Límites entre el Ecuador y el Perú: memorandum para el Ministerio de relaciones exteriores de la República de Bolivia

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Gibson bros., impresors, 1921 - 124 páginas

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Pasajes populares

Página 42 - Las Repúblicas de Venezuela y la Nueva Granada quedan desde este día reunidas en una sola bajo el título glorioso de República de Colombia.
Página 61 - A fin de obtener este último resultado a la mayor brevedad posible ; se ha convenido y conviene aquí expresamente en que se nombrará y constituirá por ambos Gobiernos una comisión compuesta de dos individuos por cada República, que recorra, rectifique y fije la línea divisoria, conforme...
Página 49 - Se estipula asimismo, entre las partes contratantes, que la comisión de límites dará principio a sus trabajos, cuarenta días después de la ratificación del presente tratado y los terminará en los seis meses siguientes. Si los miembros de dicha comisión discordaren en uno o más puntos en el curso de sus operaciones, darán a sus gobiernos respectivos una cuenta circunstanciada de todo, a fin de que, tomándola en consideración, resuelvan amistosamente lo más conveniente; debiendo entre...
Página 23 - Se tenga por segregado del- Virreinato de Santa Fe y de la Provincia de Quito, y agregado a ese Virreinato el Gobierno y Comandancia General de Mainas, con los pueblos del Gobierno de Quijos...
Página 42 - Art. 7. Los pueblos de la extensión expresada que están aún bajo el yugo español, en cualquier tiempo en que se liberten, harán parte de la República, con derechos y representación iguales a todos los demás que la componen. Art. 8. El territorio de la República será dividido en Departamentos; los Departamentos en Provincias; las Provincias en Cantones, y los Cantones en Parroquias.
Página 9 - Chachapoyas, Moyobamba y Motilones exclusive, incluyendo hacia la parte susodicha los pueblos de Jaén, Valladolid, Loja, Zamora, Cuenca , la Zarza y Guayaquil , con todos los demás pueblos que estuvieren en sus comarcas, y se poblaren : y hacia la parte de los pueblos, de la Canela y Quijos , tenga los dichos pueblos con los demás que se descubrieren...
Página 42 - La República de Colombia se dividirá en tres grandes Departamentos: Venezuela, Quito y Cundinamarca, que comprenderá las provincias de la Nueva Granada, cuyo nombre queda desde hoy suprimido. Las capitales de estos Departamentos serán las ciudades de Caracas, Quito y Bogotá, quitada la adición de Santa Fe.
Página 10 - Cuzco con los suyos inclusive, partiendo términos por el Septentrión con la Real Audiencia de Quito; por el Mediodía con la de la Plata; por el poniente con la mar del Sur; y por el Levante con provincias no descubiertas, según les están señalados, y con la declaración que se contiene en la ley 14 de este título.
Página 39 - Nos, los infrascritos, diputados del pueblo, atendidas las presentes críticas circunstancias de la nación, declaramos solemnemente haber cesado en sus funciones los Magistrados actuales de esta capital y sus Provincias.
Página 60 - Colombia, por eso me ha autorizado para repetir en esta oportunidad que considera vigente y en toda su fuerza el principio estipulado en el Tratado de 1829.

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