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sen en el número de jueces tantos eclesiásticos, y algunos hasta familiares y domésticos suyos, aludiendo en esto á Francisco de Aranda. Pero al mismo tiempo que el procurador de Doña Violante hacia estas recusaciones y protestas, aseguraba particularmente la reina, que ella habia reconocido y reco– noceria siempre á Benedicto como verdadero Papa; que daria garantías de su obediencia, y que si llegaba á ser nombrado rey el infante Don Luis, procuraria siguiese à este nombramiento la union y concordia de la cristiandad bajo el pontificado del referido Santo Padre, trabajando con el rey de Francia para que este le volviese la obediencia. Como se vé, ningun pretendiente dejaba de aprovechar todos los medios de salir airoso en su demanda.

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Sin embargo, estas peticiones de recusacion fueron desechadas en sesion de 9 de Mayo, y en los dos dias siguientes 10 y 41 se presentaron á informar ante el tribunal, los defensores de Doña Violante y Don Luis, Juan de Alzamora, Bernardo del Bosch y Bernardo de Gallach, quienes entregaron además algunas cartas autógrafas de sus representados, en defensa de su derecho. Los últimos alegatos de estos pretendientes se presentaron al tribunal en sesion de 8 de JunioDON FADRIQUE DE SICILIA Ya dejamos dicho el deseo que en varias ocasiones habia mostrado el difunto rey Don Martin, de que le sucediese en los reinos su nieto Don Fadrique, y que no llegó el caso de legitimacion solemne ya acordada con el Papa Benedicto, por la enfermedad y muerte del rey. Algunos autores limitan el deseo de Don Martin, á que solo le sucediese en el reino de Sicilia, como señor que era del feudo de esta isla; añadiendo que el Papa, durante la vida del monarca, resistió autorizar la legitimacion, pero que despues de muerto, habilitó á Don Fadrique para el trono de Trinaquia ó sea Sicilia, siempre que reconociese competirle por concesion de la Santa Sede. Sostienen otros, que la legitimacion de Don Martin, y aun sus deseos en favor de Don Fadrique, se circunscribian á que pudiese suceder en el condado de Luna

señorio de Segorbe y demás estados de su abuela y reina madre Doña María; pero nosotros nos inclinamos à creer, que Don Martin deseaba le sucediese su nieto en todos los reinos, no atreviéndose á consignarlo así en el testamento, por no haberse verificado la legitimacion solemne, que debia en efecto contar como principal adversario al Papa Benedicto, porque à tan astuto personaje, no debia ocultarse, que para la contienda con los antipapas que se le oponian, nada ó muy poco podia valerle un niño entregado á tutores y regentes, y que en definitiva solo dispondria del reino de Aragon para sostener los derechos del pontifice, al paso que protegiendo los intereses de Don Fernando, ganaba tambien la Castilla.

No es tampoco exacto que Don Fadrique careciese de valedores en Aragon, y principalmente en Cataluña ; porque muchos miembros del Parlamento catalan, opinaban pertenecerle la sucesion de Sicilia, ya porque suponian ser tal la voluntad del rey Don Martin, ya porque despues de la muerte de este, el Papa le habia legitimado para suceder en aquel reino; sacando la consecuencia, de que respecto á Sicilia no podia procederse por via de justicia, sino declarar desde luego rey á Don Fadrique.

Tal era la situacion de este pretendiente al acordarse por los reinos la manera de resolver la cuestion política de sucesion. Hallábase por entonces en poder del obispo de Segorbe, quien trabajó con gran actividad para que los Parlamentos y luego los compromisarios nombrasen procuradores y defensores al menor. En una carta del Parlamento de Cataluña, fecha 27 de Abril de 1412, se decia á Don Fadrique, que el Parlamento habia accedido á sus repetidas instancias de que se le nombrasen defensores y procurador, eligiendo las mismas personas que él habia indicado. Mas tarde, los compromisarios y los tres Parlamentos nombraron defensores al menor, siéndolo por Aragon, Gonzalo Forcen de Bornales, Bernardo de Urgel, Miguel Martinez de la Cueva, Antonio de Vistabella y Juan Gilbert, y por procurador Fernan Jimenez por Valencia, Pedro Pardo de la

Casta, Arnaldo de Conques, Juan Mercader y Guillen Estrades, y por procurador Juan de Aguilar; y por Cataluña, D. Pedro de Cervellon, Bonanát Peré, Pedro Baset y Francés Ametla, y por procurador Romeu Palau. Tambien el obispo de Segorbe y D. Ramon Torellas, personas muy de la privanza de su padre el rey Don Martin de Sicilia, trabajaron en favor de Don Fadrique, y aun gastaron sumas de consideracion en su defensa y paga de letrados; pero la tardanza en proveerle de defensores y la lucha con adversarios que tenian gran partido en el reino, contribuyó á la debilidad de su defensa, respecto al menos, al trono de Sicilia.

