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de las Córtes. Si ese señor ex-regente tan perjudiciales para la patria creia entonces que eran esas reuniones, ¿por qué no desplegó en aquella ocasion el carácter debido á una autoridad suprema? Y si no ¿por qué ahora, con increible audacia y sobrada perversidad, intenta menoscabar el crédito y la honra sin mancilla de aquellos individuos? De aquellos, muchos de los cuales en servicio de la patria exponian sus vidas, abandonaban sus bienes, sus familias, sus más caras relaciones, mientras que el autor y sus amigos solicitaban empleos de Murat los unos, y los otros firmaban en Bayona la perdicion y venta de su patria y el despojo de su rey, de ese desgraciado rey que esos infames á cada paso tienen en su boca para sus siniestros fines. Y con esto, ¿cómo osa vulnerar la reputacion de aquellos individuos que, solo atentos al bien de su patria, sacrificarán en su obsequio los restos de vida que les quedan? Por tanto, concluyo con hacer la proposicion formal de que sean suspendidos todos los agentes principales del Gobierno que lo eran cuando la Regencia pasada, incluyéndose entre ellos los individuos de los tribunales supremos, que, como se deduce de esa narracion, tienen relacion con este asunto. Pido además que se declare sesion permanente.»

Este discurso dió lugar á señaladas muestras de aprobacion en las tribunas, que á instancias de algunos diputados fueron reprimidas; á lo que el Sr. Golfin (1) se opuso en otro que pronunció con este motivo, lamentándose de que no se permitiera esa «efusion del corazon del pueblo que escuchaba».

Avivóse cada vez más el debate y llegaron á ser violentísimos los discursos, pidiendo algunos la mayor actividad y rigor en el procedimiento contra Lardizabal. Toreno reclamó varias veces que se votaran las proposiciones que en su discurso habia hecho. Hablaron con este motivo muchos diputados, unos exagerando el asunto, otros queriendo hacer que recayese la responsabilidad sobre varias personas, entre ellas los ex-regentes compañeros de Lardizábal, y sobre el Consejo de Estado, por algunas indicaciones que en el escrito de aquel se hacian.

(1) Diarios de las Córtes de Cádiz: tomo IX, pág. 256.

Llegó este debate á no tener ningun interés, bajo el punto de vista político, y sí mucho como ejemplo de pasion política; por lo tanto, expuesto ya el discurso de Toreno, basta saber que, declarada permanente la sesion, se aprobó para terminar una proposicion del Sr. Morales Gallego (1), con algunas modificaciones, determinándose que el Consejo de Regencia dispusiese inmediatamente el arresto y conduccion á Cádiz de D. Miguel de Lardizabal, á quien se suponia autor del Manifiesto, que se recogiesen todos los ejemplares del mismo y que se ocupasen los papeles del autor.

Siguió esta discusion al dia siguiente (2), leyéndose un escrito (3) del ex-regente Sr. Escaño, en que se desentendia de ser cómplice de Lardizábal; y el diputado Sr. Dueñas (4) hizo análogas declaraciones en favor del Sr. Saavedra, ex-regente tambien.

Terminó este asunto aprobándose unas proposiciones del Sr. Calatrava (5), despues de modificada la tercera, por las que se nombraban tres comisiones, encargadas: la primera, de averiguar lo que hubiese de complicidad en este asunto por parte del Consejo de Estado; la segunda, para que indagase qué nueva exposicion era la del obispo de Orense, que se decia existir en el ministerio de Gracia y Justicia, que resultó no ser otra sino aquella de que ya se habian ocupado las Córtes, y la última, que se redujo, despues de modificada, al nombramiento de una comision que habia de presentar doce nombres de magistrados, no empleados, entre los cuales elegiria el Congreso las personas que debian componer un tribunal especial que entendiese en este asunto.

La comision, de la que formaba parte Toreno, evacuó su

(1) Diarios de las Córtes de Cádiz: tomo IX, pág. 259.

(2) 15 de Octubre de 1811. Diarios de las Córtes de Cádiz: tomo IX, pág. 262. (3) Diarios de las Córtes de Cádiz: tomo IX, pág. 262. (4) Diarios de las Cortes de Cádiz: tomo IX, pág. 262. (5) Diarios de las Cortes de Cádiz: tomo IX, pág. 264.

cometido al dia siguiente, y el asunto quedó terminado por entonces, despues de jurar el cargo los magistrados elegidos.

