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por no haberse entendido al principio, depusieron las armas y se abrazaron sin pacto alguno especial, sin ninguna garantía, fiándose los unos de la palabra de los otros, y sin necesidad de que ningun estraño interviniera.»

Españoles son tambien los que ahora con sangre española en el calor de uno de los debates mas empeñados que he visto, en la mayor irritacion de los ánimos deponen una cosa, que es acaso mas que deponer las armas: deponen las pasiones, se calman, se sobreponen á su misma conviccion, y á las dulces veces de union y de paz, se abrazan y ponen de acuerdo. Señores, repito, este momento premia para mí cuanto he padecido. Este momento me hace envanecerme de ser español, envanecerme mas que nunca me he envanecido, y esto tambien será una leccion para los que en Europa nos creen no merecedores de la libertad, ó poco preparados para ella.» (Aplausos prolongados.)

Entonces el gobierno presentó un nuevo proyecto de ley concebido en estos términos :

Artículo 1. Se confirman los fueros de los Provincias Vascongadas y Navarra, sin perjuicio de la unidad constitucional de la monarquía.

Art. 2. El gobierno tan pronto como la oportunidad lo permita, y oyendo antes á las Provincias Vascongadas y á Navarra, propondrá á las Córtes la modificacion indispensable que en los mencionados fueros reclame el interés de las mismas, conciliado con el general de la nacion y la Constitucion de la monarquía; resolviendo entretanto provisionalmente, y en la forma y sentido espresados, las dudas y dificultades que puedan ofrecerse, dando de esto cuenta á las Córtes.

Concluida la lectura, manifestaron su satisfaccion con repetidos aplausos los señores diputados y las tribunas; y habiendo pedido la palabra, usó de ella en los términos que sigue,

El Sr. Olózaga: «Reclamo la anuencia del Congreso, aunque contamos con ella para retirar la enmienda que habiamos presentado. >>

El Sr. Argüelles: (no habia tomado parte en el debate). «Por

si acaso se creyesc que los individuos que compusieron la comision encargada de este negocio tuviesen algun empacho ó conservasen todavia alguna relacion con las doctrinas que el Congreso habia oido leer, espero que este tenga la comision por disuelta, y reducidos sus individuos la clase de simples diputados, quedando en libertad de votar como les parezca segun su conciencia, para que nunca se diga que la prévia relacion que tuvieron con las doctrinas de la comision á que pertenecian, les puede embarazar lo mas mínimo para la votacion.» (Bien, bien.)

En seguida se leyó el proyecto por artículos, se aprobó cada uno de ellos por unanimidad, y habiendo indicado la comision. de la correccion de estilo que no habia inconveniente en que se pasase á votar en la totalidad, se hizo asi, quedando aprobado nominalmente por 123 diputados que se hallaban presentes.

Al publicarse el resultado de la volacion, prorrumpieron los señores diputados y espectadores en los mas vivos y estrepitosos aplausos, que continuaron por algunos momentos.

Pasó inmediatamente la ley al Senado, donde fué leida en la sesion del 9 de octubre. En la del 15 presentó la comision su dictámen conforme en todo al del Congreso. En la del 22 fué aprobado por 73 contra 6, habiendo precedido discusion, sin debate acalorado.

Recibió el Congreso de los diputados varias felicitaciones por la sesion del 7 de octubre; tan halagados habian quedado los ánimos con la idea de una cordial reconciliacion, que en realidad no habia sido mas que una llamarada de entusiasmo, tan pronto á encenderse como á disiparse. No habia en efecto ni protestas, ni abrazos que pudiesen reparar lo que aquella situacion tenia de anómala, ni á promover union entre lo que mútuamente se escluia. Entre la moyoría del Congreso progresista y el ministerio moderado, no era dable una amalgama. Si este se ha· bia visto embarazado con la antigua mayoría de su mismo partido, mayores le aguardaban con la nueva de color opuesto. Entonces habia recurrido al espediente de la suspension, lo que le habia dado algunos meses de respiro. El decreto de disolucion prolongó este peirodo de tranquilidad que debia tener su térmi

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no. Las elecciones hicieron su efecto natural; la apertura de las Córtes puso al ministerio frente à frente de una falange inmensa de adversarios políticos, con quienes no podia simpatizar de modo alguno. El convenio de Vergara vino á propósito para suspender la ruptura de las hostilidades; la escena de los abrazos, para calmar una tempestad queenia todos los caractéres de desecha; mas estas efusiones no podian ser diarias; ni los arrebatos de entusiasmo curar las heridas, las impresiones profundas que no podian menos de haber hecho ciertas frases. Algunos creyeron que antes de esta sesion, ya tenia tomado el ministerio su partido; de todos modos, es probable que no cambió su resolucion, ni la manera de ver su verdadera posicion en el Congreso.

