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cisco de San Roman, natural de Burgos, autor de algunas cartas, de un catecismo y de algunos otros libros en español, quemado en Ratisbona; Justo Insberg, natural de Lovaina, decapitado en Bruselas; Gilles, natural de Bruselas quemado en esta misma ciudad y por último Pedro Alejandro, carmelita predicador de la Reina, á quien la persecucion suscitada por Soto, confesor del Emperador, obligó á huir de Flandes y cuyos escritos fueron quemados.

IV.

Acrecentada la audacia de Cárlos V con el triunfo de sus armas en Alemania creyó poderlo todo, y pensó formalmente en trasplantar la inquisicion española á los Paises Bajos. En noviembre de 1519. mandó fijar un edicto estableciendo la confiscacion de los bienes de los condenados á muerte, atacando por este acto la prerogativa de los estados que permitia á los parientes redimir estos bienes. Mandó castigar con mayor rigor que á los demás ciudadanos á los portugueses que huyendo de la Inquisicion de su país se refugiaban en los Paises Bajos. Por último en el mes de abril de 1550 publicó al partir para Augsburgo un edicto mas extenso que los anteriores, y creó diferentes tribunales de Inquisicion.

Este edicto prohibía bajo penas allictivas llevar, publicar ó vender ninguno de los libros comprendidos en el catálogo de Augsburgo, tener reuniones secretas y particulares, disputar ó tratar de las materias controvertidas. El Emperador establecia la pena de muerte para los contravinientes, condenaba á los hombres á ser decapitados y á las mujeres á ser enterradas vivas, mandaba tratar á los que fuesen acusados de hereges, como sediciosos, enemigos de la religion y del Estado y perturbadores de la tranquilidad pública; los declaraba incapaces de testar; prohibia recibirlos ni darles hospedaje bajo pena de merecer los mismos castigos; exhortaba al pueblo á que los denunciase á los inquisidores; prohibia dar entrada en las ciudades á los extranjeros, sin un certificado del cura respectivo; mandaba á todos los gobernadores y demás funcionarios prestar ayuda para la ejecucion de este edicto, y á los obispos, abades y otras personas constituidas en dignidad, examinar escrupulosamente la doctrina de sus eclesiásticos, religiosos, etc.

V.

Ruward Tapper de Eukhuizen, nombrado inquisidor general, se valió del hierro y del fuego para arrancar el secreto á todos los que le parecian sospechosos; no se oia hablar mas que de prisiones, tormentos y suplicios y su celo fué tanto mas ardiente cuanto que su santidad el Papa le autorizó seguir adelante en aquella obra de fanatismo, exhortándole en una bula á llenar exactamente las funciones de su ministerio. La persecucion empezó por los anabaptistas, ejecutándose dos en Amsterdam y cuatro en Leide.

El terror que estas medidas difundieron interrumpió de repente el comercio de Amberes. Los principales negociantes extranjeros se prepararon á abandonar la ciudad, las casas disminuyeron de valor; las manufacturas se estancaron; no hubo ya compras ni ventas, y la ruina de aquella ciudad floreciente parecia inevitable, si los magistrados de Amberes, comprendiéndolo así, no hubiesen suspendido la ejecucion del decreto, y resuelto enviar una diputacion á la gobernadora para hacerle presente las consecuencias funestas de aquellas violencias, en una ciudad donde el comercio florecia mas que en ningun otro punto de los Paises Bajos.

VI.

Hé aquí las razones en que fundaban sus quejas los magistrados de Amberes:

«Que los extranjeros al solo nombre de Inquisicion no se atrevian á arribar al puerto, que los negociantes les seguirian y transportarian el.comercio á otra plaza, que los artesanos se quedarian sin trabajo, que las fábricas y talleres estaban ya desiertos, y la circulacion del dinero interrumpida; que los flamencos acostumbrados á las dulzuras de un gobierno dirigido por las leyes, no podian soportar la dominacion de los inquisidores; que seria reducir á la desesperacion á un pueblo enemigo de la vejacion y de las violencias; que la persecucion se habia estendido hasta los extranjeros, quienes viéndose expuestos á los suplicios por la mas leve sospecha, huirán de los lugares donde no se puede vivir sino con patentes de

catolicismo y que á su desercion seguiria necesariamente la ruina de los Paises Bajos. >>

