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así permanecieron hasta que llegaron los reclutas, que fué bastante tarde. El Gobierno, vista la falta de recursos, acudió á las Córtes, las cuales le autorizaron con bastante plenitud para sacarlos; pero á pesar de los esfuerzos de las Diputaciones provinciales en proporcionárselos, no han podido hacer todo lo que deseaban. Por otro lado, la necesidad de conservar la plaza de Ceuta obligó al Gobierno á enviar tropas veteranas. Todo esto ha ocasionado que el Gobierno no haya podido llevar á efecto algunas disposiciones que tenia ideadas.»

El señor Galiano preguntó al señor Secretario de la Guerra el dia en que recibió el parte de la entrada de los franceses en la Carolina.

El señor Secretario del Despacho contestó que ayer mañana entre nueve y diez.

El señor Galiano preguntó qué providencias se habian tomado para poner á la persona de S. M. y á la Representacion nacional á cubierto de toda tentativa.

El señor Secretario de GRACIA Y JUSTICIA: «Hace ya diez ó más dias que el Gobierno, previendo por las noticias que tenia que los franceses, más tarde ó mas temprano podian, aunque contra todas las reglas militares, tratar de invadir la Andalucía, reunió una junta de generales y otras personas militares de las de más confianza, y á fin de explorar su dictámen le propuso dos cuestiones. Primera: si en todo el mes de junio intentan los franceses invadir la Andalucía por cualquier punto, atendiendo el número y posicion de nuestras fuerzas, ¿habrá probabilidad de impedir la invasion? Segundo: si no hubiera esta probabilidad, ¿á qué punto deberán trasladarse el Gobierno y las Córtes? Estas dos cuestiones se discutieron en junta presidida por el mismo ministerio, y todos los votos convinieron en la negativa de la primera, esto es, en que no habia probabilidad de poder resistir la invasion; y en cuanto á la segunda cuestion, todos convinieron en que no habia otro punto que la Isla Gaditana.

«Repitiéronse los avisos, unos confidenciales, otros vagos, de los movimientos de los franceses; y deseando el Gobierno proceder en este asunto con la seguridad que corresponde, creyó que no estaba bastante á cubierto de los ataques de los enemigos. Hizo por escrito las mismas preguntas à la referida junta, y contestó de la misma manera: recibió las noticias de ayer, y el Gobierno dió cuenta de todo à S. M. El rey, conformándose con el dictámen del ministerio, y arreglándose á lo prevenido en la Constitucion, mandó que se consultára al Consejo de Estado con toda la urgencia que reclamaban las circunstancias: el Consejo se reunió inmediatamente, estuvieron en él los Secretarios del Despacho hasta las once de la noche; y creyendo el Consejo que era imposible dar en el acto su parecer, lo suspendió hasta el dia siguiente, ofreciendo que se declararia en sesion permanente hasta evacuar la consulta.

«Anoche entre ocho y nueve se recibió en efecto la consulta, en la cual convenia el Consejo con el dictámen de la junta de generales, apoyando la absoluta necesidad de trasladarse las Cortes y el Gobierno, y variando solamente en cuanto al punto de la traslacion, que creia debia ser el de Algeciras. Inmediatamente, siguiendo el ministerio su marcha franca, informó á Su Majestad del resultado. No puedo en este momento decir otra cosa sino que Su Majestad hasta el instante de nuestra salida no ha llegado á resolver definitivamente. Puedo asegurar á las Córtes que el ministerio, en cuanto cabe en su posibilidad, ha hecho y bará todo lo que debe hacer.»

El señor Galiano hizo varias preguntas á los señores Secretarios del Despacho, concluyendo con esta: si creian que podrian ser ministros sosteniendo la Constitucion sin verificarse la traslacion.

TOMO XIV.

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El señor Secretario de Gracia y Justicia contestó que no estaba prevenido para responder á las preguntas que acababan de hacersele, ni podía haberse puesto de acuerdo con sus compañeros, tanto más, que dos no estaban en el salon; y que podia asegurar á las Cortes que el ministerio estaba firmemente persuadido de que la salud de la patria se interesaba en que el Gobierno y las Córtes se trasladasen á otro punto más seguro.

El señor Galiano suplicó á los señores Secretarios del Despacho que no tomasen parte alguna en la discusion, porque iba á tomar un giro diverso. «Tenemos que seguir un giro (continuó el orador), que si bien puede decirse constitucional, es en cierto modo violento; sin embargo, en unas circunstancias como las actuales, yo no dudo que las Córtes españolas deben dar un ejemplo de su firmeza. Invito, pues, à las Córtes á que se dirijan á S. M., sin reconocer ningun intermedio entre la Representacion nacional y su Real persona, pues es de sospechar que los ministros no tienen la confianza necesaria de S. M. para llevar á cabo la medida importante de la traslacion.

