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CRÓNICA SOCIAL

Los cotos sociales de previsión.-El espíritu de Costa.-Del Colectivismo agrario.-La Asamblea nacional de Graus.-Su preparación.-El cuestionario.— Las conclusiones de la Asamblea.

En los días 23 al 25 de Octubre último celebrose en Graus, donde vivió, trabajó y murió el insigne Joaquín Costa, la primera Asamblea nacional de Cotos sociales de previsión. Ningún luga más adecuado que aquél hermoso pueblo, soberbiamente situado y lleno del espíritu del gran español, para iniciar la campaña en pro de los Cotos sociales; ya que hasta la idea misma de la institución viene del inmortal autor del Colectivismo Agrario. Como se dice en la circular de la Comisión organizadora de la Asamblea, la institución del Coto social de previsión, tiene «rancia ejecutoria de nobleza y durante siglos ha sido flor de elevada solidaridad en los pueblos.>> En efecto, Costa recogiera en su Colectivismo Agrario instituciones que entrañaban la idea generadora del Coto de ahora, en cuanto en ella, se ofrecían manifestaciones y organizaciones en las que el trabajo en común de la tierra servía para atender a necesidades de los labradores o cultivadores unidos o asociados, que es lo que en definitiva significa y se propone el Coto, como veremos, y ello merced a la sugestión del propio Costa.

«D. Joaquín Costa-añade la Comisión organizadora, en la circular citada-la evocó, la institución de que hablamos, en su admirable obra Colectivismo Agrario e indica la posibilidad de hacerle resurgir al calor de las modernas conquistas del seguro. Y don José Maluquer y Salvador recogió la idea y la hizo prácticamente realizable al colocarla bajo la estimulante tutela del Instituto Nacional de Previsión.»>

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Pero, ¿qué es el Coto social de previsión? Es muy sencillo de definir y, por ende, fácil de comprender. especialmente en su modalidad inicial de Coto agrícola. Se trata de obtener, mediante el trabajo en común de una tierra-v. gr.: por un Sindicato, o un grupo de vecinos, los fondos suficientes con que atender a los riesgos del trabajo o de la vida-a la previsión de las contingencias de una vida de trabajo. «La característica de todo Coto social de previsión-se lee en la circular citada-es obtener cooperativamente fondos con que atender a diversos fines de previsión, tales como el seguro de vejez, de invalidez, de enfermedad, pensiones a viudas y huérfanos, etc., etc. En general, es una mutualidad cuyas primas se abonan en trabajo.»

Veamos un sencillo ejemplo: un Coto agrícola que se constituyese, v. gr., para atender al riesgo de ancianidad, en el actual régimen legal de seguros sociales -en la rama de retiros de vejezdel Instituto Nacional de Previsión, exigiría: 1.o Una tierra laborable.-2.° El cultivo en común de esta tierra por los miembros o asociados del Coto.-3.o El pago de los gastos de la explotación con los productos obtenidos; y 4.° El abono, con cargo a la ganancia líquida conseguida, en las respectivas libretas de retiro de cada asociado, de la prima correspondiente: de un modo general, ahora, de la prima necesaria-según la tarifa del seguro aplicable-para tener a los sesenta o sesenta y cinco años la pensión mínima de una peseta diaria, o esta misma pensión, en el caso de invalidez, antes de aquella edad.

Pero la idea del Coto entraña amplios desenvolvimientos posibles. «Aunque en su acepción más generalmente conocida, el Coto social de previsión, es aquél en que el trabajo se ciñe al cultivo colectivo de la tierra, cabe concebir otras aplicaciones fecundísimas en los aprovechamientos de los montes comunales, en las cofradías de pesca, en los ganados concejiles y hasta en cooperativas de trabajo industrial, minero y mercantil.>>

Lo esencial es obtener por un trabajo en común elementos económicos para atender a la previsión, en todo caso, y sea cual fuere la modalidad del trabajo que se aplique «la finalidad de estos Cotos ha de ser la de cobijar a individuos «económicamente débiles» para que las fuerzas que emanan de toda asociación los defienda de los embates ciegos de la desgracia y de las heridas sigilosas y encadenadas del tiempo.»

Y no sólo ha de verse el Coto social en la limitación de su función concreta: ha de considerarse como sugestión para reformas hondas en la propiedad de la tierra y en la vida industrial. El lec

tor puede ver en las conclusiones de la Asamblea de qué modo se dió ésta buena cuenta del complejo problema que pueden recoger los Cotos. A la trascendencia posible de los Cotos referíase también la Comisión organizadora en estos interesantes párrafos de su circular:

<«<Los Cotos sociales-dice-tienen gran trascendencia en la economía nacional, pues movilizan el crédito en beneficio del trabajo e impiden que su capacidad productiva se malogre, y que le falte esa interna satisfacción que garantiza su máximo rendimiento.

Los Cotos sociales, al rescatar para el trabajo elementos de producción hoy monopolizados por el régimen capitalista, y al regular sus utilidades de modo que únicamente se dediquen a fines fraternales de previsión han de contribuir con la fuerza arrolladora de los hechos a apacignar turbulencias que hoy se agitan en el seno de la sociedad.

Encierran, además, la fórmula más perfecta de la cooperación, pues en ellos los socios se hallan ligados por triples lazos: los que nacen de poseer en común los elementos e instrumentos de producción, los que se tienden al prestar el trabajo colectivamente, y por último, y éstos son los más fuertes, los que se anudan al destinar los frutos del trabajo a un mismo objetivo de mutuo auxilio y previsión.

