Boletín legislativo: compilación con nots y adiciónes de las leyes decretos, reglamentos, sentencias del Tribunal Supremo, y demas disposiciónes promulgadas en Cuba desde 20 de mayo de 1902, Volumen5Imprenta y Papeleria de Rambla Y Bouza, 1903 |
Otras ediciones - Ver todas
Boletín legislativo: compilación con nots y adiciónes de las leyes ..., Volumen6 Cuba Vista completa - 1904 |
Boletín legislativo: compilación con nots y adiciónes de las leyes ..., Volumen6 Cuba Vista completa - 1904 |
Boletín legislativo: compilación con nots y adiciónes de las leyes ..., Volumen2 Cuba Vista completa - 1902 |
Términos y frases comunes
actor alegando Armisens artículo mil seiscientos Audiencia autos Camejo Cándido Matos Carlos Revilla casación por infracción censo certificación ciento cinco cincuenta cincuenta y nueve ción citado Código Civil Código Penal condena Considerando consigna consta contestación Criminal cuarenta cuarto cuatro cuatrocientos declara declarar delito demanda demandante derecho desahucio dictada diez y nueve doctrina documento doña Enjuiciamiento Civil escrito escritura expresado fardito fecha Fernández Blanco finca fojas Habana hacienda Ciego Ransoli herederos infringido interpuesto José José Fernández Blanco José Piñero Juez juicio Juzgado legal mandamos Marianao Marzo de mil mil novecientos mil ochocientos noventa mil ochocientos ochenta mil ochocientos sesenta mil quinientos mil seiscientos noventa Ministerio Fiscal Municipal Nepomuceno Amador noventa y nueve otorgada pago Pérez pesos pleito primera instancia primero del artículo probado procesado prueba quinto recurrente recurso de casación referido resolución Resultando Sala sentenciadora Santiago de Cuba segundo séptimo siete sucesión tercero terrenos tículo treinta Tribunal Supremo veinte Zaza
Pasajes populares
Página 30 - Se aplicará la pena inferior en uno ó dos grados á la señalada por la ley, cuando el hecho no fuere del todo excusable por falta de alguno de los requisitos que se exigen para eximir de responsabilidad criminal en los respectivos casos de que se trata en el art. 8.°...
Página 49 - Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes y deben cumplirse al tenor de los mismos, salvo las limitaciones establecidas en este Código . ARTÍCULO 167.
Página 90 - Para que las presunciones no establecidas por la ley sean apreciables como medio de prueba, es indispensable que entre el hecho demostrado y aquel que se trate de deducir haya un enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano.
Página 153 - Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez ó Tribunal competente en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que éstas prescriban.
Página 42 - ... las accesorias de suspensión de todo cargo y del derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales, así como a que abone a N...
Página 20 - No delinquen, y por consiguiente están exentos de responsabilidad criminal: !." El imbécil y el loco, á no ser que este haya obrado en un intervalo de razón. Cuando el imbécil ó el loco hubiere ejecutado un hecho que la ley calificare de delito grave, el tribunal decretará su reclusión en uno de los hospitales destinados á los enfermos de aquella clase, del nial no podrá salir sin previa autorización del mismo tribunal.
Página 275 - La emancipación habilita al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor: pero hasta que llegue á la mayor edad, no podrá el emancipado tomar dinero á préstamo. gravar ni vender bienes inmuebles sin consentimiento de su padre, en defecto de éste sin el de su madre, y por falta de ambos, sin el de un tutor. Tampoco podrá comparecer en juicio sin la asistencia de dichas personas.
Página 189 - Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren el tenor de aquélla».
Página 124 - Las penas de prisión mayor y correccional y arresto mayor llevarán consigo la de suspensión de todo cargo y del derecho de sufragio durante el tiempo de la condena.
Página 231 - La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.