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de, y capitán don Fernando Bravo, fiel ejecutor, para que vean hacer la dicha obra y la hagan hacer con fundamento.

PROCURADOR GENERAL.-En este cabildo se mandó que el señor capitán Miguel de Zamora, regidor, haga oficio de procurador general en ausencia de el procurador de la ciudad y por las excusas que

ha dado.

DIPUTADOS DEL HOSPITAL.-Nombróse por diputados de el hospital á don Diego Xara, regidor de esta ciudad.

Y lo firmaron.-Don Diego González Montero.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Jerónimo Hurtado de Mendoza.-El Doctor Molina.Don Diego Xaraquemada.-Miguel de Zamora Ambulodi.-Don Fernando Bravo.-Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 1621.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en diez días de el mes de septiembre de el año de mill y seiscientos y veinte y uno, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue.

SOBRE EL MAYORDOMO DE LA CIUDAD.-Don Francisco de Larez y Deza, digo: que V. S. se sirvió de elegirme por síndico, mayordomo, y procurador general desta ciudad, en cuya merced yo he sido muy honrado de V. S., y porque al presente me hallo imposibilitado de poder servir á V. S. en el dicho cargo respeto de las muchas ocupaciones que de nuevo se me han recrecido con la elección de comisario de la Santa Cruzada y haber de dar cuenta de la tesorería general que está á mi cargo y tomarlas á los demás tesoreros y hacer los consumos y despachar nuevos recaudos, todos importantes al servicio de S. M., y juntamente tener al presente que tomar cuentas á los albaceas del maese de campo don Juan de Quiroga y yo darlas del albaceazgo de doña Mariana Osorio, sin otras muchas causas que mías tengo pendientes en todos tribunales, que por ser precisas y urgentes, de necesidad he de acudir á ellas; por lo cual y mi poca salud no puedo acudir con la puntualidad que debo á las de V. S. y desta ciudad, en que tengo encargada mi conciencia, demás de que se pueden perder las dichas causa por negligencia, respeto de mis muchas ocupaciones: todo lo cual es en perjuicio de la ciudad, y V. S., como cabeza á quien incumbe el remedio, pues le consta por evidencia; atento á lo cual, á V. S. pido y suplico se sirva de haberme por

excusado del dicho cargo y le proveea en persona que esté menos ocu. pada, pues con muchas ventajas tiene V. S. en este Cabildo quien pueda acudir á él y le consta de todo lo referido, que en ello recibiré bien y merced de V. S., etc.-Don Francisco de Larez y Deza.

En tres de septiembre del año de mill y seiscientos y veinte y uno se presentó en cabildo esta petición, y, vista, mandaron que traiga parecer del letrado de la ciudad en si, conforme á derecho, se le pueda admitir la dejación por las causas que alega, y, fecho, se proveerá. Ante mí.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

Vista la petición de don Francisco de Larez y Deza, síndico, mayordomo y procurador general de esta ciudad por V. S. nombrado este presente año y las causas de excusación que da para excusarse del dicho cargo y para que V. S. le provea en otro habiéndole por excusado, de que se lé mandó en tres deste presente mes de septiembre llevase parecer mío de si por las dichas causas se le podía, conforme á derecho, admitir la dejación de el dicho cargo, digo: que puede V. S. admitirla, siendo de ello servido, sin que por lo dicho en ningún tiempo se le pueda hacer cargo alguno, y esto no porque las excusas que da el dicho síndico, mayordomo y procurador general induzgan necesidad precisa en V. S. de admitirlas, porque, antes, sin embargo de ellas, pudiera V. S. compelerle á usarle, una vez acetado. hasta la fin del año; pero, porque son urgentes bastantes y suficientes para que V. S., queriendo, le haya por excusado y por constarme de que el dicho procurador general por sus muchas ocupaciones apenas acude á sus causas y negocios propios que tiene pendientes en diversos tribulales, soy de parecer que V. S. se sirva de le haber por excusado y proveer el dicho oficio en quien fuere servido.

Fecho en Santiago, en seis de septiembre de mill y seiscientos y veinte y un años.-El Licenciado Segura.

Y visto por Su Señoría el dicho pedimiento y parecer, y considerando que las causas de esta ciudad perecen por no acudir á ellas el dicho don Francisco Larez y cuánto importa que se nombre persona que acuda á ellas, cual convenga; cuanto pueden y de derecho deben y no en más, se admiten las excusas de el dicho don Francisco Larez de el dicho oficio de procurador general, y atento á la negligencia que ha tenido en su oficio y á preferir las demás causas de su cargo á las de la ciudad, se manda á mí el escribano dé noticia de este proveimiento á los demás Cabildos que adelante hubiere, para que atendiendo á él, no le ocupen en cosas de la ciudad.

El señor Dotor Molina fué de parecer que no se admita.

De pedimiento de don Francisco Larez, en diez y siete de septiembre de mill y seiscientos y veinte y uno, se revocó este auto en cuanto contiene estos cinco renglones y se asentó en su pedimiento, don de consta.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

PROCURADOR GENERAL.-En este cabildo, de un acuerdo y conformidad, nombraron por procurador general de esta ciudad, por el tiempo que falta de este año, al señor capitán Miguel de Zamora, regidor de esta ciudad, en conformidad de la espiriencia que se tiene de lo que ha servido á esta ciudad y la puntualidad y cuidado con que ha acudido á todo lo que se le ha encargado y el tiempo que usó el dicho oficio de tal procurador, y para usar el dicho oficio le dieron poder en forma con libre y general administración; el cual lo aceptó y juró de lo usar como debe y es obligado.

MAESTRO DE ESCUELA.-En este cabildo se remitió al señor alcalde capitán Jerónimo Zapata de Mayorga el buscar persona que sea maestro de escuela.

