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que reuniese las condiciones de idoneidad, pura conciencia y buena fama.

Sétima. Encargábase à los compromisarios no revelar su voto ni el de los demás, hasta que se publicase la sentencia. Octava. Se les prescribia, que despues de hecha la eleccion, providenciasen lo necesario à la seguridad y conservacion de las libertades, privilegios, derechos de los reinos y principado, y conservacion del Real Patrimonio, en beneficio de la república.

Novena. Por último, se facultaba á los compromisarios, para dar procurador y defensores, al competidor ó competidores, que por sí no pudiesen presentarse ó presentarlos.

A la instruccion anterior debian ceñirse los compromisarios que se reunirian en Caspe, y así lo hicieron en efecto; pero además, el Parlamento de Alcañiz adoptó medidas de seguridad para los nueve personajes que fuesen elegidos, y otras de precaucion y publicidad, para que ningun competidor pudiese alegar nunca ignorancia.

Nombró el Parlamento en union de la comision catalana, por capitanes para custodiar la poblacion de Caspe, interin la ocupasen los compromisarios, á Pedro Martinez de Marcilla por Aragon, y Alberto Latrilla por Cataluña, dando á cada uno cincuenta hombres de armas con caballos, y cincuenta ballesteros. Se lee en esta concordia una precaucion de gran desconfianza, adoptada por el Parlamento de Alcañiz, y propuesta á los catalanes como una de las principales bases: propúsose y acordó, que los tres Parlamentos de Aragon, Cataluña y Valencia, continuasen funcionando ínterin se hacia la publicacion de rey, y tambien despues de hecha, todo el tiempo que los mismos Parlamentos creyesen oportuno. Esta precaucion demuestra la suspicacia y temor de que el rey elegido inaugurase tiránicamente su poder, y nos parece iba dirigida contra el conde de Urgel y sus parciales, reunidos en Mequinenza.

Procedió al mismo tiempo la comision mista, á poner en conocimiento de los que ya se habian presentado competido

res, todos estos acuerdos, manifestándoles además, que los compromisarios se hallarian en Caspe el referido dia 29 de Marzo. Nada les decian de que mandasen procuradores y abogados á defender sus respectivos derechos, y solo les indicaban, que si los mandaban, se presentasen en hábito decente y estado honesto. La comision dirigió esta especie de emplazamiento ó notificacion á Don Fadrique de Aragon, conde de Luna, y en su nombre, por ser menor, al obispo de Segorbe; al rey Don Luis de Nápoles; al infante Don Fernando de Castilla; á D. Alonso duque de Gandía, y á D. Jaime, conde de Urgel; siendo de notar, que no hizo notificacion ó llamamiento alguno á Doña Violante, hija del rey Don Juan de Aragon, madre del príncipe Don Luis; ni á la infanta Doña Isabel, hija del rey Don Pedro y mujer del conde de Urgel, como hicieron luego los nueve compromisarios.

Segun se vé, los aragoneses y catalanes prescindieron de los valencianos, que aun no habian logrado constituirse formalmente en Parlamento, á pesar de haberse esperado en Alcañiz por bastante tiempo á los comisionados de Valencia. Comprendieron los aragoneses y catalanes, que siendo mayoría, tendria Valencia que pasar por lo que ellos acordasen, y convinieron, en que cuando los valencianos mandasen embajadores, interviniesen estos en los actos de la sucesion, ulteriores á su llegada; sin permitirles impugnacion ni discusion alguna, á lo que ya se hubiese acordado y determinado por aragoneses y catalanes.

Conforme á la primera de las cláusulas pactadas con los comisionados del Parlamento de Tortosa, debia el de Alcañiz, en nombre del reino de Aragon, proceder á la eleccion de los nueve jueces que habian de reunirse en Caspe; pero el Parlamento delegó esta facultad en el gobernador y en el Justicia Mayor, quienes de comun acuerdo presentaron para compromisarios, al arzobispo de Tarragona; Guillelmo ó Guillen de Valseca; Bernardo de Gualves; obispo de Huesca; Berenguer de Bardaji; Francisco de Aranda; Bonifacio Ferrer; su herma

no Fray Vicente, y Ginés Rabaza; quedando eliminado Arnaldo de Conques, que habia sido propuesto por algunos del estado militar, é indicado por los valencianos. Concluido el nombramiento de los compromisarios, el Parlamento de Alcañiz acordó trasladarse á Zaragoza, como lo verificó á fines de Marzo.

En Cataluña, se hallaban abiertas las Córtes á la muerte del rey Don Martin, y despues que este falleció, siguiendo la idea política de que no podia haber Córtes sin rey ó reina que las presidiese, acordaron disolverse; pero antes nombraron una comision de doce personas, que en union del gobernador del principado y los cinco conselleres de Barcelona, le representasen y gobernasen, despachando las providencias necesarias para la tranquilidad del país. Fué una de las primeras medidas adoptadas por este consejo de gobierno, intimar al conde de Urgel licenciase sus tropas, y no usase en lo sucesivo de la lugartenencia general del reino, pues todos los pretendientes á la corona debian ser iguales.