La Asamblea de Graus fué preparada bajo el patronato y con la simpatía del Instituto Nacional de Previsión, que además estuvo en ella representado por una Comisión organizadora presidida por D. Angel Ossorio y Gallardo, que presidió las sesiones en Graus celebradas.

En una primera propuesta de programa la Comisión organizadora señalaba como puntos capitales recomendados a los futuros asistentes, a fin de que sobre ellos versaran las Memorias, los siguientes:

1.o Cotos sociales de previsión, Propiedad agrícola, forestal o ganadera, que podría comprender como temas de estudio los que a continuación se indican: Terrrenos, montes o ganados que conviene dedicar a los Cotos.-Modos legales, rápidos y prácticos de adquirirlos y dedicarlos a tal fin -Organización del régimen interior de los Cotos, en lo referente al trabajo.-Fines que éstos deben cumplir y su reglamentación.

2. Cotos sociales de previsión industriales, mercantiles; es decir, de propiedad distinta a la de los anteriores.

Estudiar sobre ellos análogos problemas que en los anteriores. Posteriormente se redactó un interesante Cuestionario, en el cual se formulaban los siguientes temas:

Primero. Definición del Coto social de previsión.-Su implantación y alcance en las producciones agrícola, forestal, ganadera, minera, de pesca, industrial y comercial.

Segundo. Formación del coto.-Sistemas de expropiación, de compra, de arriendo, de censo, de utilización del material patronal, de minoración de horas de trabajo y de aprovechamiento de bienes del Estado, provinciales y municipales. - Límites de la iniciativa particular y de la intervención del Poder público. Medidas previas y complementarias que precisaría dictar en los patrimonios comunales para facilitar el arraigo y asegurar vida propia e intensa a los Cotos sociales de previsión.

Tercero. Sistemas de aportación de trabajo.- El trabajo individual y el colectivo.-Modos de concertar este último.-Sistemas coactivos y liberales para estimular la concurrencia de esfuerzos previsores. Gobierno y administración del trabajo en común.

Cuarto. Elementos económicos indispensables para la labor del Coto social. Concursos de la sociedad y de los organismos oficiales.-Sistemas de subvención de crédito, de seguro y de colocación de la obra producida.—Relación de los Cotos con los sindicatos de todas clases, especialmente los agrícolas, y con las asociaciones vecinales.

Quinto. Inversión del producto del coto.-Fórmulas de previsión.- Atención de la vejez, de la invalidez, de la enfermedad y del paro forzoso. -Funciones que en estos sentidos deben atribuirse al Instituto Nacional de Previsión.

Sexto. Modos y procedimientos para asegurar y difundir la obra de los Cotos sociales de previsión.

Alargaríanos desproporcionadamente la extensión de esta Crónica si pretendiésemos resumir aquí el contenido de las Memorias presentadas-más de treinta, si no recordamos mal -y los debates habidos en las cinco sesi ones celebradas. Ni aun sería posible recoger las indicaciones principales hechas en los discursos pronunciadosen la sesión de clausura ante un público numeroso de gentes del campo en su mayoría, por los Sres. Maluquer, Ossorio y Ministro del Trabajo. Sólo diremos que las discusiones, detenidas, animadas, revistieron verdadero interés, que se desarrollaron en un am

plio y sereno ambiente de cordialidad, y que las conclusiones fueron aprobadas con gran entusiasmo por la Asamblea, y como las aspiraciones de ésta aparecen bien claramente definidas en dichas conclusiones, daremos fin a la Crónica, recogiéndolas íntegras a continuación.

Helas aquí:

Conclusiones aprobadas por la Primera Asamblea Nacional de «Cotos sociales de Previsión», celebrada en la villa de Graus los días 23, 24 y 25 de Octubre de 1920.

Definición del Coto social de previsión.-Conclusión primera.Entendemos por Coto social de previsión toda explotación económica emprendida por una Asociación con el fin de obtener colectivamente recursos para defender a sus socios contra los riesgos que amenacen su trabajo, es decir, para constituir la pensión o ca⚫ pital de vejez, invalidez, enfermedad, maternidad, etc.

También puede recibir ese nombre la colectividad o asociación a ese fin organizada.

Cotos agrícolas.—Conclusión 2.a-En la necesidad de llegar rápidamente a una nueva organización de la propiedad rústica, una de las más urgentes medidas debe ser la implantación en cada término municipal, con carácter legal obligatorio, de un Coto social de previsión, consistente en determinada superficie de la tierra que los socios del Coto podrán explotar en común, dividiéndola en parcelas, arrendándole, cultivándolo por administración, o en otra forma posible y conveniente. Los productos de cada Coto serán destinados a mejorar o constituir una pensión o capital que defienda los socios contra el riesgo de vejez o invalidez y demás que amenacen su trabajo.

Conclusión 3. Los cotos sociales agrícolas de previsión podrán constituirse adquiriendo tierras a censo o por donación, por arriendo o aparcería, por aprovechamiento de bienes del Estado, provinciales o municipales y por expropiación forzosa de bienes particulares.

Conclusión 4. Una ley determinará cómo arbitrar los recursos necesarios para ello y el procedimiento de su amortización. Conclusión 5.a-Cuando por dificultades de la tierra o de los hombres no pueda llegarse al establecimiento del Coto social en terrenos apropiados para tal fin, será sustituído con un impuesto directo sobre el valor de toda la propiedad rústica de todo el término municipal con el tanto que sea necesario para reunir las cuotas de seguro social.

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