CUENTAS DEL TAJAMAR.-En este cabildo se remitió el hacer las cuentas de lo que se ha cobrado del tajamar y de la puente y lo que falta por cobrar, al señor don Diego Xaraquemada, para lo cual le dieron comisión en forma.

PUENTE DE MAIPO.--Que se apregone el arrendamiento del pasaje de la puente de el río de Maipo para que lo arrienden y aderecen, y no habiendo arrendador, que se ponga persona que lo tenga á cargo, lo cual remitieron al señor don Diego Xaraquemada y al procurador general de esta ciudad para que lo hagan.

QUE SE APELE DE LA CÉDULA.--En este cabildo se mandó al procurador general suplique de la cédula que se ha publicado sobre la división de los indios y encomiendas por dejación y sobre ello haga todas las diligencias necesarias y que convengan.

DIPUTADOS DEL HOSPITAL.--En este cabildo se nombraron por diputados al hospital al señor alcalde Jerónimo Zapata y don Diego Xaraquemada.

SOBRE EL TAJAMAR.--En este cabildo se mandó que en conformidad del auto que el señor Gobernador ha proveído para el vestuario de los indios que trabajan en el tajamar, entregue el depositario al general don Pedro Lisperguer el vestuario que tiene comprado para el dicho efeto, y le requiera luego lo reciba, y el procurador general pida y suplique del dicho auto en cuanto a las obras públicas para que Su Señoría mande entregar las que ha aplicado y están á cargo de el tesorero.

Y lo firmaron.--Don Diego González Montero.--Jerónimo Zapata de Mayorga.-Ginés de Toro Mazote.-El Doctor Molina.-Don Diego Xaraquemada.-Miguel de Zamora Ambulodi.-Don Fernando Bravo.-Don Francisco de Gaete Jufré.-Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 1621.

ADMINISTRADOR DE GONZA Y MATAQUITO.-En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en catorce días de septiembre de el año de mill y seiscientos y veinte y uno, ante la Justicia y Regimiento de esta ciudad pareció Juan González Granero, y presentó un título de el señor dotor don Christóbal de la Cerda, gobernador y capitán general de este reino, su fecha en nueve de agosto de el año de mill y seiscientos y veinte y uno, en que le nombra por administrador de los pueblos de Gonza y Mataquito.

Y juró á Dios y á la cruz de lo usar como debe y es obligado y dará cuenta con pago de todo lo que fuere á su cargo y pagará el alcance, y para ello obligó su persona y bienes, habidos y por haber, y renunció las leyes de su defensa.

Con lo cual Su Señoría le hubo por recibido y conque dé fianzas á contento de el protetor.-Don Diego González Montero.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Ginés de Toro Mazote.-Miguel de Zamora Ambulodi.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 1621.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en diez y siete de septiembre de el año de mill y seiscientos y veinte y uno, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue.

LICENCIA PARA UNA PULPERÍA.-En este cabildo se dió licencia para poner una pulpería á Alonso Hernández como á los demás, conque dé fianzas á satisfación.-Don Diego González Montero.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Jerónimo Hurtado de Mendoza.-Don Francisco de Eraso.-Ginés de Toro Mazote.-El Doctor Molina.-Don Diego Xaraquemada.-Miguel de Zamora Ambulodi.-Don Fernando Bravo.-Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 1621.

En la noble y leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y cua. tro días de el mes de septiembre de mill y seiscientos y veinte y un años, el Cabildo, Justicia y Regimiento desta dicha ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado á cabildo y acordaron lo siguiente.

QUE SE TOME CUENTA DE LA DERRAMA DEL TAJAMAR.-En este cabildo pidió el capitán Miguel de Zamora, regidor y que hace oficio de procurador general desta ciudad, pidió que se mandase á el capitán don Diego Xaraquemada, á quien se ha cometido el tomar cuenta de la derrama del tajamar, se le mande la tome con toda breve. dad, y se mande se le notifique tome luego las dichas cuentas. sin alzar mano dellas y dé cuenta á este Cabildo de lo que hiciere.

TÍLULO PRESENTADO POR ALONSO MORENO.-En este cabildo se presentó Alonso Moreno con un título del señor gobernador deste reino, doctor don Cristóbal de la Cerda Sotomayor, gobernador deste reino, de teniente de corregidor de los pueblos de Lora, Vichuquén y Mataquito, términos desta ciudad, y pidió ser recibido á el dicho oficio.

y

Y juró en forma de derecho de le usar como debe y es obligado, dar residencia conforme á derecho.

E visto por Su Señoría, mandó que, dando fianzas como es costumbre, use del oficio para que [es] nombrado, le hubieron por recibido á el uso del dicho oficio.

SOBRE LA ELECCIÓN DE PROCURADOR GENERAL.-En este cabildo se acordó que, por cuanto es de gran importancia y utilidad desta ciudad que el procurador general y mayordomo que para esta ciudad se eligiere y nombrare, de aquí adelante sea uno de los señores alcaldes ó regidores que acabaren el año, así por la noticia que el tal alcalde ó regidor tendrá de los pleitos y negocios desta dicha ciudad é instruición de ellos, lo cual será de gran importancia, y de lo con trario, como la espirencia ha mostrado, resulta daño á esta dicha ciudad, así de los regidores cadañeros como propietarios; se ordena y manda que de aquí adelante para siempre jamás quede estatuído y se guarde por ordenanza para siempre jamás este acuerdo, y que así se haga, guarde y cumpla, sin que contra ello se pueda ir ni innovar, y que la eleción que de tal procurador general ó mayordomo que de otra manera se hiciere sea nula y de ningún efecto, y mandaron que el escribano de cabildo cada año día de año nuevo lea á el Cabildo

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