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Moya y Plaza, libreros del Ministerio de fomento, 1870
 

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Página cccxcviii - Lo dispuesto en el artículo anterior se entenderá sin perjuicio de que, si la hipoteca no alcanzare á cubrir la totalidad del crédito, pueda el acreedor repetir por la diferencia contra las demás fincas hipotecadas que conserve el deudor en su poder; pero sin prelacion, en cuanto a dicha diferencia, sobre los que.
Página cclxvi - ... como se verifica en la hipoteca cuando el deudor paga su deuda, en el censo cuando lo redime el censatario, en el arrendamiento cuando se cumple su término y en los demás casos análogos.
Página ccxli - La naturaleza, extensión, condiciones y cargas del derecho sobre el cual se constituya el que sea objeto de la inscripción.
Página cclxxxi - Los que inscriban á favor de un hijo de familia la propiedad de bienes inmuebles, que por la Ley constituyan su peculio, harán constar esta circunstancia en la misma inscripción, expresando la procedencia de dichos bienes. Cuando se omita esta circunstancia en la inscripción, deberán pedir que se haga constar por medio de una nota marginal, puesta á la misma, los que tienen derecho según la Ley, para exigir que en su caso se constituya hipoteca para la seguridad del peculio.
Página cccii - Cualquiera que se crea con derecho a los bienes cuya inscripción se solicite mediante información de posesión, podrá alegarlo ante la autoridad judicial competente. La interposición de su demanda suspenderá el curso del expediente de información; si estuviere ya concluido y aprobado...
Página ccxcv - Siempre que la duda que dé lugar á la consulta del Registrador impida extender algún asiento principal en el Registro de la propiedad...
Página ccxciv - El cumplimiento de las condiciones suspensivas, resolutorias ó rescisorias de los actos ó contratos inscritos, se hará constar en el Registro, bien por medio de una nota marginal, si se consuma la adquisición del derecho, ó bien por una nueva inscripción a favor de quien corresponda, si la resolución ó rescisión llega á verificarse.
Página ccli - Las escrituras públicas de actos ó contratos que deban inscribirse, expresarán, por lo menos, todas las circunstancias que bajo pena de nulidad debe contener la inscripción, y sean relativas á las personas de los otorgantes, á las fincas y á los derechos inscritos.
Página cdxix - Dividida la hipoteca constituida para la seguridad de un crédito entre varias fincas, y pagada la parte del mismo crédito con que estuviere gravada alguna de ellas, se podrá exigir por aquel á quien interese la cancelación parcial de la hipoteca en cuanto á la misma finca.
Página cccxcviii - La hipoteca subsistirá íntegra mientras no se cancele, sobre la totalidad de los bienes hipotecados, aunque se reduzca la obligación garantizada, y sobre cualquiera parte de los mismos bienes que se conserve, aunque la restante haya desaparecido; pero sin perjuicio de lo que se dispone en los dos siguientes artículos.

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