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MEMORIAL

que dieron los Grandes al Rey para que no hiciese mercedes de las fincas de su patrimonio.

Minuta original que existe en el archivo del Excmo. Sr. Duque de Frias-Papeles de la casa de Villena.

(LETRA DEL SIGLO XV)

Aunque este memorial no tiene fecha, ni nombra al monarca á quien fué dirigido, creemos que este era Juan II, y el Infante Don Enrique uno de los firmantes, D. Enrique Infante de Aragon.

Muy alto Príncipe é muy poderoso Rey é Señor-Los vuestros muy homildes servidores Infante D. Enrique, é Almirante de Castilla, é Conde de Benavente, é Adelantado Pero Manrique, por Nos é en nombre de los otros condes, é perlados, é caballeros que en Valladolid estuvieron en servicio de Dios é vuestro, é bien de vuestros regnos, con muy humilde é debida reverencia besamos vuestras manos, é nos encomendamos en vuestra merced, á la cual plegue saber que á nuestra noticia vino en como vuestra Señoría ha fecho é face de un año á esta parte muchas mercedes de villas, é logares, é de juro de heredad é de por vida á muchas personas; é asi mismo que vuestra Señoría ha dado é da muchos lugares é tierras de vuestras cibdades, lo cual es muy grand dapno é destruicion de vuestros regnos; et como vuestra Señoría sabe hay pocos lugares en vuestros regnos que no esten dados é enagenados, é mas enagenar é otrosí desapropiar é quitar las tierras é lugares á vuestras cibdades seria perder del todo vuestro patrimonio é vuestro regno; é demás

desto sabe vuestra meced que las rentas ordinarias de vuestros regnos, no alcanzan á vuestros gastos é mercedes ordinarias que fasta el dicho tiempo son fechas con muy grandes cuartías de mrs.; é si despues acá vuestra Señoría ha fecho ó face otras mercedes aun mas esforzadas, que continuadamente vuestra Alteza haya de echar pedidos é monedas á vuestros vasallos, é que del todo sea privado allende de cuanto están destruidos é desipados; é debe vuestra Señoría acatar quel tesoro del Rey es en su pueblo, é si el pueblo vuestro es destruido, vuestro tesoro se pierde por ende muy homillmente suplicamos á vuestra Alteza que le plaga de acortar las mercedes que face, é porque las face; é cuando algunas vuestra Señoría entendiere que se deben facer, las quiera facer con consejo é acuerdo de los de vuestros regnos é de los procuradores de las cibdades é villas dellos, en lo cual vuestra Señoría fará lo que es servicio, bien é grand provecho de vuestros regnos, para que en ello haya el reparo é remedio que cumple á servicio de Dios é vuestro, é bien público de vuestros regnos. Et desto pedimos testimonio. E muy esclarecido Señor, nuestro Señor Dios ensalce vuestra corona, é conserve vuestra persona é vida á su servicio Amen.

CARTA ORIGINAL

del señor Rey D. Juan II dirigida á Pedro Fernandez de Córdoba, Alguacil mayor de Segovia, para que tuviese á buena guarda al Príncipe su hijo en el alcázar de aquella ciudad.

No tiene otra fecha que á primero de octubre.

Archivo del Excmo. Sr. Duque de Frias-Papeles del marquesado de Villena.

EL REY-Pero Ferrandes de Córdoba: Bien sabedes la confianza que en vos fice cuando vos entregué al Príncipe mi fijo, por el cual me fecistes pleito é homenaje de lo guardar é tener como á su estado convenia, é de me lo dar é entregar cada que por Mí vos fuese demandado, é de non acoger en ese alcázar de Segovia á persona poderosa. E por cuanto todavía cumple mucho mas á mi servicio quel dicho Príncipe esté á buena guarda, segund que á su estado pertenesce: por tanto Yo vos mando que pongádes tal diligencia é recaudo en la guarda de su persona é en ese alcázar, non consentiendo entrar en él á persona poderosa, porque vos me podádes dar é entregar al dicho Príncipe cada que por Mí vos fuere demandado, segund el pleito é homenaje que me tenedes fecho é Yo de vos confío. Tambien podedes sentir cuanto cumple á mi servicio el dicho Príncipe estar á buen recaudo, é el deservicio que de lo contrario se me podia recrecer, é el daño é mengua que á vos podrá venir-A primero de otubreYo el Rey.

