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rativa, sólo justificada por la costumbre y la tradicion como remedio supremo á las demasías y arbitrariedades de los Reyes, que no era otra cosa que la legalizacion del derecho de insurreccion; y la destruyó tan completamente y tan en armonía con el sentido del pueblo aragonés, que cuando el infante don Fernando, aliado del Rey de Castilla, quiso animar en 1356 á los antiguos partidarios, para hostilizar al Rey de Aragon, procurando resucitar aquel perturbador derecho, el país oyó indiferente estas excitaciones.

Despues de la época citada, el sistema parlamentario en Aragon fué continuamente mejorando, y es forzoso reconocer tambien, que este sistema era mucho más liberal que el de Castilla y con superiores atribuciones, pues constituyéndose las Córtes en Tribunal, fallaban en única instancia todos los asuntos que avocaban á su conocimiento, protegiendo á los súbditos en union del Justicia, contra las opresiones y arbitrariedades que pudiese intentar la Corona. De esta institucion nos hemos ocupado detenidamente en otro lugar, demostrando que fué un instrumento de la nobleza cuando ésta reunia toda la fuerza social; que pasó despues

á ser un empleado del Rey, y que segun la opinion nada sospechosa, de los Sres. Marichalar y Manrique: «Semejante institucion y sus inmensas facultades, eran incompatibles con la Monarquía, pues el Justicia en la aplicacion de las leyes era rey del Rey. No.á tanto llegaban los tribunos, pues aunque en las épocas de su gran poder exagerasen sus atribuciones, el orador nos enseña que abusaban. El conservarse por tantos siglos en Aragon la institucion del Justicia demuestra un espíritu demócratico que no se concibe fácilmente con Monarquía.» Estas palabras nos permiten creer, que si bien la idea fecunda de libertad racional habia echado hondas raíces en Aragon, no puede constituir una singularidad de que careciesen Leon, ni Castilla. La libertad política era la consecuencia de la trasformacion que en todas las fuerzas sociales se realizaba en bien de la civilizacion hasta llegar á la unidad nacional, bajo el reinado de los Reyes Católicos, cuyo lema era la Ley y sólo la Ley. Estos Monarcas terminaron gloriosamente la obra que sus predecesores habian comenzado con la concesion de cartas pueblas y establecimiento de los comunes. Les fué fácil abolir una gran parte de los derechos

de la aristocracia, demoler sus castillos y fortalezas é incorporar á la Corona las jurisdicciones privilegiadas. Alguna vez, despues del siglo xv, quiso la nobleza recobrar su perdida influencia, pero todo fué en vano, porque nada bastó para dar vida al cadáver de su antiguo poderío.

Considerado el reinado de los Reyes Católicos como la transicion de la Edad Media á la Edad Moderna, todos los historiadores han reconocido que durante él, se completó la gloriosa obra de ocho siglos, la unidad religiosa con la conquista de Granada, y la union de la Península con el Nuevo Mundo. La misma Academia de la Historia, estimando á la reina Doña Isabel la Católica como una de las grandes figu ras nacionales, y la más acreedora á la gratitud de los españoles y á la admiracion de la posteridad, acordó señalar para su Elogio la Junta pública del año 1805, que por varios incidentes se retardó hasta el 31 de Julio de 1807 en que fué leido, disponiendo la Academia que se imprimiese al principio del tomo vi de las Memorias. El trabajo se debió á la pluma de don Diego Clemencin, su Secretario perpetuo, y sus ilustraciones son un arsenal inagotable para

juzgar con imparcialidad los hechos notorios que tuvieron lugar en este memorable reinado. La vida de Doña Isabel será siempre un modelo de moderacion, de templanza y de heroismo. Documentos que existen en el Archivo de Simancas y que Clemencin relata en su notabilísimo trabajo, prueban que además de la corona de Castilla que hizo construir en la villa de Ocaña á García Gomez, platero de Valencia, de oro y piedras preciosas, poseía varias joyas de incalculable valor, y entre ellas un collar con veinte balajes de perlas, cuyas joyas habian sido entregadas en 15 de Enero de 1477 á Martin Cuello de Cárdenas, encargado de la Real Cámara. Parte de ellas fué regalada á la Princesa Doña Margarita de Austria cuando casó con el Príncipe D. Juan de Castilla en 1497, y parte remitido por la Reina Isabel á su hija Doña María, Reina de Portugal, en 1500. Todas estas joyas, que eran de un valor inmenso, las tenía Isabel la Católica para adorno de su persona y decoro conveniente de la dignidad real, pero segun Clemencin estaban como en depósito y de reserva para cuando el Estado las necesitase.

El cronista Hernando del Pulgar, al reseñar

los hechos gloriosos de este reinado, reconoce que por la solicitud de la Reina, se comenzó y por su diligencia se continuó la guerra contra los moros hasta que se ganó todo el reino de Granada, y fué tal su constancia y el trabajo y diligencia que continuamente puso con gran fatiga de espíritu en las provisiones y otras fuerzas, que parecia haber comenzado la conquista por voluntad divina (1). Cuando los Reyes Católicos celebraron Córtes en Valladolid en 1441, para jurar solemnemente al Príncipe D. Juan, hicieron ya presente la urgencia de reunir alguna suma de florines con que poder reparar parte de las necesidades que les ocurrian, no habiendo tenido su pretension el satisfactorio resultado que alcanzaron del Principado de Cataluña que reconoció el deber de pagar desde luego 100.000 libras de oro, y más tarde 200.000, que se impusieron sobre las mercaderías y rentas de aquel reino para abonarlas en cierto número de años. Las exigencias siempre crecientes de la guerra, obligaron á los Reyes Católicos, en 1486, á realizar varios empréstitos á algunos caballeros y otras perso

(1) Capítulo Iv, part. 2.', fol. 38.

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