«Si no estuvieran tan recientes las últimas ocurrencias de varias naciones; si por desgracia aquella palabra de los reyes, que algun tiempo era tenida por sagrada, no fuese una cosa la más vana; si no tuviésemos el ejemplo de los reyes de Nápoles y del Piamonte; si el de Portugal, que pasaba por el primer ciudadano de aquella monarquía, en tres días no hubiese firmado tres proclamas absolutamente de sentido diverso; si el conocimiento de las arterías, de la intriga y de la seduccion no precediesen al peligro en que se encuentra la patria, yo sofocaria mis deseos, pero no es tiempo de contemplaciones. Es menester que las Córtes se dirijan á S. M., y de una vez le digan: «Señor, no hay medio; si V. M. se ha de salvar; si ha de salvar V. M. el trono constitucional, porque no tiene otro; si V. M. desea salvar á la nacion de una borrasca, es llegado el momento de hacer un gran sacrificio: V. M. tiene que seguir á la Representacion nacional; pero si es tál la fatalidad de las circunstancias que V. M. descyese la voz de unos consejeros constitucionales, de sus amigos los patriotas, los que jamás han faltado en lo mas minimo al respeto que merece V. M., y desatendiendo todas estas consideraciones, oyendo consejeros secretos, persiste en su permanencia en Sevilla, que no puede menos de entregarnos á nuestros enemigos, las Cortes no pueden permitirlo; y valiéndose de las fórmulas constitucionales creen que V. M. se halla en un estado en que no le permite elegir lo mejor: las Córtes pondrán á V. M. en el camino real,>>

Se estendió la proposicion del señor Galiano y quedó aprobada sin discusion. El señor Argüelles hizo una adicion para que se entendiese la proposicion con respecto á la familia real, se señalase el punto de la Isla Gaditana y el tiempo de la salida hasta mañana al medio dia. Despues de una discusion entre varios señores diputados, quedó aprobada.

Se recibió el oficio de que S. M. habia señalado la hora de las cinco para recibir la Diputacion, y salió ésta, compuesta de los señores Valdés (D. Cayetano), Becerra, Calderon, Abreu, Benito, Moure, Prat, Surrá, Ayllon, Tomás, Trujillo, Montesinos, Suarez, Llorente, y dos secretarios.

Se aprobó la siguiente proposicion del señor Zulueta.

aPido que se autorice al Gobierno para que pueda reunir y otorgar iguales auxilios que á los beneméritos milicianos de Madrid á los de esta ciudad y demás pueblos que quieran seguir al Gobierno, formando cuerpos con la denominacion de su mismo pueblo ó provincia.»

M.

para

El señor presidente anunció que siendo la hora señalada por S. recibir á la Diputacion, podia ésta salir á cumplir con su encargo. Salió en efecto dicha Diputacion."

Habiendo vuelto ésta de palacio, el señor Valdés (D. Cayetano), como presidente de ella, dijo: Señor, la Diputacion de las Cortes se ha presentado á Su Majestad, le ha hecho presente que las Cortés quedaban en sesion permanente, y habian determinado su traslacion de hoy á mañana segun las noticias que habia, y segun el estado en que estaban las cosas; pues si los enemigos hacian algunas marchas forzadas, no darian lugar á la traslacion, y que por lo tanto convenia la salida de su persona y de las Córtes á la Isla Gaditana. Hizo presente igualmente á S. M. que tuviera la misma bondad que tuvo en Madrid para determinar venirse á esta ciudad, pues que Sevilla no era un punto de seguridad, y que aunque las Córtes habian decidido venir á Sevilla, habia sido porque no debia ser lo mismo para el enemigo internarse ochenta leguas que ciento ochenta, pero que habiendo entrado los enemigos en la capital, y acercándose ya tambien á esta ciudad, convenia se trasladase Su Majestad á un punto de seguridad como el que presentan los fuertes muros de Cádiz.

S. M. contestó que su conciencia y el interés de sus súbditos no le permitian salir de aquí, y que como individuo particular no tendria inconveniente en trasladarse; pero que como rey no se lo permitia su conciencia.

Le hice presente à S. M. que su conciencia estaba salva, pues aunque como hombre podia errar, como monarca constitucional no tenia responsabilidad ninguna: que oyese á los consejeros y á los representantes de la nacion, sobre quienes pesaba la salvacion de la patria.

