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tambien por el Sr. Llamas que cómo se nos introducen sin necesidad esas palabras nuevas, tomadas de los franceses, seccion... etc.; ¿por ventura ha olvidado que las que mira como castizas son tan espúreas de España y tan hijas de la misma madre como las que ahora procura desechar? ¿Acaso toda la nomenclatura militar que nos regía, aun en el sistema del señor Llamas, es ménos francesa? Así, abandonémosla tambien, y llamemos al coronel maese de campo, á los jefes cabos y á los batallones tercios, á la manera verdaderamente castellana. El Sr. Laguna, reduciéndose á decir que era preciso quitar la arbitrariedad y no dar lugar al favor, me parece que no se ha hecho bien cargo de lo que expresa muy por menor la comision. Ésta hace ver que, si bien no se han cerrado todos los caminos al parentesco y á la amistad (cosa imposible entre los hombres), á lo ménos se les han aumentado las trabas. Antes el cuartel-maestre y los mayores generales nombraban á su voluntad los ayudantes, y tal vez su capricho era el único regulador. Ahora no puede suceder así, como claramente lo demuestra la comision, por lo que no creo necesario detenerme en contestar más particularmente. Éstos son los únicos reparos que hasta ahora he oido hacer. Por lo demás, si tratamos de mejorar nuestra organizacion militar y ponernos en un pie verdaderamente guerrero, debemos, para aventajar alguna vez á los enemigos, adoptar su sistema. Nada extraño cualquiera proposicion: los hombres, al contradecir toda innovacion, casi siempre obran ó por pasion ó por ignorancia; aquellos cuya razon, suficientemente ilustrada, podria discurrir con exactitud, están ciegos y ofuscados por la pasion ó por el interés personal; porque, ya se ve, si hasta sesenta años han estado ejercitándose en cierto órden de cosas, ¿cómo se han de acomodar á una variacion que de repente les arrebata de entre las manos todo su saber, y reduce á cero todos sus conocimientos? No es menor obstáculo para el buen juicio y sano discernimiento la ignorancia. Como los hombres, á no ser impelidos por un grande estímulo, tienen necesidad de hacer un esfuerzo, de violentar tal vez su propia naturaleza para pensar, en semejantes casos tan solo vienen á ser el eco de aquellos de quienes tienen concepto, y cuyo interés, sin conocerlo, suelen sostener. En todos los paises se ofrecen siempre mil tropiezos á toda novedad. En Francia mismo, limitándome al asunto de que se habla, ¿qué censura no mereció la nueva planta que se dió al estado mayor en 1783, despues de la paz de los Estados-Unidos? ¿Y qué vivas y acaloradas discusiones no se suscitaron con este

motivo en la Asamblea Constituyente, cuando la revolucion envolvió en su general trastorno con todas las demás antiguas instituciones la del estado mayor? Pues si en una nacion tan versátil é inconstante como la francesa ha costado mucho el triunfar de usos arraigados, ¿qué no será en España, en donde, naturalmente constantes todos sus hijos, añadimos un apego, se puede decir, supersticioso á nuestras caducas usanzas? Nuestra historia general, la militar en particular, nos refiere sobrados hechos que comprueban esta verdad. Cuando, despues de arrojar de nuestro suelo á los moros, fuimos á lidiar en Italia; cuando, adoptando la táctica de los suizos, la mejoramos mezclando entre las filas de los infantes los mosquetes; cuando Gonzalo Ayora, primer cabo de Colunela, instruia á nuestra infantería en el sitio de Salses, arreglándola y adiestrándola de una nueva manera, ¡qué estorbos no se presentaron y qué oposicion, nacida de la envidia, no experimentó aquel esclarecido soldado! Véanse si no sus cartas; y desde aquel tiempo hasta ahora, cuantas mudandas se han intentado, ya que no hayan sido frustradas, á lo ménos han padecido grandes vaivenes y han estado expuestas á los acerbos tiros de la envidia y á la infundada crítica de la ignorancia. Dígalo Gazola en el colegio de Segovia, y dígalo tambien el conde de O-Reilly. Así el Congreso, con su acostumbrado detenimiento para la resolucion de la cuestion del dia, tan solo deberá escuchar las fuertes, las sólidas razones de la comision, no olvidando al mismo tiempo que la alteracion de la táctica y la nueva distribucion de los ejércitos exige imperiosamente la variacion en la organizacion de los estados mayores, y que la Prusia, creadora del sistema de guerra que la revolucion francesa hizo variar, ha adoptado estas alteraciones, apesar de que habia formado el que antes usaba el grande hombre militar á quien debió su preponderancia en Europa, el gran Federico.>>

