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mentario, y las denuncias debian publicarse en las Córtes antes de procederse á ningun otro asunto-Publicadas las denuncias, debia concluirse la tramitacion de todos los expedientes en el término de cuatro meses, despues del dia de la publicacion, ampliando y concluyendo el sumario, dando copias á los acusados y admitiendo las defensas y pruebas que estos adujesen. Concluidos los expedientes de inquisicion, se daria cuenta á las Córtes para que pronunciasen sentencia definitiva, absolviendo ó condenando. El rey asistia á esta clase de juicios, y bastaba la mayoría de los cuatro brazos para constituir sentencia. El denunciador no estaba obligado á dar fianza de calumnia, ni de costas; pero si recaia condenacion, tampoco se hacian declaraciones de penas pecuniarias en que pudiese tener parte ó ganancia. Interin duraban los expedientes de inquisicion, ni el Justicia, ni sus oficiales acusados, podian ser removidos. Los inquisidores no quedaban exentos de responsabilidad por el cumplimiento de su oficio, sino que estaban sujetos á la inspeccion y residencia de sus sucesores.— Se adoptaban disposiciones, para que ni por el rey ni por nadie, se pudiese entorpecer la accion de los jueces inquisidores; y se marcaba el modo de reemplazar al que se inutilizase ó muriese durante el cargo y antes del reemplazo general.=Se facultaba á los inquisidores para que pudiesen ver é investigar todos los procesos originales, y los demás actos del tribu ́nal del Justicia, con obligacion en este, de manifestarlo todo, cuando fuese requerido, dando copias de oficio si se le pidiesen. No podian los inquisidores delegar en nadie sus funciones, ni abogar en el tribunal del Justicia: y se les señalaba de sueldo, trescientos florines al año, y ciento á su notario.=Se daban al Justicia dos tenientes por la multitud de negocios que se agolpaban á su tribunal; y ni ellos ni el Justicia podrian recibir de ningun noble, universidad, colegio, ni otra persona ó corporacion, el menor beneficio, pension, adeala y ni aun caballerías.

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Las otras dos leyes versaban sobre nulidad de las cartas

reales, dadas por sorpresa para la remision de culpa, ó seguros concedidos por herida, mutilacion ó muerte hecha en paz y tregua; cuya órden deberia durar diez años y dar luego cuenta á las Córtes, para si habia de continuar ó anularse.= La segunda trataba de aranceles judiciales, pero se exceptuaban de ellos, las escribanías creadas ó que se creasen en las aljamas de judíos y sarracenos.

Don Juan murió en una cacería el 19 de Mayo de 1395: encontráronle muerto sus acompañantes, y se atribuyó por unos á caida del caballo, y por otros á miedo de verse solo con una enorme loba.

CAPÍTULO X.

DON MARTIN.-Reseña histórica.

Impotencia del rey en su último matrimonio.-Muerte de Don Martin.-Benedicto XIII se refugia en Aragon.-Premios á los trovadores lemosines.-Córtes de Zaragoza de 1395 para reconocer como sucesor á Don Martin.-Rechazan las Córtes á los embajadores del conde de Fox y de la infanta Doña Juana.-Juramento del rey y del reino en las Cortes.-Legislatura de 1398.-Cuestion entre las Córtes y el Justicia conel rey. Suspenden las Córtes sus deliberaciones.-Energía del Justicia.Greuges resueltos en estas Córtes.-Prestigio del Justicia.-Leyes importantes hechas en esta legislatura.-Abolicion de sisas.-Actos de corte.-Turbulencias en Aragon.-Córtes de Maella de 1404. Leyes y actos de córte hechos en esta legislatura.-Anulacion del privilegio otorgado á Calatayud, autorizando á los vecinos para poder resistir con la fuerza á los oficiales reales.

