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diz, hasta que se hubiera verificado el alistamiento de los 10.000 hombres, que estaba mandado hacer.

No cesaron por estos acuerdos en sus gestiones los comisionados de Cádiz, quienes, en oficio leido en sesion secreta de 10 de Diciembre del mismo año de 1810, manifestaron ser el edificio más á propósito para la celebracion de las Córtes la iglesia de San Felipe, indicando algunas de las obras que en ella se debia hacer; en vista de lo cual resolvieron las Córtes que el Sr. Diputado D. Joaquin Martinez, director de la Real Academia de San Carlos de Valencia por el ramo de arquitectura, pasara á reconocer dicho edificio é informara sobre su localidad, capacidad, obras, etc.

El Sr. Martinez presentó su informe en sesion secreta de 16 del mismo mes, determinando las Córtes que se suspendiera toda diligencia en el asunto hasta resolver si se trasladarian ó no á Cádiz, como se habia acordado el 6 de Octubre anterior.

En sesion secreta matutina de igual dia de Noviembre inmediato habia anunciado el Sr. Lladós una proposicion para que se mudara el sitio de la residencia de las Córtes. Volvióse sobre el mismo asunto en la sesion secreta nocturna de aquel mismo dia; propuso el Sr. Diputado Ros que las Cortes no debian trasladarse, sino disolverse, expresando el Sr. Presidente que semejante proposicion no era ni aun admisible, quedando resuelto por 65 votos contra 49, admitir á discusion en sesion secreta la propuesta del señor Lladós de que las Córtes se trasladasen fuera de la Isla y de Cádiz à la mayor brevedad posible; pero á pesar de esto dicha proposicion no se comenzó á discutir hasta la mañana del 20 de Diciembre, combatiéndola el Sr. Argüelles, y apoyándola los Sres. García Quintana, Aner y Samper, que se fundaban en el riesgo que corrian las Córtes

por la falta de tropas y de un edificio en Cádiz à prueba de bomba, proponiendo el Sr. Dou que se caminara de acuerdo con la Regencia y con los ingleses. El debate continuó en la noche del mismo dia y el 21 y 22 siguientes, proponiéndose la traslacion à Mallorca, Galicia, Ceuta y Alicante, y quedando por fin resuelto en votacion nominal, por 82 votos contra 33, que las Córtes no salieran de Cádiz y la Isla.

En la noche del 23 se comenzó á discutir si se daria alguna providencia relativa á disponer en la repetida iglesia y casa de San Felipe el salon para las sesiones de Córtes, y se leyó el presupuesto de las obras necesarias formado por el arquitecto D. Torcuato José Benjumeda, ante el cual presupuesto se acordó no hacer nada por entonces.

Ya entrado el año de 1811, y en la sesion secreta de la noche del 10 de Enero, insistió el Sr. Diputado Villafañe en la necesidad de la traslacion; y, despues de un larguísimo debate en que terciaron diez y siete Sres. Diputados, se votó que las Córtes se trasladaran á Cádiz inmediatamente, haciéndose saber al Consejo de Regencia tener elegido el edificio de San Felipe Neri para celebrar las sesiones, cuya habilitacion dispondria aquel se hiciera con la posible economía, teniendo en consideracion el Aposentador mayor las obligaciones de cada uno de los Sres. Diputados, oficiales de Secretaría y subalternos, á cuyo efecto se le entregaria una lista que las expresara, á fin de que les proporcionase alojamiento con la posible comodidad. En el dia siguiente 11, dispusieron tambien las Córtes se dijera al Consejo de Regencia por medio de su Presidente que, supuesta la resolucion del Congreso de trasladarse á Cádiz inmediatamente, tomara aquel por su parte las providencias convenientes para ejecutar lo mismo al propio tiempo. Resueltas por las Córtes algunas dudas, que se ocurrie

ron á la Regencia respecto al alojamiento en Cádiz y composicion del edificio donde se habian de celebrar las sesiones, y alguna otra que se le ocurrió al Duque del Infantado, Coronel de Reales Guardias Españolas, acerca de la fuerza del regimiento de su mando, que las Córtes habian de llevar para su guardia en la plaza de Cádiz; entregada al aposentador la lista del número y clase de alojamiento de los Sres. Diputados, pedida por conducto de la Regencia por el Ministerio de Gracia y Justicia, se avisó á las Córtes en 3 de Febrero que, segun habia hecho presente el Aposentador de Palacio, del 12 al 15 de aquel mes podria estar corriente la obra empezada en la iglesia y casa del oratorio de San Felipe Neri, que terminó en efecto dicho dia 12. En este se acordó que quedase á la prudencia del señor Presidente la designacion del dia para la traslacion; que la entrada en Cádiz se hiciese en público y que no era necesario se introdujera novedad alguna, en cuanto al traje con que hasta entonces habian asistido á las sesiones los Sres. Diputados.

para

El 18 el Aposentador D. Juan Grijalva comunicó á las Cortes que estaba concluido el aposentamiento de los Sres. Diputados, y en seguida el Sr. Presidente señaló la última sesion en la Isla la noche del miércoles 20 del repetido mes de Febrero de 1811, y para la primera en Cádiz el próximo Domingo 24 á las diez de la mañana. De esta resolucion se extendió el correspondiente decreto, que se comunicó al Consejo de Regencia, y estaba concebido en los siguientes términos:

«Atendiendo las Córtes generales y extraordinarias á la mejor proporcion que ofrece la plaza de Cádiz, y en particular la iglesia y edificio de San Felipe Neri para la más cómoda y digna celebracion del Congreso Nacional, conseqüentes á su acuerdo de 6 de Octubre último para verificar su traslacion á

aquel punto, suspendida entonces por la fiebre que reynaba; y habiendo cesado enteramente esta causa, han decretado y decretan trasladarse á Cádiz sin ceremonia ni aparato alguno, y que la última sesion que se celebre en esta Real Isla de Leon sea en la noche del dia 20 del corriente; y la primera en la iglesia de S. Felipe de Cádiz á las diez de la mañana del 24 del dicho, destinándose los dias intermedios á su traslacion y la del Consejo de Regencia con todas sus dependencias. Tendrálo entendido el Consejo de Regencia, y dispondrá por su parte lo necesario á su cumplimiento, haciéndolo imprimir, publicar y circular. Real Isla de Leon 18 de Febrero de 1811.»

La nave de la iglesia de San Felipe habia sido decorosa y convenientemente habilitada. A derecha é izquierda de la Presidencia se habian construido galerías ó tribunas para los taquigrafos, Cuerpo diplomático, oficiales de guardia y personas de distincion; habiendo situado la tribuna pública encima del cornisamento general de donde arranca la media naranja. Los escaños, colocados en forma elíptica, eran de caoba forrados de terciopelo carmesí, elevándose sobre el nivel de ellos la mesa de la Presidencia, detrás de la cual un dosel de damasco encarnado, un retrato de Fernando VII, y el Régio Sitial indicaban el deseo de los españoles de conservar el Trono de sus Monarcas contra toda clase de usurpaciones 1.

1 En sesion pública de 2 de Mayo de 1811, acordaron las Cortes:

«Que los inmortales nombres de los dos oficiales del Real Cuerpo de Artilleria, Daoiz y Velarde, sean inscritos con letras de oro en unas tablas que se colocarán desde ahora para siempre en la Sala de Sesiones de las Cortes, en memoria eterna de la heróica resistencia que hicieron y gloriosa muerte que sufrieron en este dia, defendiendo la liber. tad y religion de su Patria.»>

En la sesion pública de 5 de Enero de 1812, que el nombre del defensor de Gerona Don Mariano Alvarez fuera inscrito tambien en letras de oro en una tabla que se colocaria asimismo en el Salon de Sesiones, acuerdo que se cumplió en 1.o de Agosto del mismo año de 1812.

Trasladadas las Cortes à Madrid, en la sesion pública de 20 de Enero de 1814, mandaron que se colocasen en el salon de sus sesiones los nombres de Daoiz, Velarde y Alvarez, y que debajo del retrato del Rey D. Fernando VII, que habia en el sitio preferente del salon, se pusiera el águila Imperial cogida à los franceses en Pamplona y remitida a las Cortes por el Duque de Ciudad-Rodrigo.

Sin embargo de que, con arreglo al art. 104 de la Constitucion de 1812, las Córtes debian juntarse todos los años en la capital del Reino y de que en Agosto de 1813 se habia comunicado á la Regencia el acuerdo de las Córtes de que se dispusiera todo para trasladarse á Madrid, cuando mudasen las circunstancias, aquellas generales extraordinarias continuaron en Cádiz hasta su terminacion, y allí se instalaron tambien las ordinarias comenzadas el 1.o de Octubre de 1813; pero en este mismo dia propuso el Sr. Cuartero que, en atencion á las circunstancias políticas de la Europa, y en cumplimiento del citado art. 104 de la Constitucion, decretaran las Córtes la traslacion del Gobierno á dicha capital del Reino.

Leida segunda vez en la sesion de 2 de Octubre esta proposicion, el Sr. Norzagaray se oponia á que pasara á Comision alguna; pero, pedida por el Sr. Antillon la observancia del Reglamento, el Sr. Presidente anunció que se nombraria una Comision especial, para que la examinara y dictaminara sobre ella, designando al efecto al mismo Sr. Cuartero, y á los Sres. Jimenez Perez, Canga-Argüelles, Caro, Mexía, Cepero y Antillon, el último de los cuales habia adicionado la propuesta del Sr. Cuartero con la que las Cortes decretaran que no solo el Gobierno, sino éstas tambien, se trasladaran á Madrid, y que se determinara el dia de la traslacion en tales términos que pudieran celebrar sus sesiones en dicha Capital el 1.o de Marzo de 1814.

de

En la sesion de 4 del repetido Octubre se dió cuenta del dictámen de la expresada Comision, y se aprobó, despues de un extenso debate, el decreto que dice así:

«Las Córtes decretan: Que el Congreso y el Gobierno salgan inmediatamente de Cádiz, pasando á la Isla de Leon; y que se trasladarán á Madrid luego que se les avise estar todo dis

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