Rectificó el conde de Toreno en la misma sesion, fijándose en lo infundado que era sostener que este cuerpo fuese muy costoso, y lo hizo de la siguiente manera (1):

«El señor preopinante, deseoso de dar en este asunto demostraciones matemáticas, ha traido el total de los sueldos del estado mayor; y yo, aficionado no ménos á las matemáticas y á hablar con exactitud, leeré una lista ó noticia muy individual de los sueldos y gratificaciones, que se podrá comparar con la nota

(1) Diarios de las Córtes de Cádiz: tomo VI, pág. 533.

del señor preopinante, con la diferencia que la mia especifica todos los pormenores, y la ya leida solo presenta un resultado. Advertiré antes que en el cálculo del estado mayor antiguo entran los sueldos de los empleos efectivos; porque, aunque no se proveian, era contrario á la buena organizacion, como más por menor expresa la comision. (Leyó la lista, de la cual resulta que el estudo mayor general de los seis ejércitos, segun la ordenanza de 1768, importa mensualmente trescientos treinta y dos mil quinientos ochenta reales, y el actual trescientos treinta y cuatro mil cuatrocientos, siendo el exceso de éste con respecto al antiguo mil ochocientos veinte reales mensuales.) Ahora el señor preopinante ha dicho que se trata de derogar un artículo de la ordenanza. En esto procede equivocadamente: no se trata de derogar artículo alguno: los que habian de ser derogados lo fueron ya por la Regencia pasada, que ejerció la soberanía. Tambien ha faltado á su deseada exactitud asegurando que la batalla de Uldecona se perdió apesar de haber allí estado mayor á la manera nueva. Cuando esta malograda accion, todavía no se habia establecido el estado mayor actual en el reino de Valencia; y si hubiéramos de usar de este modo de raciocinar, recordaríamos los tristes y aciagos dias de Medellin, de Vélez y de Almonacid, en los que aún no se conocia la nueva forma de estados mayores; y si la expedicion de la Sierra en el año pasado, apesar de que ya los habia, no fué afortunada, como la de la Albuera, en esa misma Sierra, en el feliz choque de cerca de Moron, Monpoeuy y Michelena, dos individuos del estado mayor regaron con su sangre el campo de batalla.»

IV.

No volvió á hablar Toreno hasta la discusion del reglamento de guerrillas, asunto importantísimo, muy difícil de organizar en España por nuestras condiciones de carácter, sobre todo en aquella época. El Gobierno se propuso, no obstante, regularizarlo en lo posible, para que

así pudiesen estos cuerpos aislados coadyuvar mejor á las operaciones del ejército.

Al discutirse este reglamento apenas se modificó el proyecto presentado por el Gobierno.