Cuando ocurria el fallecimiento del rey Don Juan, se halla. ba en Sicilia su hermano el infante Don Martin, ocupado en asegurar la corona de aquel reino en las sienes de su hijo. La duquesa de Montblanch, esposa de Don Martin, se hallaba en Barcelona, y tuvo la suficiente maña para que fuese reconocido su marido por los tres estados de Cataluña, como rey de Aragon y conde de Barcelona, en perjuicio de sus dos sobrinas Doña Juana y Doña Violante, hijas del rey difunto. Fundábanse los partidarios de Don Martin, en las sustituciones testamentarias hechas por los reyes pasados, y por su padre el rey Don Pedro; y esta parcialidad logró su objeto, pues aunque la reina viuda Doña Violante, alegó estar en cinta, no

resultó cierto. Contribuyó á su definitivo triunfo, el testamento del rey Don Juan, en que ordenaba, que si llegaba á morir sin hijo varon legítimo, sucediese en los reinos su hermano el infante Don Martin, con exclusion de sus dos hijas. Interin el nuevo rey se presentaba en España, tomó las riendas del gobierno su esposa la duquesa, inaugurándole con la prision de varios caballeros y letrados, á quienes los pueblos suponian autores de los abusos y excesos cometidos en tiempo del rey Don Juan.

Los aragoneses acordaron reunir las Córtes y estar preparados á todo evento.

El conde de Fox, marido de la infanta Doña Juana, primogénita del rey difunto, creyó oportuna la coyuntura de ocupar el trono de Aragon, y reunidas sus gentes con auxilio del conde de Armagnac, penetró por Cataluña, y aunque puso cerco á Barbastro, fué rechazado y tuvo que refugiarse en Navarra, porque los aragoneses contestaron á sus embajadores que no le reconocian como rey. Sin embargo, y á pesar de la comun opinion de los historiadores, no debió existir la unanimidad que suponen para la admision del infante Don Martin, cuando su esposa creyó necesario prender y asegurar al conde de Ampurias, que se decia estar al frente de los partidarios del de Fox, y cuando muchos pueblos de Cataluña, pertenecientes al patrimonio mismo del rey Don Martin, y situados en las orillas del Segre, reconocieron y prestaron pleito homenaje como reina y señora natural á la condesa Doña Juana, cuando su marido intentó ganar por armas el trono de Aragon.

Vino por último Don Martin á sus reinos, despues de pasar por Aviñon para visitar y reconocer al Papa Benedicto XIII, y con las formalidades acostumbradas, juró los fueros en Zaragoza y fué alzado rey, haciendo que al mismo tiempo jurase el reino sucesor, á su hijo el rey Don Martin de Sicilia. Dilató no obstante la coronacion hasta el 13 de Abril de 1399, para que coincidiese con la de su hijo en Palermo.

No tardaron muchos años las infantas Doña Juana y Doña Violante en reconocer los derechos de Don Martin, renunciando la última en su favor el 12 de Octubre de 1400, los que por su nacimiento pudiese tener á los reinos de Aragon, Valencia, Mallorca, Cerdeña, Córcega y á los condados de Barcelona, Rosellon y Cerdania, recibiendo en cambio, como dote, ciento sesenta mil florines. Doña Juana hizo igual renuncia en 6 de Setiembre de 1403, despues de enviudar del conde de Fox sin sucesion legítima, señalándola el rey tres mil florines de oro anuales sobre la baylia general de Aragon, y cuantiosos estados en Valencia, donde la infanta se estableció.

El carácter pacifico y tranquilo del rey Don Martin le granjeó la simpatía de los reyes comarcanos, y hallóse en paz con todos durante su reinado; pero desgraciadamente no sucedió así en Aragon y Valencia, donde los bandos de Urreas y Lunas en aquel, y Centellas y Soleres en este, ensangrentaron todo Aragon desde el año 1400, y Valencia desde 4403: no siendo eficaces para introducir paz y órden la hermandad entre Zaragoza y las demás ciudades; la autoridad del rey, ni el prestigio del Justicia, hasta que las Cortes consiguieron atreguar á los principales enemigos. Algunas turbulencias y rebeliones agitaron tambien la isla de Cerdeña y el reino de Sicilia; pero con las flotas y auxilios que Don Martin mandó á su hijo, logró vencer las sublevaciones de su reino, y pacificar á Cerdeña.

En 29 de Diciembre de 4406 murió la reina Doña María, que tanto y con tan buen éxito habia trabajado en elevar al trono á su marido, no dejándole mas hijo legítimo que á Don Martin, rey de Sicilia. No tardó este en seguir á su madre, pues el 25 de Julio de 1409, moria en Cerdeña, despues de haber pacificado la isla en nombre de su padre, y ganado una victoria decisiva en San Luri contra los sublevados de aquella isla. Desgraciadamente no dejó el rey de Sicilia ningun hijo legitimo, nombrando por sucesor en el testamento á su padre Don Martin rey de Aragon. Tuvo sin embargo de la hermosa

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