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teras de España, llegára á hacerse general el idioma de los árabes.

Cuál fuera aquel tosco lenguage, ó qué grado de perfec– cion alcanzara, no es fácil decidirlo; pero convienen los doctos en algunos puntos que nosotros agruparemos brevemente. Parece que los godos no fueron poderosos á imponer ni aun á conservar su idioma propio, y tomaron por el contrario la lengua latina aunque en el estado mísero en que ya se hallaba, como que ya venia decayendo desde su mismo siglo de oro. (3) Las pérdidas que diariamente sufria el idioma del Lacio permitian que se infiltrase sin obstáculo tal cual influencia gótica, y de ese mutuo decaimiento, favorecido despues por elementos arábigos, rabínicos y francos, resultó una verdadera é informe fusion, en que sin embargo prevaleció el elemento latino (4); por donde los idiomas de él engendrados se llamaron romanos ó romances, ocasionando entre otros el castellano, que bajo este aspecto bien pudo haber nacido en el siglo VIII, si puede llamarse idioma nuevo el que debió de hablarse en aquella época, de lo cual disentimos nosotros francamente, por mas que lo hayan sostenido, pero sin documentos ni razones de algun peso, los

a

(3) Habia, en efecto, un lenguage que llamaban los romanos militar y que ya prescindia algo de la declinacion: Cornelio Tacito se conduele de las pérdidas que habia sufrido la buena latinidad, S. Gerónimo alude alguna vez al decaimiento de la lengua latina, y S. Isidoro llama latin mixto al idioma corrupto originado por las conquistas: en cuanto a la universalidad de este latin en España, la demuestra Berganza de acuerdo (como ya lo hemos dicho) con Aldrete, aduciendo algunas razones y documentos atendibles, y probando que hasta las mugeres, y por consiguiente el pueblo, oian y entendian las escrituras latinas.

(4) Asi como el lenguage actual precede del latin españolizado, asi tambien hubo lenguage bárbaro que era español latinizado, como lo comprueba un documento de regular latin que Berganza vió traducido marginalmente á otra especie de latin macorrónico en que se decia bracaret por amplecleretur, mataret por occideret, ayat usuale lege por sit usus et lex.

eruditos Aldrete, Terreros y Andres (5). De todas suertes y aunque fuese idioma vulgar, y aua cortesano al decir de Terreros, no le vemos hasta el siglo XII como lenguage escrito, y por consiguiente no podemos deducir de él sino lo que de este se desprende. Cónstanos, sí, de su existencia, como quiera que la demuestran las mejores inducciones filológicas, la declaran los mismos documentos latinos que repetidas veces se refieren al idioma que llaman vulgar (ó rùstico como D. Alonso el Batallador), y sobre todo la argüirian con su misma perfeccion relativa los primeros monumentos verdaderamente castellanos.

Pero antes de fijar la época á que estos se refieren, conviene anticipar dos observaciones diplomáticas, á saber, la falibilidad de muchos documentos en órden á su lenguage y fecha, y la abundancia de documentos latinos y absoluta carencia de castellanos hasta los tiempos críticos á que nosotros referimos el uso del castellano escrito.

En cuanto à la primera de estas dos ideas, diremos que ha habido muchas piezas, latinas en su orígen pero verti– das mas o menos pronto al castellano, lo cual puede inducir á fácil error por la aparente conformidad pero verdadera disonancia entre la fecha y el idioma, de lo cual (en

(5) Terreros en su Paleografia, atribuida al P. Burriel, divide nuestra lengua en épocas ó temporadas, y en la segunda, que corre del siglo V al VIII, supone su nacimiento, asi como en la siguiente hasta el siglo XI su cultura: Aldrete asienta que de la corrupcion latina nació el idioma vulgar hasta que los árabes vinieron á modificarlo, si bien mas adelante establece al cap. V de la P, I que los godos estragaron la lengua romana aunque sin introducir la suya: el abate Andrés, ya que no concede al siglo VIII los versos compuestos en alabanza de unos caballeros gallegos que vencieron con ramas de higuera á los moros que cobraban el feudo de las cien doncellas, ni el poema en octavas á la pérdida de España que citó Faría en sus Comentarios à Camoens, supone del siglo XI los poemas del Cid y de Fernan Gonzalez é igualmente los versos del capitan portugues Gonzalo Hermiguez dírigidos á su esposa Ouroana, como tambien la cultura de nuestra lengua.

tre muchísimas) pueden ser ejemplo los fueros de Sepúlveda y de Arguedas, 1076 y 1092: hay tambien privilegios, cuyas confirmaciones se conocen pero no sus instituciones, habiéndose redactado aquellas en idioma castellano sobre original latino: ha habido tambien privilegios y fueros que sucesivamente se han copiado, y modernizado á cada copia, considerándose vigente la última de estas, entre la cual y la fecha, que es de suyo inalterable, resultaba un desacuerdo filológico no siempre preceptible: ha habido, en fin, alteraciones interesadas y por consiguiente lingüisticas en algunos pasages, lo cual ya denunció D. Alonso el Sábio en aquellas palabras «aun aquellos libros raien et escribien lo que les semejaba á pró de ellos e a danno de los pueblos.>>

El segundo estremo se comprueba con los muchos fueros municipales redactados en idioma latino durante el siglo XI, y aun con los muy numerosos que se otorgaron en el mismo idioma por toda la primera mitad del siglo XII, como lo demuestran, sin salir de los reinos de Aragon y Navarra, los de Alonso el Batallador de 1117, 1122, 1124 y 1129 concedidos á Tudela, Sangüesa, Cabanillas, San Cerni y otros pueblos, y lo que es mas, los concedidos por Sancho el Sábio de Navarra desde 1150 á 1193, cuyo rey (ni ningun otro que sepamos) no se sirvió del castellano sino en el fuero de Arguedas año de 1171.