Toreno, como de la comision, fué quien sostuvo lo hecho, apoyándose en las breves razones siguientes (1):

«La comision militar, de que tengo la honra de ser individuo, desde luego hizo varias de las reflexiones que han expuesto algunos señores preopinantes sobre el reglamento de guerrillas, y analizándolo, en algunas partes lo encontró bastante minucioso, y más individualizado de lo que tal vez conviene y podrá ponerse en práctica; pero la comision, guiada por los principios sólidos que deben dirigir á un cuerpo deliberante, hace y hará siempre (en tanto que la compongan los actuales individuos) la distincion correspondiente entre aquellas medidas ó resoluciones meramente legislativas, y propias por lo tanto del Congreso, y las que, siendo puramente administrativas, exigen aplicacion pronta y variable; pesadas y meditadas detenidamente han de ser las primeras; determinadas y ejecutadas con rapidez, y conforme al tiempo y á las circunstancias, las segundas. En este caso ha creido la comision que se halla el reglamento de guerrillas; y como el Gobierno debe tener en todas estas materias los datos necesarios, convino en general con su dictámen, aunque en ciertos artículos lo hallase algo minucioso y demasiado sujeto á reglas; pero persuadida la comision de que no le tocaba entrar en estos pormenores, y solo sí examinar las bases de este plan, que es lo único que debió venir á las Córtes, no ha podido ni puede ménos de aprobarlas, á saber: primera, exceptuar del arreglo las grandes partidas, como son las del Empecinado, Espoz, Sanchez y otras que verdaderamente han hecho y hacen servicios importantes; y en atencion á esto, considerándolas como cuerpos ó divisiones de los ejércitos de los respectivos distritos, que obran separadas, no son incluidas en este reglamento, como equivocadamente han dicho algunos señores preopinantes: segunda, que las otras partidas no están constituidas de manera que sean un abrigo de desertores y un cebo para atraerse los soldados y disminuir la fuerza del ejército, cosa que no puede omitirse de modo alguno; pues si bien las partidas son muy útiles, á nadie que raciocina se le oculta que solo con ellas difí

(1) Diarios de las Córtes de Cádiz: tomo VII, pág. 364.

cil es que nos salvemos, y que con un buen ejército es un axioma, á lo menos para mí, la pronta evacuacion de nuestro territorio: tercera, arreglar la Hacienda ó parte económica de las partidas, para que sean la defensa y consuelo de los pueblos, y no su desolacion, como lo son muchas, compuestas solamente de bandoleros; hé aquí los fundamentos esenciales en que estriba el reglamento: no puede negarse que son acomodados al objeto, pero tampoco hay duda que en la aplicacion de estas bases, esto es, en su detalle, ó séanse sus pormenores, se desvia algo de ellas el autor. La comision ha percibido muy bien todo esto, pero firme en que este asunto no corresponde al Congreso, y mucho menos al exámen individual de sus artículos, no se ha detenido en suscribir el proyecto ó plan presentado por el ministro de la Guerra, creyendo que debe dejarse á la discrecion y juicio de la Regencia, la cual, presentes todos los datos, calculará y pondrá en planta las variaciones útiles y ajustadas á las ocurrencias, como que este plan ni puede ni debe tener la consistencia de una ley. Por lo demás, la comision sabe los servicios extraordinarios de las partidas; desea su conservacion y su aumento; mas lo desea de manera que se concilie en lo posible con la existencia y disciplina de los ejércitos y el bienestar de los pueblos. Tampoco ignora las ventajas que en esta especie de guerras han sacado las naciones de estos cuerpos volantes; bien célebres han sido siempre en España los migueletes de Cataluña, tanto, que ya en el siglo XIII el catalan Desclot, historiador contemporáneo, nos habla del daño que estos guerrilleros, entonces llamados almugávares, causaron en su retirada á Felipe el Atrevido de Francia, cuando invadió aquella provincia. Así, la comision por su parte, viendo el deseo de algunos señores de entrar en el pormenor de los artículos, apesar de todo no se opondrá á ello, y ménos á que pase al exámen de otra comision, atendido el disgusto que han manifestado á la proposicion hecha por un señor preopinante para que volviese á la de Guerra.»

V.

Más notable que todos estos discursos, atendida su posicion é intereses personales, es el que pronunció el Conde cuatro dias despues, acerca del ingreso en las carre

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