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drigo de proseguir como habia comenzado. Pasados pues algunos años, lo volvieron á llamar, y pensando que todavía estaba loco no lo quemaron; mas hiciéron lo recautar ó desdecir cerca del año de 1555..... en la iglesia mayor, entre los dos coros. Con toda su locura, lo condenaron á sambenito perpétuo, y bien grande, y cárcel perpétua. De esta lo llevaban cada domingo con los demás penitenciados á la iglesia de San Salvador á oir misa y sermon..... Al fin sacáronlo los inquisidores de la cárcel perpétua de Sevilla, y enviáronlo á Sanlúcar al monasterio llamado de Nuestra Señora de Barrameda, donde murió siendo de cincuenta años y mas.»>

Por seudo-apóstol fué condenado por la Inquisicion, y sus parciales lo tuvieron por inspirado de Dios mismo. Fué hombre honrado, sóbrio, instruido, sencillo y tal, en fin, que se atrajo muchos parciales de entre las personas mas distinguidas de Sevilla; y es el único, que sepamos, entre todos los hereges caidos bajo la férula inquisitorial, que saliera con vida entre sus manos, á pesar de ser relapso y contumaz.

IV.

Coetáneo de Rodrigo de Valero, fué el mas grande de los heresiarcas españoles, el doctor Juan Gil conocido por Egidio. Fué natural de Olvera de Aragon. Estudió teología en Alcalá y alcanzó fama de hombre docto y elocuente, á que debió ser nombrado canónigo magistral por el cabildo catedral de Sevilla en 1537.

Contra la costumbre, fué nombrado por aclamacion y sin y sin que se hicieran públicas oposiciones para la plaza que le daban; y como puede suponerse, este favoritismo le valió la enemistad de sus émulos; y no crecieron poco las murmuraciones cuando, oyéndolo predicar, vieron que su mérito no correspondia á su fama. Por consejo del loco Rodrigo de Valero, Egidio dejó á un lado los libros de teología y se dió á buscar en la Biblia doctrina y asunto para sus predicaciones, con lo cual enderezó su decaido crédito de orador sagrado y reavivó la envid a y las iras de sus enemigos.

De esta manera llegó el doctor Gil hasta el año de 1550, en que fué nombrado por Carlos V obispo de Tortosa, y este distinguido favor, poniéndolo mas en evidencia, dió lugar á las delaciones que lo

condujeron á los calabozos de la Inquisicion por herege dogmatizante.

Entre otros cargos, sus delatores le hicieron el de haber defendido en 1540 al loco Valero. Él escribió en la Inquisicion una apología de las doctrinas que habia predicado; pero en vez de servirle de defensa, su apología fué una nueva fuente de acusaciones y de persecuciones nuevas.

El cabildo de Sevilla, que lo habia elegido para magistral por aclamacion, y Carlos V que le habia nombrado obispo, intercedieron por el preso, y este pidió al tribunal que le dejase conferenciar con algun famoso teólogo. Admitióse su demanda, y tocóle en suerte fray García de Arias, fraile gerónimo, y como él protestante en secreto. Como puede suponerse, el dictámen de Arias le fué favorable; pero la Inquisicion no se dió por satisfecha, é hizo venir de Salamanca á un tal Soto, fraile dominico, hombre perverso, destinado á perder al pobre prisionero. Propúsole que, para desvanecer la sospecha respecto á la heregía contenida en sus proposiciones, debia cada uno de los dos escribir un manifiesto ó profesion de fé sobre las proposiciones en cuestion. Hiciéronlo ambos así, de tal modo que no discrepaban la una de la otra. Puestos de acuerdo con Soto los inquisidores, dispusieron que los dos papeles se leyesen en público en la catedral de Sevilla. Soto predicó un sermon exponiendo el por qué de aquella ceremonia, y despues leyó su profesion de fé; pero en lugar de leer la escrita por él, que habia presentado al preso y que era semejante á la de este, leyó otra distinta, dispuesta con arte para poner de relieve la gran diferencia que habia entre sus ideas y las del doctor Gil. Este infeliz habia sido conducido á la iglesia y debia leer su manifiesto cuando concluyesc la lectura · del suyo el fraile dominico; pero tuvieron buen cuidado de colocarlo tan lejos del púlpito en que este leia que no pudo oirlo, y como estaba ageno de la inícua traicion de que era víctima, aunque solo llegaba á su oido el eco confuso de voces cuyo significado no entendia, hacia con la cabeza signos afirmativos, como si estuviera conforme con las palabras de Soto. Cuando este concluyó la lectura de su profesion de fé, colocaron á la víctima en un púlpito, y leyó la suya á su turno. El lector puede calcular el efecto que produciria en el público la disparidad de doctrinas de ambos documen

tos...