La discusion del proyecto de contestacion al discurso de la corona, no comenzó hasta en la sesion del 23 de octubre. En lugar de ser este documento un eco ó repeticion del discurso á que se respondia, se contraia sobre negocios generales, á los acontecimientos del dia, á la pacificacion de Vergara, á la ley de fueros, al buen espíritu que habia animado en la sesion del 7 de aquel mes, á los votos ardientes de los diputados por la consolidacion de la paz y de las instituciones libres que la nacion se habia dado. Terminaba la respuesta con dos párrafos notables. Observando fielmente la Constitucion, que es la ley comun para los súbditos como para los poderes del Estado, asegurando y continuando las reformas que son consiguientes á su espíritu, acomodando á él las leyes orgánicas que deben formarse para que los principios consignados en la ley fundamental tengan inmediata y útil aplicacion, y examinando con el deseo de mejorar la condicion del pueblo, que tantos sacrificios ha hecho en esta época, los proyectos que se presenten, cree el Congreso que contribuirá en cuanto esté de su parte á la felicidad de la nacion y al esplendor del trono, cuyo apoyo mas firme se hallará siempre en la gratitud de los españoles amantes de la Constitucion, que con tanta lealtad le ha defendido y le defendieron contantemente.»-«Pero permita V. M. al Congreso añadir, que para la salud del Estado es indispensable en la administracion pública una marcha siempre justa y conforme

enteramente á la ley fundamental jurada, y á su verdadero espíritu; porque sin ella, ni la nacion puede tener la confianza necesaria, ni cabe que se consoliden nuestras instituciones, ni se complete la grande obra de la pacificacion del reino. Palacio del Congreso 15 de octubre de 1839. Siguen las firmas de los señores Calatrava (D. José), Lopez (DJoaquin), Laborda, Sancho, Olózaga, Lujan y Cortina.

A pesar de lo breve y hasta lacónico de este documento, no dejó de provocar debates bastante acalorados. Se habia hecho un cargo á la comision por no haber presentado antes su proyecto; mas esta alegó naturalmente, que el Congreso habia dispuesto se pospusiesen al asunto de los fueros todos los demas, incluso el de la contestacion al discurso de la corona. Tambien se censuró que el proyecto de contestacion no se refiriese á sus diversos párrafos. Sin embargo, á pesar de esta circunstancia ó innovacion, el proyecto estaba muy lejos de ser favorable al ministerio. El último párrafo, sobre todo, que hemos copiado, envolvia un voto de

censura.

Se suscitaron en el debate todas las cuestiones que habian tenido lugar en otras ocasiones. La inconstitucionalidad de los actos del ministerio, la suspension, la disolucion de las Córtes anteriores sin estar votados los presupuestos, sin autorizacion prévia para el cobro de las contribuciones; el decreto del pago del medio diezmo, los proyectos de ley que estaban presentados, y otros que se anunciaban de la misma indole; todo se reprodujo en aquella sesion y en otras que siguieron. No fué objeto de menos oposicion la cuestion estranjera, sobre la que pronunció Argüelles un largo y elocuente discurso, como tenia de costumbre.

Un párrafo del discurso del trono habia llamado singularmente la atencion, á saber; el en que decia S. M. que teniendo motivos para creer á los gobiernos que no habian reconocido á Isabel II, mejor informados sobre la legitimidad de nuestra causa y los derechos inconcusos de su escelsa hija, miraba mas próximo el fausto dia en que se completase el triunfo de la razon y la justicia.

TOMO IV.

28

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El público y las Córtes vieron naturalmente en este pasage una referencia, á la mision de que se decia estaba encargado el ex-ministro Zea Bermudez, de negociar en las Córtes del Norte el reconocimirnto de Isabel II. Pareció sospechoso que se encomendase semejante pasunto á un personaje tan conocido por sus antecedentes policos, que no habia jurado la Constitucion, y que á trueque de dicho reconocimiento, tal vez estaria autorizado á hacer sacrificios políticos que estaban sin duda en consonancia con sus ideas propias. En el Congreso se trató este asunto: los ministros de negocios negaron tal mision; mas se hizo ver por documentos insertados en los papeles públicos, que Zea Bermudez no daba, no podia dar pasos de semejante importancia motu proprio. Alguna autorizacion de alta procedencia, de oficio ó confidencial, habia impulsado una negociacion de aquella trascendencia. El ministerio no podia salir victorioso en este ataque dado en toda regla, apoyado en documentos, apoyado en razones poderosas; y aunque impulsaba directa ó indirectamente la negociacion, lo mismo que los diputados que la impugnaban, se tomaban un trabajo inútil. Toda la habilidad diplomática de Zea Bermudez se estrelló y debia estrellarse, contra una resolucion que con conocimiento de causa habia sugerido la política á dichos soberanos. No se trataba de probarles que la ley sálica era planta exótica en España. ¿Podian ellos ignorarlo? ¿No sabian su historia? Lo que no pudo demostrarles Zea Bermudez, fué sin duda que sus principios estaban mejor representados por Isabel, que por su rival

D. Cárlos.

Es inútil que entremos en mas pormenores de una discu sion, de debates bastante acalorados de una parte, y que no produjeron resultado alguno. En la sesion del 28 de octubre se dió por discutida la totalidad del proyecto; en la del 29 comenzó la del artículo 1.°, que continuó en la del 30, cuando ya para las Córtes sonaba la hora fatal que las iba á privar de su existencia.

Comenzó la sesion del 31 de octubre con la lectura de un real decreto, por el que en razon del mal estado de su salud, se

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