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man su verdadera gloria, ciñéndose en sus discursos á la sabia y prudente relacion con que nos anuncia S. M. su dichosa muerte. Prevenimos á todos nuestros diocesanos que velarémos sobre la observancia de esta importante advertencia, que sobre ser la mas conforme á las intenciones de nuestro soberano, harémos por este medio á su santidad el elogio correspondiente á su gran mérito, que le hará recomendable en todos los siglos. Con efecto, la integridad y celo con que ha gobernado por tantos años la iglesia, exigen de nuestra gratitud el que ofrezcamos nuestros votos á Dios nuestro señor para que le coloque en su gloria entre el número de los justos. A este efecto mandamos que en todas las iglesias de nuestro arzobispado se celebren los sufragios acostumbrados, y se hagan las rogativas que se han practicado en otras ocasiones, implorando la proteccion del Todo poderoso para la pronta y acertada eleccion del sumo pontífice.

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El fallecimiento del santo padre pudiera sernos mas sensible si la sabia y religiosa prudencia de nuestro soberano no hubiera tomado con tiempo las providencias mas oportunas para la asistencia espiritual de sus amados vasallos. El trastorno general de la Europa pudiera retardar la eleccion del sucesor de san Pedro. Esta dilacion causaría sin duda mucha relajacion en las costumbres dificultando los medios que tiene establecidos la iglesia para el remedio de las fragilidades. Para evitar, pues, tantos males nuestro soberano á sus amados vasallos, y proporcionarles con puntualidad todos los asilios que dispone la disciplina, para aliviarles en sus urgencias sin embargo de hallarse complicado en tantos y tan árduos negocios del estado, que piden toda la atencion, no ha perdido de vista este tan interesante á la religion, tomando las disposiciones contenidas en su real decreto de 5 del corriente, que es del tenor siguiente: La divina Providencia se ha servido » llevarse ante sí en 29 de agosto último el alma de N. SS. P. Pio VI; y no pudiéndose esperar de las circunstacias, actuales de Europa, y de las turbulencias que la agitan, que la eleccion "de un sucesor en el pontificado se haga con aquella tranquili"dad y paz tan debidas, ni acaso tan pronto como necesitaría la " iglesia ; á fin de que entretanto mis vasallos de todos mis domi» nios no carezcan, de los ausilios precisos de la religion, he re"suelto que hasta que yo, les dé á conocer el nuevo nombramiento de papa, los arzobispos y obispos usen de toda la plenitud "de sus facultades, conforme á la antigua disciplina de la iglesia para las dispensas matrimoniales y demas que les competen: que "el tribunal de la Inquisicion siga como hasta aqui exerciendo sus funciones, y el de la Rota sentencie las causas que hasta ahora "le estaban cometidas en virtud de comision de los papas, y que "yo quiero ahora que continúe por sí. En los demas puntos de » consagracion de obispos y arzobispos, ú otros qualesquiera mas

graves que puedan ocurrir, me consultará la cámara quando se "verifique alguno, por mano de mi primer secretario de estado y » del despacho, y entonces con el parecer de las personas á quie"nes tuviese á bien pedirle, determinaré lo conveniente, siendo "aquel supremo tribunal el que me lo represente, y á quien acudi"rán todos los prelados de mis dominios hata nueva órden mia. Tendráse entendido en mi consejo y cámara, y espedirá ésta las ordenes correspondientes á los referidos prelados eclesiásticos pa"ra su cumplimiento. Señalado de la real mano de S. M.En „ san Ildefonso á 5 de setiembre de 1799. — Al Gobernador de mi consejo y cámara.”

Esta providencia tomada por S. M. no puede ser ni mas justa, ni mas oportuna en las circunstancias del dia. El objeto á que se dirige, es conservar la pureza de la religion y las costumbres, proporcionando á sus amados vasallos por medio de sus pastores el mas pronto remedio en sus dolencias. Sería muy reprensible el que algunos obstinados en sostener sus opiniones intentasen turbar las sabias y justificadas intenciones de nuestro soberano, con notable detrimento de la tranquilidad de las conciencias de los fieles. Léjos de cumplir éstos con los deberes de ministros del Altisimo, causarían una ruina la mas deplorable en el rebaño de Jesucristo. Pero nos desvanece estos temores el conocimiento que tenemos del clero de nuestra diócesis, así secular como regular, en el que se hallan muchos hombres sabios, bien cimentados en les principios de la religion, y capaces de destruir todas aquellas disensiones que puedan fomentar los enemigos de la paz y caridad cristiana que debe unir á los enemigos de la iglesia, y conservar entre ellos la unidad de espíritu. Esta confianza la ponémos con especialidad en nuestros curas párrocos, á quenes tenemos encargado el cuidado inmediato de nuestros amados diocesanos. Y esperamos que procurará cada uno instruir á sus respectivos feligreses en la sana doctrina de la moral cristiana, radicando entre ellos la caridad perfecta. Y sobre todo haciéndoles ver el celo con que nuestro católico monarca les proporciona todas las ventajas, así espirituales como temperales, cuyo conocimiento debe inspirarles la mas rendida sumision, respeto y amor á su persona.