Resulta, pues, que los primeros documentos castellanos corresponden al siglo XII, pues aunque se habla de documentos de 950, (6) de una escritura de 1066, (7) de una anéc

(6) Los eruditos anotadores de Ticknor, SS. Gayangos y Vedia, apun tan dos piezas del año 950, pero lo hacen con mucha reserva, "diciendo que son documentos curiosos, si no estàn romanceados en época mas moderna, lo cual nos parece à nosotros incuestionable.

(7) Es la restitucion à Dios de un monasterio benedictino; pero aunque

dota de 1095, (8) de un privilegio de 1101, (9) y de algun otro documento á ese tenor, la verdad es que el primero que cita Marina es de 1140, el primero de que habla Gayangos de 1145, el primero que vió Sarmiento de 1130, el primero que parece que han disfrutado Risco y Ticknor de 1155 (10), el primero que menciona Yanguas de 1171, y el primero que copia Berganza de 1173; advirtiendo nosotros de paso que ni en el archivo de Comptos de Navarra ni en el de la Corona de Aragon no existe ningun documento anterior á aquellas fechas. Tambien debemos exponer respecto al P. Merino que ni alcanzó otra cosa que lo exhibido en sus Antigüedades por Fr. Francisco Berganza, ni anduvo á nuestro parecer muy cuerdo en la calificacion de un romance del Cid que aquel encontró en el monasterio de Cardeña y que estotro supuso anterior en algunos años á Berceo y en un siglo á D. Alonso el Sábio, siendo asi que su estructura revela muy posteriores tiempos, y que Berganza, á quien se debe su hallazgo, no se atrevió á fijarle antigüedad, limitándose á coronar su obra con esos (que dice él) versos antiguos.

Los monumentos primitivos de que hablamos, suponen realmente lo que ya hemos dicho, la existencia de un idio

el autor de la Declamacion contra los abusos introducidos en el castellano lo cita como el documento mas antiguo que ha llegado á su noticia, ¿quién que conozca la formacion de nuestro idioma podrá convenir ni un momento con esa opinion ni conceder á esa escritura mayor antigüedad que la del siglo XIV? Hable por nosotros el siguiente fragmento: «ofrecemos á Dios este monasterio, é la su piedad no desdeñe este donecillo ofrecido de las nuestras manos (magüer pequeñuelo) ansi como recibió los dineros de la viuda del Evangelio, é sobre esto hacemos promision que ge la damos con todas sus pertenencias.» Compárese este trozo con cualquiera pasaje del Fuero Juzgo, obra bien conocida y cuya traduccion se mandó hacer dos siglos despues en 1241.

(8) Citado però refutado por Ticknor.

(9) Citado por Marina pero con las vehementes sospechas de ser una traduccion del siglo XIV.

(40) La confirmacion de la carta-puebla de Aviles.

ma vulgar, el cual hemos de confesar que todavia se revela en documentos muy anteriores. El erudito D. Tomas Muñoz incluye tres latinos en su apreciabilísima Coleccion de fueros y Cartas-pueblas, que, correspondientes á los años 804, 824 y 857 contienen las voces carrera, carnicerias, calciata, foz, defesis, ganato, omes de villa, pradum, porquerum, tem— pore verani, ille como artículo y no como pronombre, y otras indicaciones análogas de lo que habia de ser, andando el tiempo, el idioma español (11). Lafuente, en el tomo III de su Historia de España, cita, para prueba de esto mismo, la escritura de fundacion del monasterio de Obona, 780, en que se hallan las palabras vacas, tocino, mula, rio y peña; una donacion de Alfonso el Católico que comprende duas campanas de ferro y tres casullas de syrgo; y un documento de Orduño I con las voces verano, iberno, ganado, carnicerias, caballo etc. Briz Martinez, en su Historia de S. Juan de la Peña lib. II cap. XXXVIII, inserta á la letra el testamento de Ramiro I de Aragon, 1061, en el cual se leen estas palabras: «de meas autem armas qui ad varones, et caualleros pertinent, sellas de argento, et frenos et brunias, et espatas, el adarcas, et geimos, et testinias, et cinctorios, et sporas, et cauallos, et mulos, et equas et vacas et oues dimitto ad Sanctium... et vassos de auro et de argento, et de girca, et cristalo, et macano, et meos vestitos, et acitaras, et collectras, et almucellas en seruitum de mea mensa, totum vadat cum corpore meo ad Sanctum Joannem... et illos vassos quos Sanctius filius meus

(11) Con estos mismos documentos y con otras tan poderosas razones muy dignas de su acreditada ilustracion, impugnaron los SS. Duran y Hartzenbusch, en carta particular que hemos tenido el gusto de ver, la Introduccion al Poema del Cid que acababa de publicar en Paris Mr. Damas Hinard, libro que hoy es ya mas conocido por los trabajos periodísticos en que mas tarde ha sido impugnado.

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