Viglio, presidente del consejo privado, respondió:

«Que no se debia pintar con tan negros colores un tribunal respetable y necesario para la defensa de la Religion; que los príncipes cristianos habian sido autorizados en todos los siglos á conservar el depósito de la fé y las leyes canónicas; que el rigor que tanto se exajeraba iba solo contra los anabaptistas y los sacramentarios; que el Emperador no tenia ninguna intencion de perjudicar el comercio ni de penetrar en la conciencia de los extranjeros, pero que tenia derecho a velar por la salvacion de sus súbditos y á conocer los que se establecian en su país; que obrar de otro modo seria abrir la puerta al error y favorecer la heregía que harto se habia extendido ya.»

Esta respuesta atrajo el ódio público sobre el presidente, á quien se suponia ya autor del edicto.

VII.

La Regente se hallaba á la sazon en una partida de caza en el país de Cleves; pero las representaciones de los de Amberes le parecieron tan graves, que determinó partir inmediatamente para Augsburgo, con el designio de inclinar el ánimo del Emperador hácia la dulzura y la tolerancia. Efectivamente, representóle de tal modo la ruina segura de sus estados, que obtuvo el 25 de setiembre de 1550 una declaracion dulcificando algo el edicto en lo que se referia á los extranjeros, suprimiendo los nombres de inquisicion y de inquisidores, y dándoles el de jueces eclesiásticos; lo que en el fondo no era mas que un cambio de nombres puesto que las penas impuestas por el edicto y las funciones del tribunal subsistieron en toda su extension, y el tribunal del Santo Oficio continuó ejerciendo sus rigores en las demás provincias con la inhumanidad y el despotismo inherentes á su manera de proceder: la inquisicion de Flandes imponia las mismas penas que la española, pero en mayor número de casos. Los historiadores mas imparciales y verídicos afirman que en el reinado de Cárlos V, ascendieron á cincuenta mil el número de víctimas que perecieron á manos del verdugo solo por causas de religion.

Bien considerada esta horrible conducta del fanático Emperador, apenas se concibe como el levantamiento que con tanta furia estalló en el siguiente reinado pudo sofocarse durante el suyo. El terrible poder de Cárlos V y la astucia con que procuró siempre halagar el espíritu nacional de los flamencos, cuya lengua hablaba como educado en el país y cuyos privilegios aparentaba respetar, pueden solo esplicarnos este fenómeno.

CAPITULO IV.

SUMARIO.

Abdicacion del emperador Carlos V.-Felipe II jura mantener los privilegios de los estados de Flandes.-Desconfianza de los flamencos.-Prosperidad de los Paises Bajos al advenimiento de Felipe.--El fanatismo religioso y el despotismo mon rquico.-Creacion de nuevos obispados.

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El estado de cosas que hemos descrito en el capítulo anterior continuó casi inalterable en los Paises-Bajos hasta la abdicacion de Carlos V en su hijo Felipe II. La soberanía de los estados de Flandes fué la primera que abdicó el Emperador en una asamblea solemne de los estados, reunida en Bruselas el 25 de octubre de 1555. Carlos V dirigió á su hijo el siguiente discurso:

«Hijo mio, hoy que yo anticipo en vuestro favor por una muerte voluntaria la posesion de una herencia que el cielo os destina, tengo derecho á exigir como una muestra de vuestro agradecimiento que no tengais nunca otra mira que la dicha de vuestros pueblos. La mayor parte de los príncipes se consuelan al morir de dejar á sus hijos una corona que ellos no pueden ya sostener. Yo tengo el doble placer de ceñirla à vuestra frente, y de ver reinar á á mi sucesor. El ejemplo que doy tendrá pocos imitadores; no encuentro mas que uno entre todos los soberanos que me han pre

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