PETICIONES ORIGINALES

hechas al señor Rey D. Enrique IV por diferentes Arzobispos, Obispos, Caballeros y Grandes de estos reinos. Cigales 5 de diciembre de 1464.

Archivo del Excmo. Sr. Duque de Frias-Papeles de la casa de Villena.

May alto é muy poderoso Príncipe, Rey é señorVuestros muy humildes servidores los perlados, ricoshomes é caballeros de vuestros regnos, representantes los tres estados dellos, besamos vuestras manos é nos encomendamos en vuestra Real Señoría, la cual bien sabe en como desde la cibdad de Búrgos le hobimos enviado una nuestra suplicacion, la cual en efecto contenia ciertas cosas complideras á servicio de Dios é vuestro, é bien de la república de vuestros regnos; é despues desto entre los lugares de Cigales é Cabezon, en el campo, estando presente vuestra Alteza, le hobimos presentado otra nuestra suplicacion, por lo cual nos referimos á la dicha primera nuestra suplicacion é le suplicamos que mandase jurar al Infante D. Alfonso vuestro hermano por su primero heredero de los regnos de Castilla é de Leon, é le mandase dar el maestradgo de Santiago, é las villas é lugares quel señor Rey D. Juan de gloriosa memoria, vuestro padre, le habia mandado por su testamento. E asimismo le suplicamos que para las cosas contenidas en la dicha nuestra suplicacion, é para otras que le entendíamos suplicar, quisiese mandar, é señalar é diputar algunas personas de los del su Consejo, así de las que con vuestra Alteza estaban, TOMO XIV. 24

como de las que estaban con nosotros los dichos perlados, ricos homes é caballeros, para que aquellos con vuestro poder é abtoridad viesen las cosas por nos suplicadas, é las que habiamos de suplicar, é las decidiesen, é determinasen, é declarasen é sentenciasen segund fallasen ser complidero á servicio de Dios é vuestro, é al bien é pacífico é tranquilo estado de vuestros regnos, é de la repú– blica é de los tres estados dellos: á lo cual vuestra Alteza respondió que le placia é era contento de lo así facer, segund que mas largamente pasó é se contiene en ciertos capítulos jurados é firmados por vuestras Alteza; é mandó é dió por jueces para determinar las cosas suplicadas é por suplicar á los señores D. Alvaro Destúñiga, conde de Plasencia; á D. Juan Pacheco, marqués de Villena; á D. Pedro de Velasco, fijo del conde de Haro; é D. Gonzalo de Sayavedra, comendador mayor de Montalvan, todos de vuestro Consejo, é por tercero para en las cosas que ellos non se acordasen á fray Alfonso de Oropesa, prior general de la órden de San Gerónimo, segund que mas largamente en los mesmos capítulos que cerca desto pasaron se contiene: por ende homilmente é con cuanta reverencia podemos, le suplicamos que mande á los sobredichos jueces, ver, determinar, é declarar é sentenciar las cosas contenidas é infrascriptas en esta nuestra suplicacion, con todas las otras contenidas en la primera suplicacion, de la cual, aquí se face mencion, é en lo así facer fará lo que la justicia le obliga é á nosotros fará mucha merced.

1. Primeramente, por cuanto los Reyes é Príncipes cristianos ante todas cosas son obligados á la santa fé católica é á la defension della, é han de perseguir é impugnar los infieles enemigos de nuestra santa fe, é los herejes,

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