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PARAGUAY

GARAY

Exmo. Señor Rutherford B. Hayes, Presidente de los Estados

Unidos de América y árbitro en la cuestión de límites entre la República del Paraguay y la Argentina.

<MO. SEÑOR;

Como Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, en Misión Especial de la República del Paraguay, acreditado cerca del Gobierno de V. E., y en cumplimiento de lo estipulado en el artículo VIII del Tratado de Límites entre la República del Paraguay y la Argentina, fir: mado el 3 de Febrero de 1876 en la ciudad de Buenos Aires (1) y dentro del plazo en él fijado, que es el de doce meses á contar desde la aceptación del cargo, que tuvo lugar con fecha 28 de Marzo 1877, según Carta Autógrafa de V. E. al Presidente del Paraguay, (2) vengo á presentar la Memoria y documentos etc: en que constan los derechos evidentes que el Paraguay tiene al territorio en cuestión.

Ella es muy deficiente tanto por la escasez de conoci. mientos y la ninguna preparación que tengo para trabajos de esta naturaleza, cuanto por lo limitado del tiempo de que he podido disponer en los estudios previos indispensables.

Si á esto se agrega, que tantos y tan preciosos documentos que eran mas concluyentes aún sobre los derechos del

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Paraguay han desaparecido de los Archivos de la Asunción (1) en el torbellino de la desastrosa guerra de cinco años que ha consumido á mi Patria sin dejar, puede de. cirse, piedra sobre piedra, y á consecuencia de la cual sus circunstancias actuales no le han permitido enviar comisionados á revisar los Archivos de España donde tal vez existan otros iguales; V. E. comprenderá cuan léjos estará esta Memoria de contener todos ó la mayor parte de los documentos que pudiera haberse presentado en la defensa de los muy claros é incontestables derechos que el Paraguay tiene al territorio en cuestión.

Mi posición es mas difícil aún, por cuanto puede decirse que esta es la primera vez que se dilucida cuestión tan importante, si se esceptúa el Memorandum del Señor General Mitre, Ministro Plenipotenciario Argentino en la Asunción en el año 1873, y el Contra-Memorandum del Ministro Paraguayo, Señor Miranda; pues la República Argentina en ningún tiempo ha discutido, ni menos pretendido oficialmente derechos al Chaco Paraguayo, hasta el famoso Tra tado de Alianza del 1° de Mayo de 1865.- Si alguna vez tales pretensiones se han dejado traslucir, no han pasado de simples escritos, espresando opiniones particulares ó de artículos de diarios que ninguna importancia pueden tener entre naciones.

Con todo, los documentos que se han salvado de la gran catástrofe que ha desolado al Paraguay y cuyos testimonios van anexos, así como los mapas y autores que se citan, son á mi juicio mas que suficientes para llevar al ilustrado y recto criterio de V. E. la suficiente luz y el convencimiento de sus innegables derechos.

(1) Memoria de Don José Falcón, Gefe del Archivo Nacional (M. S.) Asunción, Marzo 10 de 1872.

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Tanto mas me afirmo en esta creencia cuanto que he visto que, á pesar de que el Gobierno de Buenos Aires ha enviado á un ilustrado Bibliograf), el Dr. Qesada, á coleccionar documentos en el Archivo General de Indias en Sevilla y Depósito Hidrográfico de Madrid (1), que el importante Archivo de Buenos Aires está intacto y que el Gobierno Argentino, con la anticipación necesaria, ha encomendado la redacción de la Memoria á persona muy competente, á pesar de todo esto, repito, no ha podido encontrarse un solo documento que pudiera, no digo ya pro. bar, lo que sería imposible, pero siquiera dar fuerza á las pretensiones de la República Argentina sobre la parte del Chaco Paraguayo sometido á arbitraje.

Lejos de esto, algunos de los documentos del Apéndice de esa Memoria sirven también para probar los derechos del Paraguay, como en su lugar lo demostraré.

Entretanto, y antes de entrar á tratar de lleno la cues. tión, me permitiré precederla de un lijero bosquejo histórico para su mayor claridad y mejor inteligencia.

II

Descubierto el Río de la Plata por Juan Diaz de Solis en 1515, Sebastian Gaboto siguió sus huellas y descubrió el Río Paraguay en 1528.-Pedro de Mendoza fundó Buenos Aires en 1535 y Juan de Ayolas la Ciudad de la Asun. ción en 1536, sobre la orilla izquierda del Río Paraguay. Los Conquistadores tuvieron que abandonar la población. de Buenos Aires y reunirse todos en la Asunción, siendo, puede decirse, su primer Gobernador Don Domingo Mar

(1) Memoria del Ministro de Relaciones Exteriores de la República Argentina, año de 1877, en la Memoria sobre la cuestión Chaco confeccionada por el Dr. Angel J. Carranza para ser presentada al Árbitro, Pag. 680.

tinez de Irala, quién por mayoría de votos había sido elec to Gefe á la muerte de Juan de Ayolas.

De esta Ciudad de la Asunción salieron los que repobla ron en 1580 á Buenos Aires así como también los que funda. ron la Concepción de Buena Esperanza del Bermejo en 1585 y las Ciudades de Corrientes, Santa Fé, la de Guairá, Villa Rica, la de Santiago de Jerez etc. según el historiador Don Felix de Azara. Ella fué la Capital ó residencia de los Gobernadores de toda aquella parte de las posesiones españolas denominadas «Provincias del Río de la Plata», hasta que el Rey encontró por conveniente dividir por Cé. dula de 1617 estos vastos dominics en dos Provincias ó Gobernaciones á saber: la Provincia del Río de la Plata con Buenos Aires por Capital y la del Guairá (ó Paraguay) con la Asunción por Capital.

A la primera Provincia, la del Río de la Plata, le adjndicó cuatro ciudades que fueron: la de Buenos Aires, Santa-Fé, Corrientes y Buena Esperanza del Bermejo. A la segunda, la del Paraguay, otras cuatro, á saber: la Asunción, la del Guairá, Villa Rica del Espíritu Santo y Santiago de Jerez

De esta manera, desde aquella época, ambos Gobiernos subsistieron independientes uno de otro y cada cual con su jurisdicción propia.

* En 1776 Buenos Aires llegó á ser el asiento de un Virey, sin que este hecho alterase en nada el estado de cosas subsistente, y así marcharon hasta que la Revolución del 20 de Mayo de 1810, independizó de la Metrópoli á la Provincia del Río de la Plata, hoy República Argentina, y la del 14 de Mayo de 1811 á la del Paraguay,

Este lijero bosquejo designa á grandes rasgos los principales acontecimientos de aquellos paises hasta su emancipación: tratemos ahora del chaco.

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