Ley orgánica electoral expedida por el Congreso extraordinario constituyente y publicada en 12 de febrero de 1857: Edicion de "La Voz de México."

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I. Cumplido, 1871 - 30 páginas
 

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Página 16 - Art. 35. Concluidas las ritualidades prescritas en el art. 32, procederá la junta á nombrar el diputado propietario que toque á su distrito electoral respectivo, y la elección se hará por escrutinio secreto y por medio de cédulas. Los electores depositarán sus votos en la ánfora que se pondrá en la mesa, procediendo con orden, silencio y regularidad: se...
Página 28 - ... y á dos de los que la pidan en contra, sin que el uso de la palabra pueda exceder de media hora. Tomada una resolución cualquiera, debe ajustarse á ella la junta que la hubiere acordado.
Página 30 - Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento, en los términos que ella prescribe. Palacio del Gobierno nacional en México, Febrero doce de mil ochocientos cincuenta y siete. — Ignacio Comonfort. — Al C. Ignacio de la Llave, Secretario de Estado y del despacho de Gobernación.
Página 9 - Para que voten los individuos de tropa, serán empadronados y recibirán boleta conforme á lo prevenido para los demás ciudadanos, y no serán admitidos á dar su voto si se presentaren formados militarmente ó fueren conducidos por jefes, oficiales, sargentos ó cabos.
Página 8 - Resultando cierta la acusación, á juicio de la mayoría de la mesa, quedarán privados los reos de voto activo y pasivo; mas en caso contrario, los calumniadores sufrirán la misma pena. De este fallo no habrá recurso ulterior. Art.
Página 3 - IGNACIO COMONFORT, Presidente sustituto de la República Mexicana, á los habitantes de ella, sabed : Que el Congreso extraordinario Constituyente ha decretado lo que sigue: En el nombre de Dios y con la autoridad del pueblo mexicano. Los representantes de los diferentes Estados, del Distrito y Territorios que componen la República de México, llamados por el plan proclamado en Ayutla el 1?
Página 25 - Ninguna elección podrá considerarse nula sino por alguno de los motivos siguientes: •:•.'•'; • Primero. Por falta de algún requisito legal en el electo, ó porque esté comprendido en alguna restricción de las que expresa esta ley.
Página 17 - V. Si hay igualdad de sufragios en más de dos candidatos, entre ellos se hará la votación ; pero si hubiere al mismo tiempo otro candidato que haya obtenido mayor número de votos, se le tendrá como primer competidor, y el segundo se sacará por votación de entre los primeros.
Página 25 - Cuando haya vacantes que cubrir ó por alguna causa no se hubieren verificado las elecciones ordinarias de Distrito, el Congreso general, ó en su receso la Diputación permanente, convocará á elecciones extraordinarias, fijando prudencialmente los dias en que se deban verificar.
Página 18 - ... pero habiendo al mismo tiempo otro candidato que haya obtenido mayor número de votos que ellos, se le tendrá por primer competidor, y el segundo se sacará de entre los primeros por votación, bajo las reglas prescritas en el artículo anterior.

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