Y para que estas nuestras letras lleguen á noticia de todos nuestros amados diocesanos, mandamos á todos los curas párrocos de nuestro arzobispado, publiquen este edicto en el primer dia festivo al tiempo de celebrar la misa solemne, el que mandamos espedir en nuestro palacio arzobispal de la ciudad de Zaragoza en diez y seis de setiembre de mil setecientos noventa y nueve. — F. Joaquin, arzobispo de Zaragoza. — Por mandado de S. E. el arzobispo mi señor, Dr. D. Luis Lassala, secretario.

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Núm. 23.

Carta del señor obispo de Salamanca en 14 de setiembre de 1799.

Exmo. señor: la muerte de N. M. S. P. Pio VI en là actual situacion y circunstancias de la Europa, obligaba á la sabia y circunspecta piedad del rey á una resolucion en que, guardándose todo el honor y decoro de la soberanía, se atendiese al bien de la iglesia y al beneficio y consuelo espiritual de los fieles; y esto es lo que S. M. acaba de hacer en su decreto de 5 de este mes, por el que quiere que los arzobispos y obispos de sus reynos, reintegrándose en toda la plenitud de sus facultades, usen de ellas conforme á la antigua disciplina de la iglesia para las dispensas matrimonia·les y demas que les competen, por ahora y hasta que S. M. dé á (conocer por sí mismo el nuevo nombramiento de papa.

Es menester cegarse voluntariamente para no conocer la legitimidad de este médio, y la necesidad que habia de usar de él se-gun todas las reglas de la prudencia. Las reservas consentidas tácitamente por los obispos, porque algunas razones les daban por lo menos una cierta apariencia de utilidad, y que realmente no debieron su principio é introduccion sino al olvido de las máximas de la antigüedad, y al trastorno que causáron en las ideas las decretales de Isidoro, formáron un nuevo derecho que se ha respetado por los soberanos y por el cuerpo de los obispos aun despues de reconocido el vicio de su orígen, por una deferencia sumisa y respetuosa á la cabeza de la iglesia; y se ha llavado ahora hasta el estremo esta deferencia no habiéndose hecho la menor alteracion, ni aun en los dos últimos años en que el papa ha estado fuera de Roma sin poder tomar conocimiento de las gracias que se pedian y causales que se alegaban para ellas; y ni aun se hubiera hecho tal vez si hubiera vivido y continuado mas tiempo en una suerte de prision ó cautiverio en medio de la Francia.

El mundo confesará quán grande ha sido la condescendencia del rey, y quánto el filial amor y respeto que ha tenido á la san. ta sede y al dignísimo pontífice que la ocupaba; y acaso se admirará la posteridad de que en tales circunstancias de la Europa, y mas señaladamente de Roma, y en tiempos tan calamitosos para la nacion española, se haya tolerado que saliesen las mismas cuantiosas sumas de dinero que salian antes por estas gracias, y sobre que tantas veces en los siglos pasados y aun en el presente se han hecho serias reclamaciones á la corte romana, como que eran gravámenes insoportables á la nacion, y que se conformaban mal

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con el espíritu y mas pura disciplina de la iglesia, y en mucha parte con lo mismo que congregada esta en su último concilio general habia establecido tan claramente.