Sin embargo, sus defensores fueron oidos en las sesiones de 9, 10, 14, 22 y 23 de Junio, presentando los últimos alegatos en la del dia siguiente 24. Los fundamentos principales de la defensa, despues de los razonamientos consiguientes de orfandad, desamparo de su causa y demás de puro sentimentalismo, consistian en ser nieto del rey de Aragon é hijo del de Sicilia: que si bien hijo natural, habia sido legitimado solemnemente por el Sumo Pontifice; y que se oponia á la costumbre antigua de Aragon, admitir al trono extranjeros ó parientes trasversales habiendo señor natural, hijo y nieto de rey de Aragon. Que la circunstancia de hijo natural no era nueva en el reino, porque el primer rey que en él hubo no fué legítimo; que sería inhumano é injusto privarle de la sucesion del reino, posponiéndole á los infantes Don Fernando y Don Luis, que no pertenecian á las ramas ó sustituciones llamadas á suceder por el rey Don Jaime I, descendiendo de hembras que estaban excluidas de la sucesion; cuya inhabilitacion alcanzaba tambien à Doña Isabel condesa de Urgel. Por último, que habiendo sido legitimado debia disfrutar de los mismos derechos que si hubiera nacido legítimo.

Oponian á estos razonamientos los demás competidores, que para demostrar ser hijo natural, debia probar que no habia nacido de mujer que hubiese tenido participacion con muchos, y que al tiempo de ser engendrado no habia tenido.

su padre el rey de Sicilia otras mancebas; lo cual era por lo menos muy dudoso, pues existia como testigo en contrario su hermana Doña Leonor de la misma edad, que el rey su padre tuvo en otra mujer. Que aun siendo hijo natural, no podia suceder en el reino, porque la voluntad del rey Don Jaime habia sido, que si llegaba el caso de sucederse en el reino como mayorazgo, se exigiese la cualidad de hijo legítimo; y que si Don Jaime excluyó á las hijas legítimas, con mayor razon debian serlo los hijos naturales. Sostenian que la legitimacion del rey Don Martin, solo era válida para la sucesion en el condado de Luna, señorío de Segorbe y demás bienes que su padre el rey Don Martin de Sicilia habia heredado de la reina Doña María su madre. Que su idoneidad para suceder, principalmente en Valencia, era absolutamente nula, en atencion á que por ley de dicho reino, la legitimacion de hijo nacido de ayuntamiento prohibido, no producia ningun efecto civil; y que tampoco podia suceder en los reinos de Cerdeña y Córcega, porque siendo feudos de la Santa Sede, se regian por las leyes de Italia, que prohibian suceder á los hijos legitimados; lo cual obligaria á fraccionar del reino de Aragon el de Cerdeña, cosa prohibida por la ley de indivisibilidad de los reinos. Sin embargo, respecto á este último punto de la sucesion de Sicilia, Cerdeña y Córcega, la legiti macion del Papa nos parece, como á muy graves autores, suficiente habilitacion; y aunque estaba de por medio la ley de union de Cerdeña y Córcega al reino de Aragon, no ocurria lo mismo con Sicilia, para cuya sucesion no habia en Don Fadrique incompatibilidad absoluta.

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CONDE DE URGEL. Este competidor era biznieto por línea masculina de Don Alfonso de Aragon, y estaba casado con la infanta Doña Isabel, hija de Don Pedro IV, y hermana del difunto rey Don Martin. Ninguno de los que pretendieron entonces ocupar el trono, se presentó en un principio con mas probabilidades de conseguirlo, que este Don Jaime conde de Urgel; pero necesario es convenir en que se dejó halagar de

masiado de esta idea, y que ó bien por su carácter particular, ó por los consejos de sus privados, y sobre todo por la intransigencia de su madre, que constantemente le repetia, «Fill, ó rey, ó no res» cometió faltas enormes durante el interregno, malquistándose con la parte mas sana de Aragon y Cataluña, por las violencias y excesos de sus partidarios. Ya desde que el Parlamento catalan empezó á reunirse en Barcelona, se quejaba el infante Don Fernando de Castilla, de que infringiendo el de Urgel los acuerdos del Parlamento para que los competidores estuviesen á cierta distancia del punto en que se hallase reunido, hubiese trasladado su residencia á Samboy, una legua de Barcelona, con objeto de trabajar en favor de su candidatura. Ofendianse tambien muchos, de que antes de declarar los reinos la persona que debia ocupar el trono, usase el conde de Urgel insignias reales, viéndose obligado el Parlamento catalan á intimarle cesase de llevarlas y ostentarlas. Perjudicóle principalmente en el ánimo de les aragoneses, la presentacion al Parlamento de Alcañiz de unas cartas autógrafas interceptadas en Castilla por los partidarios del infante Don Fernando, y dirigidas á los reyes de Inglaterra y moro de Granada, en que procuraba y les pedia su alianza, con el fin de ganar el trono por armas, desconfiando sin duda de ganarle por justicia. Y últimamente, la fatal impresion que causó en el reino el asesinato del arzobispo de Zaragoza, acabó de poner en mal estado sus negocios, no solo porque todo el mundo comprendió que el atentado de D. Antonio de Luna habia sido cometido, si no con anuencia, al menos con conocimiento y aprobacion del conde, como que con la sentencia canónica contra los autores del asesinato, quedaron estos alejados del Parlamento de Alcañiz, en donde fueron muy necesarios para el nombramiento de compromisarios, que seguramente no se habria entonces deferido al gobernador Lihory y Justicia Jimenez Cerdan, enemigos declarados del de Urgel. En efecto, unidos los que luego se congregaron en Mequinenza con los aficionados al conde que habia en Alcañiz, tal yez

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