S. M. contestó que habia dicho.

La Diputacion, pues, ha cumplido con su encargo, y hace presente à las Córtes, que S. M. no tiene por conveniente la traslacion.

Tomo despues la palabra el señor Galiano, y dijo: «Llegó ya la crisis que debia estar prevista hace mucho tiempo. La monarquía constitucional de España se vé en una situacion tan nueva como jamás se ha visto ninguna otra. Conservar, pues, ilesa la Constitucion, y salvar la patria por los medios ordinarios que aquella prescribe es ya imposible; pero no lo es conservar la Constitucion por los medios extraordinarios que ella misma indica. Yo suplico encarecidamente á todos los señores diputados y á todos los españoles que están presentes en esta discusion, conserven la calma que es tan necesaria en una

crisis como la actual.

«He dicho que las circunstancias y nuestra situacion son enteramente nuevas, y no hay en ella un remedio ordinario para este mal; efectivamente, no es posible suponer el caso de un rey que consienta quedarse en un punto para ser presa de los enemigos, y mayormente cuando estos enemigos traen la intencion de poner el yugo mas afrentoso à esta nacion heróica,

«No queriendo, pues, S. M. ponerse á salvo, y pareciendo mas bien á primera vista que S. M. quiere ser presa de los enemigos de la patria, Su Majestad no puede estar en el pleno uso de su razon: esta en un estado de delirio, porque ¿cómo de otra manera suponer que quiere prestarse á caer en manos de los enemigos? Yo creo, pues, que ha llegado el caso que señala la Constitucion, y en el cual á S. M. se le considera imposibilitado; pero para dar un testimonio al mundo entero de nuestra rectitud, es preciso considerar á Su Majestad en un estado de delirio momentáneo, en una especie de letargo pasajero, pues no puede inferirse otra cosa de la respuesta que acaban de oir las Cortes. Por tanto, yo me atreveria á proponer à éstas que considerando l nuevo y extraordinario de las circunstancias de S. M. por su respuesta, que indica su indiferencia de caer en manos de los enemigos, se suponga por ahora á S. M., y por un momento, en el estado de imposibilidad moral, y mientras, que se nombre una regencia que reasuma las facultades del poder ejecu

tivo, solo para el objeto de llevar á efecto la traslacion de la persona de Su Majestad, de su real familia y de las Córtes.»

El orador pasó á formalizar su proposicion, la cual se leyó, y es como sigue:

«Pido á las Cortes, que en vista de la negativa de S. M. á poner en salvo su real persona y família de la invasion enemiga, se declare que es llegado el caso provisional de considerar á S. M. en el del impedimento moral señalado en el artículo 487 de la Constitucion, y que se nombre una Regencia provisional que para solo el caso de la traslación reuna las facultades del poder ejecutivo.»

Se declaró comprendida esta proposicion en el art. 100 del Reglamento, y hablaron en contra de ella los señores Vega Infanzon y Romero, y la apoyaron los señores Argüelles y Oliver. Se declaró el punto suficientemente discutido, hubo lagar á votar sobre la proposicion, y quedó aprobada.

Igualmente se aprobó la siguiente proposicion del mismo señor Galiano. «Pido á las Cortes que interin se nombra la Regencia acordada, se mande venir a la barra al Comandante general, Intendente y Gobernador de la plaza.»>

Tambien se aprobó la siguiente del señor Infante:

«Pido á las Cortes que se nombre una comision que proponga á las mismas el número de individuos que hayan de componer la Regencia.»

Se nombró para formar la comision que habia de proponer los individuos que han de componer la Regencia, á los señores Argüelles, Gomez Becerra, Cuadra, Alava, Escovedo, Infante, Istúriz, Salvato y Florez Calderon.

La comision se retiró para cumplir su encargo.

Habiendo vuelto al salon se leyó su dictamen, reducido é que la Regencia fuese compuesta de tres individuos, debiendo en su concepto nombrarse á los señores don Cayetano Valdés, Diputado á Córtes, Presidente, don Gabriel de Ciscar, Consejero de Estado, y dou Gaspar Vigodet, tambien consejero do Estado.

Qnedó aprobado este dictámen.

El señor Riego pidió que inmediatamente prestasen el juramento prevenido en la Constitucion los Regentes que se habian nombrado.

El señor Galiano observó que los señores Valdés y Ciscar podrian prestarle inmediatamente, y luego podria prestarle el señor Vigodet, pues en la actualidad se hallaba ocupado en asuntos de la mayor importancia.

