
Página 25 - Los extranjeros podrán establecerse libremente en territorio español, ejercer en él su industria ó dedicarse á cualquiera profesión para cuyo desempeño no exijan las leyes títulos de aptitud expedidos por las Autoridades españolasLos que no estuvieren naturalizados no podrán ejercer en España cargo alguno que tenga aneja autoridad ó jurisdicción.
Página 23 - Para que los extranjeros que hayan obtenido carta de naturaleza ó ganado vecindad en cualquier pueblo de la Monarquía gocen de la nacionalidad española, han de renunciar previamente á su nacionalidad anterior, jurar la Constitución de la Monarquía é inscribirse como españoles en el Registro civil.
Página 25 - Los extranjeros gozan en España de los derechos que las leyes civiles conceden á los españoles, salvo lo dispuesto en el art. 2.° de la Constitución del Estado ó en tratados internacionales.
Página 23 - Los hijos, mientras permanezcan bajo la patria potestad, .tienen la nacionalidad de sus padres. Para que los nacidos de padres extranjeros en territorio español puedan gozar del beneficio que les otorga el núm. 1.°...
Página 22 - nacido en territorio español , de padres extranjeros ó de padre extranjero y madre española, si no hacen aquella reclamación. 4." Los que han nacido fuera del territorio de España de padres que han perdido la nacionalidad española. 5.° La mujer española que contrae matrimonio con extranjero.
Página 26 - SM Católica y la República mejicana se convienen en que los subditos y ciudadanos respectivos de ambas naciones conserven expeditos y libres sus derechos para reclamar y obtener justicia y plena satisfacción de las deudas, bona fide...
Página 26 - ... como también en que no se les ponga por parte de la autoridad pública ningún obstáculo legal en los derechos que puedan alegar por razón de matrimonio, herencia por testamento o...