El Santo Oficio se apresuró á declarar á Juan Gil sospechoso de

heregia luterana, y el 21 de agosto de 1552 fué sacado de las cárceles secretas de la Inquisicion para abjurar públicamente las cláusulas de sus sermones, calificadas de heréticas. A continuacion copiamos el acta de abjuracion:

«Por cuanto yo el doctor Juan Gil, canónigo de la Sancta Iglesia Catedral de Sevilla, he sido denunciado y acusado en el Oficio de la Sancta Inquisicion, de ciertas proposiciones que á muchas personas escandalizaron, porque pueden dar sentido erróneo y herético contra nuestra Sancta Fé Católica; y aunque por nunca haber yo estado pertinaz, no haya sido condenado á las penas en el derecho contra los tales heréticos decernidas; pero háme sido mandado que retracte las dichas proposiciones y abjure algunas de ellas y otras declare; por ende yo, como hijo obediente de la Sancta Madre Iglesia, sometiéndome á su correccion y usando de su misericordia, las abjuro y retracto en la forma siguiente.»

Las proposiciones de que el doctor se retractaba eran todas luteranas, y la sentencia decia así:

«Al cual condenamos en un año de cárcel dentro del castillo de Triana; y en este año le concedemos que pueda venir á la iglesia mayor quince veces subcesivas ó interpoladas, como él quisiere, con tal que vaya y venga via recta. Mas: que ayune todos los viernes de este año y confiese todos los meses una vez, y comulgue al arbitrio de su confesor, y que no pueda salir de los reinos de España por toda su vida. Item: lo privamos por diez años de confesar y predicar, de leer en cathedra y de leer en Sagrada Escritura: y que no escriba, ni sustente, ni arguya, ni se halle en ningun acto público ó conclusiones. Mas: que no diga misa en todo este año primero. >>

Lo mas curioso que encontramos en esta sentencia, asaz benigna si la comparamos con otras dadas en causas análogas por el mismo tribunal, es lo de no leer en un año las Sagradas Escrituras; pues no parece sino que los jueces del Santo Oficio tenian miedo de que encontrara en los libros santos palabras de perdicion en lugar del dogma cristiano.

En su prision compuso el doctor Gil varias obras, de las cuales unas han desaparecido de los archivos de la Catedral de Sevilla; otras se han conservado hasta nuestros dias.

Vuelto á la libertad, fué á Valladolid, donde parece trató con intimidad á los hereges luteranos de aquella gran ciudad, y volvió

luego á Sevilla, donde murió en 1556, de una enfermedad aguda. Mas no se detuvo ante el sepulcro la saña de los inquisidores. Sabedores de sus relaciones con los protestantes castellanos, abrieron de nuevo su proceso, confiscaron sus bienes, condenaron su memoria á la infamia, desenterraron su cadáver y lo quemaron en auto de fé público en 22 de diciembre de 1560.

CAPITULO III.

SUMARIO.

Arrécia la persecucion contra los luteranos españoles.-Auto de fé celebrado en Valladolid, en 21 de mayo de 1559.-Personages que concurrieron á este auto.-Doña Leonor de Vibero quemada en estátua.-Agustin Cazalla.Francisco de Víbero y Cazalla.-Antonio Herrezuelo y doña Leonor de Cisneros su mujer.-Catorce personas son quemadas vivas.-Varias otras son castigadas con diferentes penas.

1.

El establecimiento de la Compañía de Jesus en España contribuyó al acrecentamiento de los rigores de la Inquisicion contra los protestantes, lo que no contribuyó poco al odio que llegaron á profesarles en muchos pueblos. En Zaragoza, por ejemplo, tuvieron que escapar de la ciudad y buscar un refugio en las haciendas de algunos señores que los protegian, para librarse de los furores de la plebe.

Cárlos V, que ya estaba retirado en el monasterio de Yuste, escribia en 9 de setiembre de 1558, que en bien de la Santa Sede habia ordenado á su hijo que castigase á los hereges con toda la demostracion y rigor conforme à las culpas... sin escepcion... sin admitir ruego, ni tener respeto á persona alguna.

El protestantismo luterano habia echado hondas raices en España precisamente entre gentes de iglesia y en muchas familias aris

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