Se leyeron los artículos de la Constitucion que tratan del modo como debe prestarse el juramento por los individuos de la Regencia.

Se dió cuenta de un oficio del señor Secretario interino del Despacho de la Gobernacion de la Península, fecha de hoy á las siete de la tarde, en que manifestaba que habia tomado y continuaba tomando todas las providencias necesarias para la conservacion del órden y seguridad pública. Las Cortes quedaron enteradas.

Se mandaron agregar al acta los votos particulares siguientes:

El de los señores Quiñones y Romero, contrario á no haberse acordado hallarse la nacion en el caso del art. 487 de la Constitucion.

El de los señores Lamas, Alcántara, Eulate, Diez y Ruiz del Rio, contrario á la aprobacion de la proposicion del señor Galiano para que se nombre una Regencia provisional.

El de los señores Vega Infanzon, Alcalde, Alcántara, Lamas, Vargas, Prado, Ferrer (don Antonio) y Ruiz del Rio, por no haberse admitido la propuesta de que se enviase un nuevo mensaje á S. M.

Se leyó y halló conforme con lo aprobado la minuta de decreto sobre el

nombramiento de la Regencia, que presentaba ya revisada la comision de Correccion de estilo.

Hallándose presentes los dos señores Regentes don Cayetano Valdés y don Gabriel de Ciscar para prestar el juramento, se leyeron los articulos de la Constitucion que tratan de este acto, y se nombró para acompañar á Palacio á la Regencia á los señores Riego, Llorente, Florez Calderon y Ayllon.

Prestaron el juramento en seguida, los dos señores Regeutes, y el señor Presidente de las Córtes pronunció un discurso manifestando la necesidad en que se habia puesto á la Representacion nacional de tomar una medida de esta naturaleza.

El señor Presidente de la Regencia contestó en un breve discurso, manifestando cuán sensible le era la situacion en que pérfidos consejeros habian puesto á S. M., al que deseaba ver en la plenitud de sus derechos; pero que sobre todo, aunque no estaba hecho á vencer, habia conservado siempre su honor, y sabria morir en esta ocasion con gloria por salvar á la patria.

Salió la Regencia para Palacio acompañada de la Diputacion de las Cortes, entre los infinitos vivas y aplausos de los señores Diputados y espectadores. Se mandó insertar en el acta el voto del señor Sanchez, contrario al nombramiento de la Regencia provisional.

Entró á jurar el señor Vigodet, nombrado individuo de la Regencia.

Se aprobó una proposicion del señor Canga, para que se nombrase una comision especial que se entienda con el Gobierno en los medios de traslacion.

Fueron nombrados para componerla los señores Ferrer (don Joaquin), Canga, Infante, Escovedo y Sanchez.

Entró la comision que acompañó á la Regencia, y su Presidente, el señor Riego, dijo que la Regencia quedaba instalada, y que los aplausos y demostraciones de alegría con que habia sido acompañada manifestaban que el pueblo español quiere que se adopten medidas enérgicas en las circunstancias actuales.

Se leyó un oficio del Excmo. señor don Cayetano Valdés, Presidente de fa Regencia provisional del Reino, en que participaba á las Cortes haberse instalado aquella á las once de esta noche en el Palacio arzobispal de esta ciudad. Las Córtes quedaron enteradas.

A las tres de la mañana anunció el señor Presidente que habiendo mandado persona de toda confianza que investigase confidencialmente si la Regencia nombrada habia experimentado alguna oposicion por las autoridades, tenia la satisfaccion de saber y anunciar á las Córtes que no habian encontrado ningun obstáculo en el ejercicio de sus funciones. Que tambien habia deseado saber si la Regencia encontraba algun inconveniente en que las Cortes suspendiesen por pocas horas su sesion, y que debia tambien anunciar haber indicado la Regencia que no habia motivos para que las Córtes no pudiesen suspender momentáneamente la sesion; y asi que éstas resolviesen si se suspenderia para continuarla á las ocho de la mañana.

El señor Galiano manifestó que además del efecto moral que deberia producir esta sesion, aun no se habian cumplido los objetos para que se habia declarado permanente: y que en caso de necesitarse la reunion de los Diputa dos seria por un acontecimiento repentino, que no lo esperaba, pero que podia traer muchos inconvenientes el que cada señor Diputado estuviese en

su casa.

Los señores Saavedra y Soria reprodujeron y apoyaron las razones es puestas por el señor Galiano.

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