El gobernador general D. Guerao Alemany de Cervellon, de acuerdo con los comisionados y conselleres, convocó el Parlamento catalan para Montblanch. Reunióse en efecto el 34 de Agosto, pero fué tan escasa la concurrencia y se hallaba este punto tan afligido por la peste, que el 40 de Setiembre siguiente, acordaron los asistentes trasladarse á Barcelona para el dia 25 del mismo mes; y á pesar de alguna resistencia por parte del arzobispo de Tarragona y otros, se verificó la traslacion el dia indicado.

No faltaron en Barcelona desavenencias que retardaron algun tanto la constitucion definitiva del Parlamento y su marcha expedita y regular; pero el buen sentido y deseo de los tres estados de Cataluña, dominó las pequeñas disensiones, siendo su Parlamento el primero, que dió ejemplo á los aragoneses y valencianos. En el momento que se regularizó, declaró caducadas las facultades de la comision de los doce, nombrada despues de la muerte de Don Martin; redujo á sus

Y

debidos límites la autoridad del gobernador y conselleres, proclamé la omnipotencia parlamentaria en Cataluña, acordando el 9 de Febrero de 1411, las medidas convenientes á la administracion de justicia y gobierno del principado. Para adelantar al mismo tiempo el despacho del negocio de la sucesion, mandó comisiones de personas respetables á los reinos de Aragon y Valencia, y considerando que para el mas pronto acuerdo, convenia se acercase mas á sus límites, trasladó su residencia á Tortosa el 16 de Agosto, despues de haber provisto con oportunidad y energía á la administracion y gobierno de Cataluña, en sesion de 17 de Junio.

Sin embargo, la reunion del Parlamento en Tortosa fué paulatina y de difícil realizacion, á causa de las intrigas que se cruzaban por parte de los competidores, quienes no creian aun muy seguro el terreno para su eleccion, por las ocurrencias de Aragon promovidas con la muerte del arzobispo, y otras causas hoy de poco interés, que todas contribuian á retardar la constitucion definitiva. A mediados de Setiembre, aun no se habia presentado en Tortosa ningun prelado, baron ni persona notable, y aun á principios del mes siguiente, apenas se encontraban tres ó cuatro personas que pudiesen representar sus respectivos estados. Pero no tardó en verse poblado el Parlamento, principalmente por el estado eclesiástico, á quien el Papa intimó, que sin excusa alguna se presentase inmediatamente á formarle. Con la asistencia del clero, de yarias universidades que componian el estado real, la presencia de los condes de Cardona y Prades, y otros barones, caballeros y hombres de paratge, que formaban parte del estado noble, fué ya verdad el Parlamento de Tortosa, y empezó á tomar en cierto modo la direccion del negocio. No se ocultó su importancia à D. Antonio de Luna y demás apasionados del de Urgel reunidos en Mequinenza, quienes como ya hemos dicho, trataron de corresponder y ponerse de acuerdo con el Parlamento catalan, impetrando su reconocimiento en contra de los de Alcañiz; pero los catalanes ni dieron respuesta de

finitiva á la embajada, ni reconocieron nunca mas Parlamentos en Aragon y Valencia que los de Calatayud, Alcañiz y Vinaroz.

No tan dominado sin embargo como el aragonés, por el temor á D. Antonio de Luna y demás asesinos del arzobispo, el Parlamento catalan aparecia al menos como mas imparcial, intimando así al conde de Urgel como al infante Don Fernando, principales competidores, que desarmasen sus gentes, que no cometiesen tropelías por el país; y al último sobre todo, que retirase inmediatamente las tropas castellanas que habian penetrado y estacionaban en Aragon. No hemos visto que el Parlamento de Alcañiz estuviese en aquellos tiempos muy solícito en reclamar la salida de las tropas castellanas de los términos del reino, pudiendo deducirse, que el Parlamento miraba estas fuerzas como el contrapeso de las acaudilladas por los Lunas, Sesés, Castellan de Amposta y demás reunidos en Mequinenza. Tampoco se ve que los de Alcañiz parasen mucho su atencion en las fuerzas castellanas agolpadas en las fronteras de Valencia, para sostener á los de Vinaroz contra los de Valencia y su gobernador Bellera: de cuya tolerancia y silencio, unido á otras razones, se deduce con toda claridad, que en Alcañiz dominaba la idea fernandista, y que aunque en Tortosa pudiese contar con mayoría, siempre los catalanes se presentan en este asunto, mas imparciales respecto á los competidores. Pero no por las reclamaciones de Tortosa retiró Don Fernando las tropas de Aragon; antes tomando por pretexto el asesinato del arzobispo, decia, que habia mandado entrar á los castellanos, para proteger á los parientes del prelado y defenderlos de las persecuciones de D. Antonio de Luna y sus parciales; que las tropas no habian hecho ni hacian mal ni daño alguno en los pueblos, y por el contrario, que habian contribuido al bien público. Con tal pretexto, el infante tenia puesto un pié en Aragon, protegia á sus parciales de Alcañiz, acechaba por Valencia y aseguraba las probabilidades de su eleccion.

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