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Dios quiera oir los ruegos de su iglesia y darla una cabeza que renueve los grandes ejemplos de heróicas virtudes que tanto han sobresalido en los sucesores de san Pedro, y de que el pastor supremo que hoy lloramos ofrece un maravilloso compendio en las diferentes épocas de su vida, que siempre en opresion y trabajo, le ha presentado mas señaladas é ilustres ocasiones de ejercerlas; y quiera tambien el Señor inspirar al que le sucediere aquel espíritu de paz y de mansedumbre á que se rindiéron al fin todo el poder y la sabiduría en los primeros tiempos, y la consideracion de que la magestad de la santa sede nunca fue mayor que cuando resplandecian en ella las grandes lumbreras de la iglesia, los Leones, los Gregorios y tantos otros, y entonces carecía aun de todas las ventajas temporales de que la serie de sucesos de las presentes revoluciones la ha privado ahora; y entonces y en mucho tiempo despues aun no habian empezado las reservas, las quales despues de establecidas siempre se miraron con disfavor y aun odiosidad por ser lucrosas, y porque acaso esto habia facilitado tanto las dispensaciones contra la intencion ciertamente de los sumos pontifices, faltando así el nervio de la discipli ́na, y haciéndose ilusorias las leyes eclesiásticas.

He manifestado á V. E. mi modo de pensar en este punto, y con esto no dudará de la puntualidad con que cumpliré con quanto me previene de órden de S. M. con la misma fecha.

Dios guarde á V. E. muchos años. Villoruela 14 de setiembre de 1799. Excmo. Sr. Antonio, obispo de Salamanca = Excmo. Sr. D. José Antonio Caballero.

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Núm. 24.

EDICTO DEL MISMO PRELADO.

Nos don Antonio Tavira y Almazan, por la gracia de Dios y de la santa sede apostólica, obispo de Salamanca, del consejo de S. M. &c.

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A nuestros amados hermanos los curas párrocos de nuestra diócesi, hacemos saber que el dia veinte y nueve del próximo mes de agosto falleció en Valencia del Delfinado nuestro santísimo padre Pio VI, que por tan largo tiempo ha regido la iglesia universal, y la ha edificado y enriquecido con los exemplos de las mas heróicas y memorables virtudes, siendo una prueba sensible del

amor con que el Señor mira á su iglesia, que para tiempos y coyunturas tan difíciles como las que han ocurrido, y el Señor habia de permitir para castigo de nuestras culpas, destinase anticipadamente y pusiese á su cabeza un varon justo, que qual otro Moyses se interpusiese y templase lo rigores de la indignacion de Dios contra su pueblo. Haráse saber y entender á los fieles por medio de toque de campanas, y se harán los sufragios y demostraciones que en otras veces se han acostumbrado, y asimismo se harán rogativas en todas las parroquias para impetrar del Señor la pronta y acertada eleccion de un supremo pastor de la iglesia; y prevenimos que por ahora dispensarémos en los impedimentos del matrimonio, y haremos uso, en todos los demas casos en que se acudia á implorar la gracia de la silla apostólica, de las facultades que en virtud del carácter episcopal nos competen, y que solo por una prudente economía de la iglesia, universal, y voluntaria aunque tácita cesion de los obispos, se reservaron á la santa sede, y ahora en las turbaciones estraordinarias de la Europa el rey nuestro señor , que en virtud de su suprema potestad económica no debe mirar menos que por el bien del estado por el de la misma iglesia, ha querido y resuelto que todos los obispos de sus reynos hagan uso de las sobredichas facultades, á fin de que sus amados vasallos no carezcan de los ausilios precisos de la religion. Todo lo qual esplicarán los párrocos á sus feligreses para que lo tengan entendido, y nos darán aviso si con esta ocasion se escitaren especies, por ignorancia ó malignidad, que puedan turbari la quietud pública, para ocurrir al remedio y proceder contra los autores. Dado en Villoruela á catorce de setiembre de mil setecientos noventa y nueve. Antonio, obispo de Salamanca. Por mandado de su Ilma. el obispo mi señor, Dr. D. José Maria Pichardo, vice secretario,

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Ashwe Núm. 25,

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Carta anónima dirigida al ilustrísimo señor obispo de Salamanca contra el edicto antecedente.

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Ilustrísimo señor obispo de Salamanca: Jamas podia persuadirme hubiese llegado tiempo en que un obispo de la instruccion de V. S. L publicase un edicto por el qual indubitablemente se quiere trastornar el órden gerárquico que desde su fundacion hermosea y adorna el bien construido edificio de la iglesia en Pedro, como piedra firme é inmoble contra todas las tempestades y terremotos que los infiernos quieren levantar contra él.

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Si no creyera á V. S. I. fiel seguidor de esta doctrina, le już

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