En la sesion del 18 de Octubre de 1811 se leyó una representacion (1) de los ministros del Consejo Real D. José Navarro Vidal, D. Pascual Quilez y Talon y D. Justo María Ibar-Navarro, intercediendo por los ministros suspendidos con motivo del asunto de Lardizábal, con objeto de que el Congreso, en vista de sus servicios y circunstancias, se dignase restituirlos cuanto antes al Consejo, pues sus luces y celo no podian dejar de echarse de ménos, para el acierto y buen despacho de los muchos y graves negocios que estaban sujetos á su conocimiento, tanto más cuanto que opinaban que no habrian de ser condenados.

Hablaron con este motivo los Sres. Mexía (2) é Inguanzo (3), el primero alabando la generosidad de los firmantes del documento que se habia leido, pero pidiendo que la representacion pasase al tribunal especial que entendia en el asunto, con lo que desapareceria la idea de perdon que pudiese envolver si antes no mediaba sentencia del tribunal. El Sr. Inguanzo, por el contrario, opinó que debia ocuparse el Congreso del asunto y resolverlo

cuanto antes.

Con este motivo habló el conde de Toreno, apoyando el parecer del Sr. Mexía y oponiéndose á lo propuesto por el Sr. Inguanzo. Dijo así (4):

«El señor preopinante, queriendo disculpar al Consejo Real, acusa al Congreso de ligereza, y por una contradiccion inconcebible quiere que con mayor ligereza de la que le supone deshaga ahora lo que hizo dos dias há. Yo no sé por qué este señor diputado quiere que venga aquí el conocimiento de este asunto. Antes de ayer algunos señores pusieron reparo (y aun creo que

(1) Diarios de las Córtes de Cádiz: tomo IX, pág. 332. (2) Diarios de las Córtes de Cádiz: tomo IX, pág. 332. (3) Diarios de las Córtes de Cádiz: tomo IX, pág. 332. (4) Diarios de las Cortes de Cádiz: tomo IX, pág. 333.

el señor preopinante fué uno de ellos) en que el Congreso se convirtiese en un tribunal, y así es que, procediendo con el tino y circunspeccion de un Cuerpo legislativo constituyente, tomó aquellas medidas extraordinarias que juzgó oportunas para la seguridad del Estado, nombrando por otra parte un tribunal especial para que entendiese en este asunto. Y queriendo el mismo señor preopinante que en él se proceda en justicia, ¿no será más fácil que una comision de cinco letrados proceda con más conocimiento, pulso y madurez que no todo un Congreso compuesto de doscientos individuos? Así esta determinacion tomada por las Córtes, lejos de ser contraria á justicia, se sujeta en un todo al órden de ella que quiere establecer el señor preopinante, por lo cual, conformándome con la opinion del señor Mexía, creo que se debe contestar alabando la generosidad y nobles sentimientos de los tres ministros del Consejo y no acceder á la peticion que hacen en su representacion.»

Terminado el debate, pasó ésta, por acuerdo del Congreso, á manos del nuevo tribunal nombrado para entender en este asunto.

CAPÍTULO II.

DISCUSION DEL PROYECTO DE CONSTITUCION.

I. Discusion del art. 3.o de la soberanía nacional.-II. Discusion del art. 15, en quién reside la potestad de hacer las leyes.-III. Discusion del art. 27, del modo de formarse las Córtes.-IV. Discusion del art. 31, sobre la eleccion de un diputado por cada setenta mil almas.-V. Discusion del art. 155, sobre la fórmula que habia de usarse en la promulgacion de las leyes.VI. Discusion del art. 169, sobre el tratamiento que habia de tener el Rey. -VII. Discusion del tercer punto del art. 171, sobre la declaracion de guerra y ratificacion de la paz.

I.

El 23 de Diciembre de 1810, de acuerdo con lo propuesto por D. Antonio Oliveros el 9 del mismo, se nombró una comision especial, encargada de presentar un proyecto de Constitucion política, compuesta del Sr. D. Diego Muñoz Torrero, que más tarde fué su presidente, y de los señores D. Agustin Argüelles, D. José Pablo Valiente, D. Pedro María Ric, D. Francisco Gutierrez de la Huerta, D. Alonso Cañedo, D. José Espiga, D. Antonio Oliveros, D. Francisco Rodriguez de la Bárcena, D. Vicente Morales Duarez, D. Joaquin Fernandez de Leiva, D. Antonio Joaquin Perez y D. Evaristo Perez de Castro, que fué nombrado secretario. Agregáronsele más adelante D. Andrés Jáuregui, D. Mariano Mendiola y D. Antonio Ranz Romanillos.

Esta comision presentó en 18 de Agosto de 1811 sus primeros trabajos, y en el mismo dia se leyeron, empezando por un discurso preliminar (1) escrito por Argüelles, que

(1) Véase el apéndice núm. 2, en que se reproduce integro este documento, muy notable y curioso, al par que poco conocido.

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