DE LA REVOLUCION De la Republica DE COLOMBIA, POR JOSÉ MANUEL RESTREPO, SECRETARIO DEL INTERIOR DEL PODER EJECUTIVO DE LA MISMA REPUBLICA. Ne dites à la postérité que ce qui est digne de la postérité. No digas à la posteridad sino lo que es digno de la posteridad. Tomo Nono. (DOCUMENTOS.) PARIS, LIBRERIA AMERICANA, CALLE DEL TEMPle, no 69. Articulo 36°. Se esceptuan igualmente de la regla general para la libertad del comercio interior los descubrimientos útiles, la impresion ó reimpresion de las obras originales de ingenio ó nuevas traducciones, y los grandes establecimientos de máquinas y fábricas desconocidas en el reyno, y en cuyo beneficio el Congreso dará cuando lo tenga por conveniente, y con los miramientos ó reservas oportunas, por un tiempo limitado, privilegios esclusivos |